Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2008 (27/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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PROYECTO
Banda B C D Ida 385,25 ­ 385,50 385,50 ­ 385,75 385,75 ­ 386,00

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de enero de 2008

publicas, con fines de seguridad publica o de atencion en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la MORDAZA y/o los bienes de las personas" Registrese, comuniquese y publiquese. Resolucion Viceministerial MORDAZA, CONSIDERANDO: Que el articulo 200° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece que toda asignacion de frecuencias se realiza en base al respectivo plan de canalizacion, el cual sera aprobado por Resolucion Viceministerial; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005MTC/03 se aprueba el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias - PNAF, documento tecnico normativo que contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos del espectro radioelectrico, asi como las normas tecnicas generales para la utilizacion de este recurso; Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 5182002-MTC/15.03, se designo a los miembros del Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, encargado de realizar los estudios y propuestas tecnicas relacionados a dicho Plan; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 268-2005MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales Nºs 039-2006-MTC/03, 512-2006-MTC/03 y 516-2007MTC/03 se aprobaron las Disposiciones de Radiocanales (canalizaciones) para los servicios de telecomunicaciones (1º Parte); Que, por Resolucion Ministerial Nº -2008-MTC/03 se modifica la Nota P41 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, disponiendose que las bandas 385 - 386 MHz y 395-396 MHz estan atribuidas para prestar servicios publicos de telecomunicaciones a titulo MORDAZA a las entidades publicas, con fines de seguridad publica o de atencion en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la MORDAZA y/o los bienes de las personas; Que, el Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, mediante Informe Nº 01-2008MTC-CCPNAF, recomienda la canalizacion de las bandas 385 - 386 MHz y 395-396 MHz; Que, en tal sentido resulta necesaria la aprobacion de la canalizacion de las bandas 385 - 386 MHz y 395-396 MHz; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos N°s 013-93-TCC y 020-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incorporar en las disposiciones de radiocanales (canalizaciones) para los servicios de telecomunicaciones aprobadas por Resolucion Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03, la canalizacion de las bandas 385 - 386 MHz y 395 - 396 MHz; segun el Anexo N° 1 de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. ANEXO Nº 1 Bandas 385 - 386 MHz y 395 - 396 MHz (para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones a titulo MORDAZA a entidades publicas con fines de seguridad publica o de atencion en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la MORDAZA y/o los bienes de las personas)

Rango de frecuencias (MHz) Retorno 395,25 ­ 395,50 395,50 ­ 395,75 395,75 ­ 396,00

Exposicion de motivos I. Antecedentes El Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece en su articulo 57º, que el espectro radioelectrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nacion; cuya utilizacion y otorgamiento de uso a particulares se debe efectuar en las condiciones senaladas en la Ley y su Reglamento. El Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone en su articulo 199º, que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administracion, atribucion, asignacion y el control del espectro radioelectrico. Mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005-MTC/03 se aprobo el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias ­ PNAF, documento tecnico normativo que contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos del espectro radioelectrico. Mediante Resolucion Viceministerial N° 518-2002MTC/15.03, se designo a los miembros del Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, encargado de realizar los estudios y propuestas tecnicas relacionados a dicho Plan. El citado Comite Consultivo mediante Informe Nº 0172007-MTC-CCPNAF, recomienda modificar la citada Nota P41, a fin de establecer que las bandas 385 ­ 386 MHz y 395 ­ 396 MHz estan atribuidas para prestar servicios publicos de telecomunicaciones a titulo MORDAZA a las entidades publicas, con fines de seguridad publica o de atencion en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la MORDAZA y/o los bienes de las personas. Al respecto cabe senalar que la referida propuesta se condice con la atribucion de la banda de 380 ­ 400 MHz en Europa y las recomendaciones emitidas por la European Radio Commission (ERC) y el European Telecommunications Standard Institute (ETSI). Asimismo se sustenta en los objetivos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de promover el uso eficiente del espectro radioelectrico. II. Propuesta Se propone modificar la nota P41 del PNAF con el fin de disponer que las bandas 385 - 386 MHz y 395-396 MHz MORDAZA utilizadas a titulo MORDAZA para prestar servicios publicos de telecomunicaciones a entidades publicas con fines de seguridad publica o de atencion en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la MORDAZA y/o los bienes de las personas III. Beneficios Entre los beneficios que se alcanzaran con la citada MORDAZA, tenemos que: · Promueve la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones a traves de medios inalambricos a las entidades publicas con fines de seguridad publica o de atencion en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la MORDAZA y/o los bienes de las personas. · Constituye un instrumento que facilitara la labor de las entidades publicas encargadas de salvaguardar los bienes y la MORDAZA de las personas. · Incentiva la asignacion racional y uso eficiente del espectro radioelectrico 156952-1

Banda A

Rango de frecuencias (MHz) Ida 385,00 ­ 385,25 Retorno 395,00 ­ 395,25

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