Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2008 (27/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de enero de 2008

Nº 003 -2008-STDC/MDP de fecha 08 de Enero del 2008 e Informe Nº 004-2008-STDC/MDP, de fecha 11 de enero del 2008 del Secretario Tecnico de Defensa Civil, el Informe Nº 102-2008-MDP-IO, de fecha 10 de enero del 2008 de la Oficina de Ingeriria y Obras, el Informe Nº 001-2008-MDP/M25, de fecha 11 de enero del 2008 del encargado del "Evaluador Emergencia Palca"- evaluacion de infraestructura Palca, Informe Nº 03-2008-UEM-MDP, de fecha 9 de enero del 2008 de la Unidad de Equipo Mecanico, Informe Nº 001-2008-U.D.S.COSE/MDP, su fecha 11 de enero del 2008 de la Oficina de Servicios COSE, Informe Nº 01-2008-PP-MDP. De fecha 11 de enero del 2008 de Unidad de Planificacion y Presupuesto, el Informe Tecnico Legal Nº 02-2008-OAJ-MDP. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Palca, es un Organo de Gobierno Local que goza de Autonomia, Politica, Economica, y Administrativa en los asuntos de su competencia conforme lo establece el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972. Que, con el Informe Tecnico Nº 002-2008-STDC/MDP de fecha 10 de enero del 2008, e Informe Nº 004-2008STDC/MDP, de fecha 11 de Enero del 2008, del Secretario Tecnico de Defensa Civil de esta comuna, acorde a las evaluaciones de danos, y analisis de necesidades realizadas IN-SITU de las comunidades de Vilavilani, Alto Peru, Ancomarca, Palca y Ataspaca de la Jurisdiccion del Distrito de Palca, da cuenta de los danos causados por los fenomenos de la Naturaleza y el inminente peligro de aislamiento de las vias de comunicacion, y principalmente la construccion, mantenimiento y rehabilitacion de carreteras y vias de acceso y asi como de la mortandad mas de un centenar de los Camelidos Sudamericanos, ovinos y otros, viviendas de material MORDAZA de adobe agrietadas e infraestructuras agrietadas en la circunscripcion del Distrito, asi como brindar asistencia a la poblacion afectada a mas de 687 familias aproximadamente del Distrito de Palca, que comprende a sus comunidades y caserios, y la urgencia adquisicion de Maquinaria Pesada y vehiculo por la modalidad de Exoneracion del MORDAZA de Seleccion. Que estando al informe Nº 102-2008-MDP.IO, de fecha 10 de enero del 2008 de la Unidad de Ingenieria y Obras de esta Municipalidad, infiere se justifica la necesidad de que se declare en situacion de emergencia del Distrito de Palca, referidos a los accesos y vias de comunicacion principalmente la Construccion, mantenimiento y rehabilitacion de las Carreteras del distrito, asi como brindar asistencia a la poblacion afectada que comprende las Comunidades y Caserios por plazo establecido por Ley y de la urgencia adquisicion de maquinaria y vehiculos para contrarrestar los problemas de salud, educacion, agricultura, economia y asi como propiciar el desarrollo sostenible de las zonas afectadas y del Distrito, mejorando las condiciones de trasporte y servicios dentro un MORDAZA de eficiencia economica Asi mismo da cuenta, con la adquisicion de maquinarias y vehiculos ademas servira para la ejecucion de las Obras Publicas, saneamiento basico, irrigacion, electrificacion asi como la construccion y mejoramiento de Centros Educativos, Centros de Salud, vias de acceso (trochas carrozables y puente), la misma que son programadas para el presente periodo. En el ambito de la MORDAZA, no se dispone de maquinarias y vehiculos para alquiler, lo cual viene retrasando el cumplimiento de los objetivos establecidos y metas programadas en la ejecucion de Obras y de Servicio, situacion esta que pone en grave peligro la Educacion, salud, el normal desenvolvimiento socioeconomico de los pobladores del Distrito de Palca. Segun el Informe Nº 03-2008-UEM-MDP, de fecha 9 de enero del 2008 de la Unidad de Equipo Mecanico, se informa de la carencia de maquinaria pesada para contrarrestar los hechos suscitados por el fenomeno de la naturaleza de fuertes lluvias en las zonas afectadas del distrito, que en la fecha se cuenta con una unidad volquete de 4 m3 de estado de frecuentes averias y de condicion Obsoleta que dificulta en grado sumo una atencion adecuada como materiales y otros insumos que en la actualidad se viene ocasionando los estragos

