Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2008 (28/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

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respectivo contrato debera resolverse automaticamente, en el momento en que entre en vigencia el MORDAZA contrato derivado del C.P. Nº Nº 001-2007-ZRXII; en consecuencia, la citada MORDAZA Registral debera prever dicha condicion resolutoria expresamente en el respectivo contrato. Estando a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004PCM y 084-2004-PCM, respectivamente; al Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema N° 1352002-JUS; con la respectiva visacion de la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP. SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente el servicio de vigilancia en la MORDAZA Registral N° XII- Sede MORDAZA, por el periodo comprendido entre el 27 de MORDAZA al 27 de agosto de 2008. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la contratacion del servicio de vigilancia hasta por el monto de S/. 77,768.16 nuevos soles, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Administracion y Finanzas de la referida MORDAZA Registral, para ejecutar la contratacion, mediante acciones directas e inmediatas, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; debiendo considerarse expresamente en el respectivo contrato, que la vigencia del contrato que derive de la C.P. Nº Nº 001-2007-ZRXII, constituira condicion resolutoria del contrato que se suscriba bajo el MORDAZA de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Disponer que: 1) el Organo de Control Institucional de la citada MORDAZA Registral, inicie las acciones de control que considere pertinentes a fin de determinar, de ser el caso, la responsabilidad a que hubiera lugar; 2) la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Sede Central de la SUNARP, haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del CONSUCODE, la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro del plazo de diez dias calendario a su aprobacion segun lo dispone el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; 3) la Secretaria General notifique inmediatamente la presente Resolucion a la MORDAZA Registral Nº XII-Sede MORDAZA, la cual debera disponer la inclusion del MORDAZA exonerado en el respectivo Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la MORDAZA Registral. Registrese, comuniquese y publiquese en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos

205054-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el Plan Regional de Educacion Ambiental 2008 -2012
REGION MORDAZA CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2008- REGION ANCASH/CR.
El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional;

Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, senala que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La Estructura Organica Basica de estos gobiernos esta conformada por el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador y el Presidente como organo ejecutivo; Que, el articulo 102º de la misma Carta Magna enuncia en su inciso 6) la funcion de dictar las normas inherentes a la gestion regional y en el inciso 7) la funcion promover y regular las actividades y/o servicios en materia de salud y medio ambiente; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, estipula dentro de sus objetivos a nivel ambiental, conforme al articulo 6º, disponer enfoques de la sostenibilidad del desarrollo, gestion sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental; coordinacion y concertacion interinstitucional y participacion ciudadana en todos los niveles del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, y en el MORDAZA de los Lineamientos de Politica Ambiental Nacional establecidos en el D. S. Nº 022-2001-PCM; Que, la politica ambiental en la Region MORDAZA se encuentra enmarcada en el concepto de Desarrollo Humano Sostenible, mediante un manejo prudente del patrimonio natural, con decisiones de bienestar a las futuras generaciones; Que, para la elevacion de la calidad de MORDAZA de la poblacion de MORDAZA se requiere, entre otros aspectos, contar con una eficaz y eficiente gestion ambiental, expresada en un manejo racional y sostenible de sus recursos naturales, en una minima y control de los impactos ambientales derivados de las actividades productivas y en una participacion MORDAZA y consciente de sus instituciones y su poblacion; Que, la Ley Nº 28611 - Ley General del Medio Ambiente, en el articulo 127º indica que, la Educacion Ambiental se convierte en un MORDAZA educativo integral, que se da en toda la MORDAZA del individuo; y, que busca generar en este los conocimientos, las actitudes, los valores y las practicas, necesarios para desarrollar sus actividades en forma ambientalmente adecuada, con miras a contribuir al desarrollo sostenible del pais; Que, la Directiva Nº 014-2007-DINECA ­AEA, establece que la Educacion Ambiental es orientar el desarrollo de actividades en las Instituciones Educativas que contribuye a promover desarrollo de capacidades, la formacion de la conciencia ambiental y la educacion para el Desarrollo Sostenible en la Educacion Basica Tecnico Productiva y la Educacion Superior No Universitaria, en el MORDAZA de lo previsto en los disenos curriculares y las normas vigentes; Que, la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, en su articulo 9º inciso j) dispone que, los Gobiernos Regionales dentro de su competencia constitucional, puedan dictar normas inherentes a la gestion ambiental. Que, ante la necesidad del uso sostenible de los recursos naturales, en forma planificada y considerando fundamentalmente el conocimiento del potencial y limitaciones del territorio, asi como la problematica ambiental en la Region MORDAZA, en terminos del alto grado de deterioro de muchos ecosistemas, repercutiendo en el incremento de riesgos a la salud, asi como el incremento de alteraciones paisajistas y esteticas; y, teniendo en cuenta la escasa participacion activa por parte de la poblacion, se ha formulado y validado el Plan Regional de Educacion Ambiental, producto de varios Talleres Participativos y reuniones tecnicas en forma coordinada e intersectorial; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28961, 28968 y 29053, 27902, y demas normas pertinentes; y estando a lo acordado y aprobado por mayoria en la sesion ordinaria llevada a cabo el dia 17 de MORDAZA de 2008; ORDENA: Articulo Primero.- Aprobar el Plan Regional de Educacion Ambiental 2008-2012, declarando su implementacion oficial en el ambito de la Region Ancash. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la implementacion y ejecucion del Plan Regional de

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