Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2008 (12/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES

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con base en la puesta en valor del territorio local, asi como planificacion y ordenacion estrategica territorial, lo cual contribuira en los objetivos de la Institucion, incidiendo indirectamente en beneficio de la Corporacion Municipal. Que, segun el articulo 5 de la Ley Nº 27619 y el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el funcionario publico comisionado, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; asi como la correspondiente rendicion de cuentas. Que, la Agencia Espanola de Cooperacion Internacional para el Desarrollo-AECID, como entidad organizadora, cubrira los gastos de alojamiento y alimentacion del citado funcionario durante la realizacion del evento, mas no los gastos por transporte aereo, ni tasas de embarque. Que, si bien la fase presencial del Curso se inicia el lunes 27 de octubre de 2008, los pasajes aereos han sido reservados desde el dia 25 de octubre con retorno al 8 de noviembre del presente ano, por lo que es necesario que la autorizacion del viaje y la licencia con goce de haber sea por dicho periodo. Estando a las facultades conferidas al Consejo Directivo del SAT en la Ordenanza Nº 936; por unanimidad de los senores Consejeros participantes se adopta el siguiente acuerdo: SE ACUERDA: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Jefe del SAT, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la MORDAZA de Granada, Espana, del 25 de octubre al 8 de noviembre de 2008, para los fines expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo; otorgandosele licencia con el goce correspondiente. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aereos y tasas del aeropuerto seran cubiertos por el presupuesto institucional del SAT, conforme al detalle siguiente: Pasajes (Lima - MORDAZA - Granada - MORDAZA - Lima) : US$ 1,954.49 Tarifa CORPAC : US$ 30.25 TOTAL : US$ 1,984.74

garantias y responsabilidades de ley, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 174-MSI, publicada el 1° de octubre de 2006, se aprueba el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de los Bienes Muebles de la Municipalidad de San Isidro; Que, mediante Ley N° 29151, publicada el 14 de diciembre de 2007, se aprueba la Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y publicado el 15 de marzo de 2008, donde se establece que los actos de los Gobiernos Locales, respecto de los bienes de su propiedad, se encuentran bajo su administracion y se ejecutan conforme a la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, es necesario adecuar las normas de la Municipalidad a las nuevas disposiciones dentro del plazo de 120 dias calendario establecido en la Primera Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de la Ley N° 29151; En uso de las facultades conferidas por el Inciso 8) del Articulo 9º y Articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ALTAS, BAJAS Y ENAJENACIONES DE LOS BIENES MUEBLES DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de los Bienes Muebles de la Municipalidad de San MORDAZA, que consta de 69 Articulos, Una Disposicion Transitoria y Cuatro Disposiciones Finales, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza; Articulo Segundo.- Facultar al senor MORDAZA, para que a traves de Decretos de Alcaldia, disponga las normas que MORDAZA necesarias para el cumplimiento del Reglamento aprobado en el Articulo que antecede; Articulo Tercero.- Publicar la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y el Texto integro del Reglamento aprobado en el Articulo 1º de la presente Ordenanza, en el MORDAZA electronico de la Municipalidad de San MORDAZA www. munisanisidro.gob.pe; Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Articulo Quinto.- Deroguese la Ordenanza N° 174-MSI que aprobo el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de los Bienes Muebles de la Municipalidad de San MORDAZA y las normas que se opongan. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA, a los diez dias del mes de setiembre del ano dos mil ocho. Registrese, comuniquese y cumplase. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA

Articulo 3º.- El funcionario debera ejecutar la rendicion de cuentas documentada y presentar un informe que describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario del termino de la referida comision. Articulo 4º.- Publiquese el presente Acuerdo en el diario oficial El Peruano dentro del plazo previsto en el articulo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Jefe (e) del Servicio de Administracion Tributaria Presidente del Consejo Directivo del SAT

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de los Bienes Muebles de la Municipalidad de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 242-MSI
EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; Visto en Sesion Ordinaria de fecha 10 de setiembre de 2008, los Dictamenes Nº 054-2008-CAJ/MSI de la Comision de Asuntos Juridicos y Nº 044-2006-ADM-FIN-AL/MSI de la Comision de Administracion, Finanzas y Asuntos Laborales; y CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades como Gobiernos Locales administran su patrimonio en forma autonoma, con las

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas y el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones (CUIS y RAS) aprobado por Ordenanza N 140MDSM
ORDENANZA Nº 159-MDSM
San MORDAZA, 16 de setiembre de 2008 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades

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