Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2008 (21/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 21 de octubre de 2008

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Disponen el embanderamiento general del distrito con motivo de la celebracion del XIX Aniversario de Creacion Politica del distrito de MORDAZA MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 00005-2008/MDSA MORDAZA MORDAZA, 15 de octubre del 2008 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley No. 27680, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el 25 de Octubre del presente, se celebra el XIX Aniversario de la Creacion Politica del Distrito de MORDAZA Anita; por ello la Administracion Municipal considera conveniente resaltar este hecho trascendente, con el proposito de fortalecer y reafirmar nuestra conciencia civica, fomentando la realizacion de actividades simbolicas tradicionales, como lo es el embanderamiento de todos los inmuebles del distrito; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General de las viviendas, instituciones publicas y privadas y locales comerciales del Distrito de MORDAZA MORDAZA, a partir del 21 de Octubre hasta el 31 de Octubre del 2008, con motivo de la celebracion por el XIX Aniversario de Creacion Politica del Distrito de MORDAZA Anita. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General y Areas Administrativas correspondientes, el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa 266822-1

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de Administracion Economia y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza de Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa; y CONSIDERANDO:

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa
ORDENANZA Nº 017-2008-MDLP La MORDAZA, 15 de octubre del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha, 15 de Octubre del 2008, el Dictamen de la Comision

Que, la Constitucion Politica del Estado senala que "las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local tienen autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia", asimismo, se atribuye a los Concejos Municipales las funciones normativas que se establecen en el articulo 9º de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades. Que en el MORDAZA parrafo del articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario establece que "excepcionalmente los gobiernos locales podran condonar, con caracter general, los intereses y las sanciones respecto a los tributos que administra" Que, el articulo 52° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, dispone "que los gobiernos locales administran exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, MORDAZA estas ultimas, derechos, licencias o arbitrios y por excepcion los impuestos que la ley les asigne"; Que, el articulo 60° inciso b) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal establece que la supresion de tasas y contribuciones, las Municipalidades no tienen ninguna limitacion legal. Que, la politica de la actual Gestion Municipal, esta orientada a velar por el saneamiento y actualizacion de los estado de cuenta de sus contribuyentes y responsable y en la linea de fomento del bienestar procurando dictar las medidas que permitan la solucion de la problematica planteada actuando con equidad y tomando en consideracion la situacion economica que atraviesa nuestro MORDAZA, ofreciendo a nuestros vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, por cuanto la presente gestion municipal tiene sentada sus bases en una MORDAZA, humana y eficiente administracion; Que segun informacion proporcionada por la Sub Gerencia de Control y Recaudacion mediante el Informe Nº 485-2008-SGCyR-GAT/MDLP; la base de datos del Sistema Tributario Municipal registra saldos por cobrar al 10-09-2008 correspondientes a los anos 2,003,2004 y 2005 los mismos que se encuentran el interes calculado al 18-09-2008. Que segun informacion proporcionada por la Sub Gerencia de Control y Recaudacion mediante el Informe Nº 518-2008 SGCyR-GAT/MDLP; remite el resumen de las multas administrativas indicando el monto de la cobranza y las multas incluyen deudas de cobranza coactiva. Que, mediante Memorando Nº 0331 ­2008- GAT/ MDLP, la Gerencia de Administracion Tributaria presenta el Proyecto de Ordenanza sobre Beneficios de Regularizacion Tributaria y Administrativa con motivo de celebrase un aniversario mas de creacion del Distrito de la MORDAZA, tal propuesta se efectua por cuanto los arbitrios de los anos 2003,2004,2005 son ejercicios vencidos y en consecuencia sufren un porcentaje de castigo en la provision de cobranzas dudosas de acuerdo a la antiguedad de la deuda, en lo que respecta a las multas tributarias se busca incentivar al vecino a que regularice la informacion correcta de su predio condonandole el pago de la multa tributaria, por cuanto lo que le interesa a la administracion tributaria es contar con una base de datos tributaria que contenga la informacion real de cada uno de los predios del Distrito con el objeto que se determine el real monto del impuesto predial y arbitrios que debe pagar el administrado; Que, mediante Informe Nº 328-GAJ/MDLP, la Gerencia de Asesoria Juridica emite opinion legal respectiva que el proyecto de Ordenanza de Regularizacion Tributaria y Administrativa se encuentran debidamente fundamentada con la exposicion de motivos y con sus respectivas argumentos de hecho y derecho por lo que esta Gerencia opina procedente en consecuencia pongase a consideracion del pleno del Concejo Municipal para su respectiva aprobacion de considerarlo pertinente; Que mediante Informe Nº 140-2008- GM-MDLP, La Gerencia Municipal, remite los actuados al Despacho de Alcaldia para ser elevado al Pleno del Concejo Municipal.

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