Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2008 (15/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, martes 15 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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370677

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA

Designan Director Tecnico de la Oficina Tecnica de Administracion del INEI
RESOLUCION JEFATURAL Nº 115-2008-INEI MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Director Tecnico I, Plaza Nº 073, Nivel Remunerativo F6 de la Oficina Tecnica de Administracion del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; Que, a fin de asegurar el normal funcionamiento y cumplimiento de las actividades programadas resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se designe al funcionario que desempenara el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 3º y 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 8º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al Sr. MORDAZA MORDAZA LOZAN MORDAZA, en el cargo de Director Tecnico I, Plaza Nº 073, Nivel Remunerativo F-6 de la Oficina Tecnica de Administracion del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 188441-1

INSTITUTO TECNOLOGICO PESQUERO DEL PERU
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de Film Kurehalon o Krehalon y accesorios para el funcionamiento de equipos de la linea de salchicha de la Planta de Embutidos del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP
ACUERDO Nº 026-007-2008-ITP/CD Sesion Ordinaria Nº 007-2008-ITP/CD, 7 de MORDAZA de 2008 Vistos los Memorandums Nºs. 169-2008-ITP/DE/OA y 144-2008-ITP/DPS, ambos de fecha 03 de MORDAZA del 2008, de la Oficina de Administracion y la Direccion de Procesamiento y Servicios respectivamente, mediante los cuales se efectua el requerimiento de insumos y accesorios de empaque para la elaboracion de salchichas de pescado y se eleva el Informe Tecnico Nº 0012008-ITP/DE/OA/ABASTO, para la adquisicion del Film Kurehalon o Krehalon, y repuestos para el funcionamiento de los equipos de la linea de Salchichas de la Planta de Embutidos de la Institucion, ademas del Informe Legal Nº 001-2008-ITP/OAJ de fecha 04 de MORDAZA del 2008; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado

por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece en su inciso e), que estan exonerados de los procesos de seleccion las contrataciones cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, para lo cual se requiere cumplir con los requisitos establecidos en el articulo 20º del mismo cuerpo normativo, concordante con lo establecido en el articulo 144º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, de acuerdo a lo expuesto en el Informe Tecnico Nº 001-2008-ITP/DE/OA/ABASTO, por la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administracion, la Direccion de Procesamiento y Servicios de la Entidad solicita la adquisicion de insumos (Film Kurehalon o Krehalon y repuestos requeridos para el funcionamiento de los equipos de la linea de Salchichas de la Planta de Embutidos de la Institucion), para la produccion de aproximadamente 1,250 toneladas de salchichas de pescado, destinadas a atender compromisos asumidos con el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA); Que, asimismo en el referido documento, se ha informado que el Film Kurehalon o Krehalon y los repuestos requeridos para el funcionamiento de los precitados equipos de la linea de Salchichas, solo se expenden en el extranjero, dado que en el MORDAZA no se fabrican dichos productos ni otros de similares caracteristicas, ni mucho menos existe un representante comercial del fabricante, asimismo indica que la adquisicion de dichos bienes se encuentra prevista en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ITP para el Ano Fiscal 2008, siendo necesario adquirirlo por importacion directa del Japon a traves de su representante comercial para el Peru en Japon, Nitto Seimo Co. Ltd., al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, toda vez que la empresa fabricante, es ademas propietaria de la patente del Film Kurehalon o Krehalon; Que igualmente, el Informe Legal Nº 001-2008ITP/OAJ de fecha 04 de MORDAZA del 2008, concluye que resulta procedente adquirir los bienes y accesorios MORDAZA mencionados, exonerandolos del respectivo MORDAZA de seleccion, en virtud a que segun lo indicado por la Unidad de Abastecimiento, los mismos no son fabricados en el MORDAZA, ni existen productos similares que puedan sustituirlos, siendo ademas su fabricante el unico proveedor, por lo que la presente accion se encuentra enmarcada dentro de lo dispuesto por los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, concordante con el articulo 144º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Estando a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 083-2004-PCM y 084-2004-PCM respectivamente; y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 8º, literal c), del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2001-PE, el Consejo Directivo del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, por unanimidad; ACORDO: 1.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por la causal de no existir bien sustituto y existir proveedor unico, para la adquisicion del Film Kurehalon o Krehalon, y accesorios, para el funcionamiento de los equipos de la linea de Salchicha de la Planta de Embutidos del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, hasta por un monto de S/. 2'120,171.40 (Dos Millones Ciento Veinte Mil Ciento Setenta y Uno con 40/100 Nuevos Soles). 2.- Autorizar a la Oficina de Administracion del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, para que proceda a efectuar la adquisicion directa de los bienes senalados en punto precedente, mediante accion inmediata, conforme a lo previsto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. 3.- Disponer que la Oficina de Administracion del ITP, consigne los alcances del presente Acuerdo en el SEACE y en la pagina web de la Entidad dentro de los (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. 4.- Disponer que la Oficina de Administracion de la Entidad, tramite la publicacion del presente Acuerdo en

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