Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2008 (01/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 2008

Que, la Ley Nº 26620 - Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, establece en su articulo 7º que, las contravenciones a dicha Ley o a su Reglamento y demas normas vigentes en materia maritima, fluvial y lacustre seran objeto, entre otras sanciones a las multas que se impongan de conformidad con la Tabla de Multas vigente; Que, los articulos A-030609 y A-030612 del Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-DE/MGP de fecha 25 MORDAZA 2001, establecen que los Capitanes de Puerto imponen las sanciones mediante Resoluciones de Capitania, previa investigacion sumaria o a traves de Papeletas de Multa cuando la infraccion no amerita mayor investigacion y siempre que la sancion a aplicarse sea una multa; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 028DE/MGP faculta a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas para que mediante Resolucion Directoral expida las normas complementarias que requiera la aplicacion del precitado Reglamento; Que, el articulo 3º de la Tabla de Multas de Capitanias, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 045-DE/MGP de fecha 10 Agosto 2001, faculta a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas a emitir normas relativas al fraccionamiento, aplazamiento, reduccion y otros beneficios e incentivos, respecto del pago de multas impuestas por las Capitanias de Puerto; Que, es necesario aprobar los formatos de Aviso de Infraccion y Papeleta de Multa, asi como normar la utilizacion de la Papeleta de Multa de acuerdo con el monto de la multa a ser impuesta, asi como establecer el beneficio de reduccion de las multas impuestas mediante Papeleta de Multa, atendido a su pago oportuno; De conformidad con lo propuesto por el Jefe de la Oficina de Recaudaciones, a lo recomendado por el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica y el Comandante

de Operaciones Guardacostas; y a lo opinado por el Director Ejecutivo de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas SE RESUELVE:

1.- Aprobar el formato "Papeleta de Multa" a ser utilizado por las Capitanias de Puerto, de acuerdo con el modelo que aparece en el Anexo I de la presente Resolucion Directoral, debiendo los formatos ser numerados en orden correlativo. 2.- Aprobar el formato "Aviso de Infraccion" a ser utilizado por las Capitanias de Puerto y Unidades Guardacostas, de acuerdo con el modelo que aparece en el Anexo II de la presente Resolucion Directoral, debiendo los formatos ser numerados en orden correlativo. 3.- Disponer que los Capitanes de Puerto impongan multas a traves del formato "Papeleta de Multa", cuando la infraccion esta acreditada y no se requiera mayor investigacion, asi mismo cuando no se imponga una sancion distinta a la multa y el monto de la multa o multas a imponerse no exceda de DOS (02) Unidades Impositivas Tributarias. 4.- Disponer que el personal de la Capitania de Puerto o Unidad Guardacostas detalle la comision de las infracciones en un solo Aviso de Infraccion, el mismo que MORDAZA origen a una sola Papeleta de Multa. 5.- Establecer el beneficio de reduccion de multa, consistente en un descuento del CINCUENTA POR CIENTO (50%), al cual podran acogerse los infractores que paguen las multas impuestas mediante Papeleta de Multa dentro de los SIETE (7) dias utiles posteriores a la notificacion de la respectiva Papeleta de Multa. Registrese y publiquese como Documento Oficial Publico (D.O.P.) FERGAN MORDAZA CUNTTI Director General de Capitanias y Guardacostas

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. 5.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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