Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2008 (01/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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DISPOSICIONES TRANSITORIAS

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Articulo 6°.- Del saldo disponible de la "Asignacion Financiera" 6.1 El saldo disponible de la "Asignacion Financiera" de la fuente de financiamiento Recursos Determinados de la Entidad esta constituida por la sumatoria de las "Asignaciones Financieras" a una fecha determinada menos la sumatoria de los Gastos Girados aprobados a dicha fecha, incluyendo las rebajas de los ingresos por las devoluciones efectuadas. 6.2 Las devoluciones por menor ejecucion asi como las anulaciones de giros procesados en el SIAFSP incrementan el saldo disponible de la "Asignacion Financiera" a una fecha determinada. Articulo 7°.- Remuneracion de los saldos no ejecutados Los montos no ejecutados de las "Asignaciones Financieras" de la fuente de financiamiento Recursos Determinados seran remunerados por la Direccion Nacional del Tesoro Publico, sobre la base de los intereses que se generen producto de los depositos efectuados por dicha Direccion Nacional en el Banco Central de Reserva del Peru.

Primera.- Las Entidades podran continuar efectuando la ejecucion del gasto con cargo a los recursos del Rubro 18 Canon y Sobrecanon, Regalias, Rentas de Aduanas y Participaciones, a traves de la "Cuenta Central Recursos Determinados", conforme a lo establecido en la Resolucion Directoral N° 037-2007-EF/77.15, hasta agotar el saldo de dicha cuenta. Segunda.- La presente Resolucion Directoral es de aplicacion, en lo relacionado al Rubro 07 FONCOMUN, a partir del MORDAZA semestre de 2008. DISPOSICION FINAL Unica.- Acreditacion de responsables de las cuentas bancarias de los Gobiernos Locales Los Gobiernos Locales procederan a registrar en el SIAF-SP los datos de los titulares y suplentes responsables del manejo de sus cuentas bancarias, conforme al procedimiento establecido en el inciso 51.1 del articulo 51° de la Directiva de Tesoreria N° 001-2007EF/77.15, aprobada por la Resolucion Directoral N° 0022007-EF/77.15; una vez efectuada dicha acreditacion, la Direccion Nacional del Tesoro Publico emitira la correspondiente clave electronica y codigo de usuario que sera entregada a los responsables acreditados para que puedan efectuar los giros electronicos y acceder a las consultas referidas en el articulo 9° de la presente Resolucion Directoral. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Director Nacional del Tesoro Publico ANEXO Nº 1 TIPOS DE RECURSO DE LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS DETERMINADOS - R. D. Nº 013-2008-EF/77.15 (*)
FTE. MORDAZA DE RUBRO NOMBRE FTO. RECURSO 5 18 H CANON MINERO 5 18 I CANON HIDROENERGETICO 5 18 J CANON PESQUERO 5 18 K CANON Y SOBRECANON PETROLERO 5 18 L CANON FORESTAL 5 18 M CANON GASIFERO 5 18 N CANON GASIFERO, REGALIAS 5 18 O CANON PESQUERO, DERECHOS 5 18 P REGALIAS MINERAS 5 18 Q RENTAS DE ADUANA

Articulo 8°.- Deposito de fondos provenientes de recuperaciones por pagos indebidos o en exceso 8.1 El deposito de los fondos provenientes de menores gastos autorizados con cargo a las "Asignaciones Financieras" de la fuente de financiamiento Recursos Determinados, tales como Encargos, Fondo Fijo para MORDAZA Chica y de la recuperacion de pagos indebidos o en exceso, se efectua en el Banco de la Nacion, dentro de las 24 horas de su recepcion en la Cuenta Principal de la DNTP Nº 00-000-299294, mediante la Papeleta de Depositos a favor del Tesoro Publico (T-6). 8.2 El registro de dichas operaciones se efectua en el SIAF-SP, en el mismo expediente que origino el pago inclusive para los correspondientes a anos fiscales anteriores. Solo en casos justificados se puede generar un MORDAZA registro administrativo utilizando el MORDAZA de Operacion Ingreso/Gasto (Y/G), con indicacion del respectivo concepto. Articulo 9°.- Conciliacion de movimientos y saldos 9.1 Las Entidades deberan efectuar la conciliacion y el seguimiento de los movimientos y saldos de los fondos de la indicada fuente de financiamiento y Rubro. 9.2 Para tal efecto, las Entidades podran acceder, a traves de la direccion electronica: http://www.mef.gob.pe, a las siguientes consultas: a) La "Asignaciones Financieras" por concepto de Canon y Sobrecanon, Regalias, Rentas de Aduanas y Participaciones, de la fuente de financiamiento Recursos Determinados. b) Los giros efectuados con cargo a las "Asignaciones Financieras" por los conceptos senalados en el literal a) inmediato precedente. c) El saldo disponible de la "Asignacion Financiera". d) Los intereses a que se refiere el articulo 7° de la presente Resolucion Directoral. Articulo 10°.- Traslado de Recursos Determinados a la Cuenta Principal del Tesoro Publico Las Entidades estan en la facultad de trasladar los recursos a que se contrae la presente Resolucion Directoral depositados en otras cuentas bancarias del Banco de la Nacion, incluyendo la "Cuenta Central Recursos Determinados", y en el Sistema Financiero Nacional, a la Cuenta Principal del Tesoro Publico, informando de manera expresa a la Direccion Nacional del Tesoro Publico, con indicacion del monto, Rubro y MORDAZA de Recurso.

(*) Los Tipos de Recursos de la presente relacion se actualizan a traves del SIAF-SP 195842-1

EDUCACION
Aprueban suscripcion de Convenio de Administracion de Recursos entre el Ministerio y la Organizacion de Estados Iberoamericanos para la Educacion, la Ciencia y la Cultura - OEI
RESOLUCION SUPREMA Nº 019-2008-ED MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2008

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