Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2008 (25/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 25 de febrero de 2008

Nº 27444, y el MORDAZA de razonabilidad, resulta viable atender la mencionada pretension conforme a lo previsto en el literal d) del articulo 91º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes; Que, mediante Decreto Supremo N° 209-2007-EF de fecha 22 de diciembre del 2007, se establecio que para el ano 2008, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) sera de Tres Mil Quinientos Nuevos Soles (S/. 3.500); Que, la Teoria de los Hechos Cumplidos incorporado a nuestro ordenamiento juridico mediante la Ley de Reforma Constitucional Nº 28389, que modifico el articulo 103º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, senala: "... la ley, desde su entrada en vigencia, se aplica a las consecuencias de las relaciones y situaciones juridicas existentes ...", en tal sentido, de dicho precepto se entiende que al momento de resolver los procedimientos se debera aplicar la ley que se encuentre vigente; en consecuencia, resulta necesario requerir a la peticionaria efectue el reintegro del monto por el concepto del otorgamiento de la concesion de ruta: Abancay-Cusco y viceversa, teniendo en consideracion la UIT vigente, previa a la entrega de las Tarjetas Unicas de Circulacion; Que, son aplicables al presente caso, los Principios de Presuncion de Veracidad, Imparcialidad y Privilegio de Controles Posteriores establecidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444; Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y modificatorias, Ley N° 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y su actualizacion dispuesta con la Resolucion Ministerial Nº 644-2007MTC/01 y Ley Nº 27791-Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia a la habilitacion vehicular de los omnibus de placas de rodaje VG-8843, VG-8853 y VG-8854 de la concesion de ruta: Lima-Cusco y viceversa, otorgada a la EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESO INTERNACIONAL MORDAZA S.A.C., con la Resolucion Directoral Nº 970-2000-MTC/15.18; en consecuencia procedase al retiro de las referidas unidades del registro correspondiente. Articulo Segundo.- Otorgar a favor de la EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESO INTERNACIONAL MORDAZA S.A.C., la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Abancay-Cusco y viceversa, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos:
RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA ABANCAY ­ MORDAZA y viceversa ABANCAY MORDAZA CURAHUASI ­ LIMATAMBO ­ IZCUCHACA CURAHUASI Tres (3) dias en cada extremo de ruta Tres (3) omnibus Dos (2) omnibus de placas de rodaje VG-8843 (2007) y VG-8853 (2007) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus de placa de rodaje VG-8854 (2007) : Salidas de Abancay, a las 06:00, 14:00 y 23:00 horas Salida de MORDAZA 06:00, 14:00 y 20:00 horas : : : : : : : :

Resolucion. Articulo Quinto.- La presente Resolucion debera ser publicada por la EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESO INTERNACIONAL MORDAZA S.A.C., en el Diario Oficial "El Peruano" dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidio la orden de publicacion. Articulo Sexto.- La EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESO INTERNACIONAL MORDAZA S.A.C., iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo mencionado en este articulo o de no cumplir con efectuar la publicacion de la presente autorizacion conforme al plazo senalado en el articulo anterior, se declarara la caducidad de la concesion interprovincial. Articulo Setimo.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 159912-1

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionaria a Venezuela para participar en la Reunion del Comite de Alternos y Auditoria del CEMLA
RESOLUCION DE DIRECTORIO N° 007-2008-BCRP MORDAZA, 13 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, se ha recibido la convocatoria del Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA) para la Reunion del Comite de Alternos y Auditoria del CEMLA, que se llevara a cabo en la MORDAZA de Caracas, Venezuela, los dias 28 y 29 de febrero; Que, en esta Reunion se MORDAZA el Informe de Actividades y Resultados Financieros del ejercicio 2007; el Programa de las Reuniones de Gobernadores de Bancos Centrales a celebrarse en MORDAZA de 2008 en Ottawa, Canada y asuntos varios; Que, es politica del Banco Central de Reserva del Peru mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con la finalidad y funciones del Banco Central; Que, para el cumplimiento del anterior considerando la Gerencia de Estudios Economicos tiene entre sus objetivos proveer al Directorio, al Presidente y al Gerente General los estudios e informaciones necesarias para que las politicas del Banco y su entorno macroeconomico permitan la consecucion de la estabilidad monetaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y estando a lo acordado en el Directorio en su sesion de 7 de febrero de 2008; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la mision en el exterior de la senora MORDAZA Choy Chong, Subgerente de Economia Internacional de la Gerencia de Estudios Economicos, a la MORDAZA de Caracas, Venezuela, del 27 de febrero al 1 de marzo y al pago de los gastos, a fin de que participe en la reunion indicada en la parte considerativa de la presente Resolucion.

HORARIOS

Articulo Tercero.- La Direccion de Servicios de Transporte Terrestre debera inscribir la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Articulo Cuarto.- La EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESO INTERNACIONAL MORDAZA S.A.C., debe presentar el comprobante de pago por reintegro del monto que corresponde por el derecho de tramite por concepto del otorgamiento de la concesion interprovincial previa a la entrega de las Tarjetas Unicas de Circulacion de la flota vehicular indicada en el articulo MORDAZA de la presente

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