Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2008 (27/01/2008)
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TEXTO DE LA PÁGINA 44
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PROYECTO
Banda B C D Ida 385,25 385,50 385,50 385,75 385,75 386,00
El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de enero de 2008
publicas, con fines de seguridad publica o de atencion en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la MORDAZA y/o los bienes de las personas" Registrese, comuniquese y publiquese. Resolucion Viceministerial MORDAZA, CONSIDERANDO: Que el articulo 200° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece que toda asignacion de frecuencias se realiza en base al respectivo plan de canalizacion, el cual sera aprobado por Resolucion Viceministerial; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005MTC/03 se aprueba el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias - PNAF, documento tecnico normativo que contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos del espectro radioelectrico, asi como las normas tecnicas generales para la utilizacion de este recurso; Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 5182002-MTC/15.03, se designo a los miembros del Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, encargado de realizar los estudios y propuestas tecnicas relacionados a dicho Plan; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 268-2005MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales Nºs 039-2006-MTC/03, 512-2006-MTC/03 y 516-2007MTC/03 se aprobaron las Disposiciones de Radiocanales (canalizaciones) para los servicios de telecomunicaciones (1º Parte); Que, por Resolucion Ministerial Nº -2008-MTC/03 se modifica la Nota P41 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, disponiendose que las bandas 385 - 386 MHz y 395-396 MHz estan atribuidas para prestar servicios publicos de telecomunicaciones a titulo MORDAZA a las entidades publicas, con fines de seguridad publica o de atencion en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la MORDAZA y/o los bienes de las personas; Que, el Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, mediante Informe Nº 01-2008MTC-CCPNAF, recomienda la canalizacion de las bandas 385 - 386 MHz y 395-396 MHz; Que, en tal sentido resulta necesaria la aprobacion de la canalizacion de las bandas 385 - 386 MHz y 395-396 MHz; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos N°s 013-93-TCC y 020-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incorporar en las disposiciones de radiocanales (canalizaciones) para los servicios de telecomunicaciones aprobadas por Resolucion Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03, la canalizacion de las bandas 385 - 386 MHz y 395 - 396 MHz; segun el Anexo N° 1 de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. ANEXO Nº 1 Bandas 385 - 386 MHz y 395 - 396 MHz (para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones a titulo MORDAZA a entidades publicas con fines de seguridad publica o de atencion en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la MORDAZA y/o los bienes de las personas)
Rango de frecuencias (MHz) Retorno 395,25 395,50 395,50 395,75 395,75 396,00
Exposicion de motivos I. Antecedentes El Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece en su articulo 57º, que el espectro radioelectrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nacion; cuya utilizacion y otorgamiento de uso a particulares se debe efectuar en las condiciones senaladas en la Ley y su Reglamento. El Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone en su articulo 199º, que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administracion, atribucion, asignacion y el control del espectro radioelectrico. Mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005-MTC/03 se aprobo el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias PNAF, documento tecnico normativo que contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos del espectro radioelectrico. Mediante Resolucion Viceministerial N° 518-2002MTC/15.03, se designo a los miembros del Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, encargado de realizar los estudios y propuestas tecnicas relacionados a dicho Plan. El citado Comite Consultivo mediante Informe Nº 0172007-MTC-CCPNAF, recomienda modificar la citada Nota P41, a fin de establecer que las bandas 385 386 MHz y 395 396 MHz estan atribuidas para prestar servicios publicos de telecomunicaciones a titulo MORDAZA a las entidades publicas, con fines de seguridad publica o de atencion en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la MORDAZA y/o los bienes de las personas. Al respecto cabe senalar que la referida propuesta se condice con la atribucion de la banda de 380 400 MHz en Europa y las recomendaciones emitidas por la European Radio Commission (ERC) y el European Telecommunications Standard Institute (ETSI). Asimismo se sustenta en los objetivos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de promover el uso eficiente del espectro radioelectrico. II. Propuesta Se propone modificar la nota P41 del PNAF con el fin de disponer que las bandas 385 - 386 MHz y 395-396 MHz MORDAZA utilizadas a titulo MORDAZA para prestar servicios publicos de telecomunicaciones a entidades publicas con fines de seguridad publica o de atencion en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la MORDAZA y/o los bienes de las personas III. Beneficios Entre los beneficios que se alcanzaran con la citada MORDAZA, tenemos que: · Promueve la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones a traves de medios inalambricos a las entidades publicas con fines de seguridad publica o de atencion en situaciones de emergencia o de socorro; en aras de salvaguardar la MORDAZA y/o los bienes de las personas. · Constituye un instrumento que facilitara la labor de las entidades publicas encargadas de salvaguardar los bienes y la MORDAZA de las personas. · Incentiva la asignacion racional y uso eficiente del espectro radioelectrico 156952-1
Banda A
Rango de frecuencias (MHz) Ida 385,00 385,25 Retorno 395,00 395,25