Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2008 (01/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 2008

Vistos: el Informe N° 191-2008-PRODUCE/DGEPPDchi del 29 de MORDAZA de 2008 de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero sobre el desarrollo de las actividades extractivas de la anchoveta Engraulis ringens al 27 de MORDAZA de 2008 y el Informe N° 071-2008PRODUCE/OGAJ-mbyu de la Oficina General de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el articulo 2° de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; Que, el articulo 9° de la citada Ley establece que sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, la autoridad pesquera determinara, segun el MORDAZA de pesqueria, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisibles, temporadas y zonas de pesca, regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos pesqueros; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 434-2008PRODUCE del 9 de MORDAZA de 2008, se autorizo el reinicio de las actividades pesqueras del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16° 00' S a partir de las 00:00 horas del dia 21 de MORDAZA de 2008, fijandose una cuota de captura para el periodo 21 MORDAZA al 10 de MORDAZA de 2008 de 2'000,000 de toneladas; Que, mediante el Informe N° 191-2008-PRODUCE/ DGEPP-Dchi del 29 de MORDAZA de 2008, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, considerando los datos proporcionados por el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, informo sobre el desarrollo de las actividades extractivas del recurso anchoveta, donde se senala que entre el 21 y 27 de MORDAZA de 2008 se capturo 938,178 toneladas de anchoveta en la region norte-centro y que sobre las proyecciones de pesca realizadas, recomienda la adopcion de medidas de cierre con la anticipacion que el caso requiere; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, asi como en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27789 y la Resolucion Ministerial N° 4342008-PRODUCE; y, Con el visado del Viceministro de Pesqueria, de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) en el area comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru hasta el paralelo 16°00'00" Latitud Sur, a partir de las 00:00 horas del dia 6 de MORDAZA de 2008. Los establecimientos industriales pesqueros podran recibir el recurso anchoveta hasta las 12:00 horas del dia 6 de MORDAZA de 2008 y el procesamiento de dicho recurso debera efectuarse hasta las 12:00 horas del dia 7 de MORDAZA de 2008. Articulo 2°.- A partir de la fecha de suspension de las actividades pesqueras dispuesta en el articulo 1° de la presente Resolucion, los establecimientos industriales pesqueros solo podran recibir y procesar, segun corresponda, el recurso anchoveta, de las embarcaciones artesanales, siempre que el producto de su extraccion sea destinada al consumo humano directo y cumplan con las medidas previstas en el articulo 10° de la Resolucion Ministerial N° 434-2008-PRODUCE. Articulo 3°.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion, sera sancionado conforme al

Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuicolas (RISPAC), aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE y demas normas concordantes, complementarias y/o ampliatorias. Articulo 4°.- Las Direcciones Generales de Extraccion y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales de Pesqueria del Ministerio de la Produccion, asi como las Direcciones Regionales o Gerencias Regionales de la Produccion del litoral con competencia pesquera, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y la Autoridad Portuaria Nacional, dentro del ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velaran por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 195667-1

Aceptan renuncia y designan Directora General de la Oficina General de Administracion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 469-2008-PRODUCE MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2008 VISTO: el Oficio S/N del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valverde; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 300-2007PRODUCE del 28 de setiembre de 2007, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de la Produccion; Que, a traves del documento de visto, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando, por razones de caracter personal; Que, en consecuencia, debe dictarse el acto de administracion que acepte la renuncia formulada y designe al funcionario que desempenara el cargo de Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de la Produccion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de la Produccion, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la Sra. MORDAZA MORDAZA CHAFLOQUE MORDAZA, en el cargo de Directora General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 195667-2

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