de fuertes lluvias, infiriendo se adquiera de la compra de nuevas maquinarias como un cargador frontal, un volquete de 15 m3 de doble eje y una camioneta 4x4. Que, estando al tenor del Informe ­ 001-2008-PPMDP, de fecha 11 de enero del 2008, de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, al respecto da cuenta de la existencia de la disponibilidad presupuestal para el presente periodo, que se encuentran en curso en diferentes rubros y fuente de financiamiento, la misma que asciende en la suma de S/3,920,000 N.S., que los gastos se encuentra distribuidos entre actividades y proyectos, siendo la suma asignada para actividades por S/. 1,251,862.00 N.S., y para proyectos de inversion la suma de S/. 2,807,100. N.S., que para efectos de la adquisicion de maquinaria pesada segun requerido por Abastecimientos se estima por un monto de S/.2,000,000.00. n.s. la misma que va ser financiado via endeudamiento a traves del Banco de la Nacion, que las amortizaciones va ser garantizadas por la fuente de Rentas de Aduana, Foncomun, canon y sobre canon. En efecto, para los fines requeridos y estando al Art. 19º Inc. c) del D.S. Nº 083-2004-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones de Estado, precisa que se encuentran exoneradas de los Procesos de seleccion (Proceso de Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion directa y Adjudicacion de Menor Cuantia), que las adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situacion de Emergencia o desabastecimiento eminente declaradas de conformidad a la presente Ley, senalados en los Inc. a) y c) del Art. 20º del mismo Cuerpo Legal acotado; dispone que las exoneraciones deben ser aprobadas mediante Resolucion del Titular de la Entidad o Mediante Acuerdo de Concejo, la misma que requiere de un Informe Tecnico Legal y asi mismo se indica que una MORDAZA de la misma del Informe o Informes que la sustenten, deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la publicacion. Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 146º del D.S. Nº 084-2004-PCM, del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado dispone que la resolucion que aprueba la exoneracion de un MORDAZA de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el Art. 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos que contengan la justificacion y la procedencia y necesidad de la exoneracion. Mas asi de conformidad de lo dispuesto por el Art. 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 084-2004-PCM prescribe que la resolucion que aprueba la exoneracion, excepto de los casos referidos en los Incs. a) y b) del Art. 19º de la Ley, debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles siguientes a su emision o adopcion y adicionalmente debe publicarse en el SEACE. Que, la Unidad de Asesoria Juridica con el Informe Tecnico Legal N° 02-2008-ASJ-MDP de fecha 11.01.08 ha cumplido con emitir opinion favorable de acuerdo a lo establecido con el Art. 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Art. 142º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM modificado por el Art. 1° del Decreto Supremo N°137-2007-EF opinando por la procedencia del presente acuerdo. Puesto a consideracion al pleno de concejo Municipal en sesion Extraordinaria del Concejo Municipal del 11 de enero del 2008, la Declaracion en Emergencia por los fenomenos de la naturaleza, luego del debate se APRUEBA POR UNANIMIDAD el presente acuerdo. Que, estando a lo expuesto en los considerandos MORDAZA referidos procede a autorizar y exonerar del MORDAZA de seleccion las adquisiciones de maquinaria y vehiculo, previsto en el Inc. C del Art. 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 0832004-PCM. SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN EMERGENCIA las vias de comunicacion, MORDAZA de regadio, cultivos y bofedales obstruidos, viviendas de adobes que presentan grietas en su infraestructura, principalmente la rehabilitacion, mantenimiento y construccion de carreteras de las comunidades de Vilavilani, Alto Peru,

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