Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2008 (15/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
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SE ACORDO:

El Peruano MORDAZA, martes 15 de MORDAZA de 2008

Cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico ­ legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisicion o contratacion definitiva. Toda adquisicion o contratacion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez dias siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el plan anual de adquisiciones y contrataciones de la entidad, publicando el acuerdo de concejo correspondiente , remitiendolo, junto con el informe tecnico- legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de la ejecucion de las prestaciones. Que, es del caso tener en cuenta lo que senala el articulo 20º del D.S. Nº 083-2004-PCM TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que en el caso de las Municipalidades los Acuerdos de Concejo requieren obligatoriamente de un informe tecnico ­ legal previo y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano. El Acuerdo de Concejo y sus informes que lo sustentan deberan remitirse a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de los diez dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Que, con Carta Nº 001-2008-GLM-PFA-COE del 07MAR'08 el Jefe Zonal de Ayabaca del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos perteneciente al Ministerio de Agricultura, el Presidente del Comite de Operaciones de Emergencias ­ COE de Ayabaca y El Comisario Sectorial de la Policia Nacional de Ayabaca dan cuenta que debido al fenomeno pluvial que se viene presentando y habiendose hecho las evaluaciones y las solicitudes presentadas por la Sociedad Civil a traves de sus autoridades se hace necesario adquirir inicialmente 4,000 calaminas para atender la Emergencia. Que, con Informe Nº 001-JCTE-COE 2008 el cual es convalidado con el Informe Nº 001-2008-GLM-PFA-COE del 17MAR'08 suscrito por el Presidente del Comite de Operaciones de Emergencia se remite la documentacion tecnica en atencion a las solicitudes de emergencia en donde se indica que en base al analisis de las estimaciones de riesgo, por el ingeniero evaluador, del cual se desprende danos en viviendas destruidas en numero de 50, afectadas en un numero de 600, danos en infraestructura Publica como Instituciones Educativas y Centros de Salud en un total de 12; teniendose un estimado de damnificados y afectados directos a la fecha de 4,000 personas, las cuales estan ubicadas en el ambito del distrito de Ayabaca en las diferentes localidades y sectores; haciendo hincapie que tambien se han presentado danos a la infraestructura de riego a la red vial vecinal y caminos de herradura. Por estas consideraciones se ha estimado que es urgente la atencion directa con cobertura (Calaminas) a los afectados en sus viviendas e infraestructura publica, solicitandose que se adquiera en forma urgente con la adquisicion de 9,000 planchas de calamina de 1 m. 80 de largo x 0.85 de ancho. Que, con Informe Nº 587-2008-GASPE-GLM/PFA del 24MAR'08 el Gerente de Asuntos Sociales, Productivos y Empresariales, considera que se debe disponer atender el requerimiento de 4,000 planchas de Calamina de 1.80 de largo x 0.80 de ancho, indicandose que dicho gasto sea afectado a la Estructura Funcional Programatica: Funcion : 05 Proteccion y Prevision Social; Programa: 014 Promocion y Asistencia Social Comunitaria; Sub Programa: 0050 Promocion y Asistencia Comunitaria; Actividad: 100047 Apoyo Comunal; Meta: 027 Brindar Apoyo a la Accion Comunal; Especifica: 5.3.11.27. Que, con Informe Nº 082-2008-As. Jur. ­ MPFA del 26MAR'08 la Oficina de Asesoria Juridica de esta Comuna informa que se debe Declare en Situacion de Emergencia la Adquisicion de 4,000 Planchas de Calamina para atender a los damnificados del presente Periodo Pluvial en el ambito del distrito de Ayabaca perteneciente a la Region MORDAZA, Aprobandose en consecuencia la Exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de dichos Bienes y lo demas que se indica. De conformidad a lo dispuesto por los articulos 20º inc. 3), 39º, 41º y 79º, de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta y con el MORDAZA Unanime de la Asamblea Municipal.

Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Emergencia la Adquisicion de 4,000 Planchas de Calamina para atender a los Damnificados del presente Periodo Pluvial en el ambito del distrito de Ayabaca perteneciente a la Region MORDAZA, Aprobandose en consecuencia la Exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de dicho Bien. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Jefatura de la Unidad de Abastecimiento de esta Comuna la Adquisicion de 4,000 Planchas de Calamina de 1.80 de largo x 0.80 de ancho con afectacion a la Estructura Funcional Programatica: Funcion: 05 Proteccion y Prevision Social; Programa: 014 Promocion y Asistencia Social Comunitaria; Sub Programa: 0050 Promocion y Asistencia Comunitaria; Actividad: 100047 Apoyo Comunal; Meta: 027 Brindar Apoyo a la Accion Comunal; Especifica: 5.3.11.27. Articulo Tercero.- DISPONER que a traves de la Oficina de Secretaria General se remitan copias del Acuerdo Municipal , asi como de los informes TecnicoLegal que lo sustentan, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, dentro del plazo de diez (10) dias habiles siguientes a su expedicion. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General disponga bajo responsabilidad la Publicacion del respectivo Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento reporte y publique el presente Acuerdo de Concejo en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE. Articulo Sexto.- REMITIR MORDAZA del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Unidad de Abastecimiento, Direccion de Planificacion y Presupuesto, Contabilidad, Asesoria Juridica, Tesoreria.

Registrese, comuniquese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 188208-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 019-2008-MPH-CM Huaral, 31 de marzo del 2008 EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 053-2008-MPH/GDH de fecha 24/03/2008, mediante el cual la Gerencia de Desarrollo Humano solicita la aprobacion del Desabastecimiento Inminente del Programa de Vaso de Leche; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 270-2007MPH de fecha 4 de octubre del 2007, modificada por Resolucion de Alcaldia Nº 290-2007-MPH, se designa a los nuevos integrantes del Comite Especial encargado de conducir el MORDAZA de Seleccion para la adquisicion de alimentos para el Programa de Vaso de Leche (PVL) a llevarse a cabo en la Municipalidad Provincial de Huaral. Que, a traves de la Resolucion de Alcaldia Nº 032-2008MPH de fecha 26 de febrero del 2008, se declara de Oficio la Nulidad de la Licitacion Publica Nº 001-2007-CE-PVL/ MPH para la Adquisicion de Alimentos del Programa de Vaso de Leche, convocada por la Municipalidad Provincial de Huaral, por prescindir de las normas esenciales del

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