Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2008 (21/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
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MORDAZA, martes 21 de octubre de 2008

Que, la Municipalidad Distrital de MORDAZA, con fecha 03/09/2008 convoco a la Adjudicacion Directa Publica N° 001-2008-CEP/MDM, para la adquisicion de MORDAZA en general para el Proyecto "Mejoramiento de la Parte Alta y Baja de la Av. Salaverry, Sector By Pass, Distrito de Morales", habiendose realizado el acto publico de MORDAZA, apertura y calificacion de propuestas y otorgamiento de la buena pro el dia 17/09/2008, sin embargo, MORDAZA de que sea declarada consentida la buena pro otorgada, uno de los Postores ha formulado recurso de apelacion ante el CONSUCODE. Que, el desarrollo de un MORDAZA impugnativo contra la buena pro otorgada en un MORDAZA de seleccion, desde el momento en que es conocido por el CONSUCODE, pasando por el requerimiento, remision y evaluacion de la informacion, hasta la emision del acto administrativo que resuelva en forma efectiva la controversia, en promedio alcanzan ­ y en muchos casos supera - los 30 dias calendario. Que, conforme a lo informado por el Ing. Residente del Proyecto "Mejoramiento de la Parte Alta y Baja de la Av. Salaverry, Sector By Pass, Distrito de Morales", mediante Informe N° 094-JPF/RO-2008, es imprescindible la adquisicion de 800 varillas de MORDAZA de ½, 500 varillas de MORDAZA de 3/8, 200 Kg. de alambre negro N° 16, 200 Kg. de alambre negro N° 08, 50 Kg. de MORDAZA de 3", 20 kg. de MORDAZA de 4" y 20 Kg. de MORDAZA de 5", los cuales con bienes comprendidos dentro del objeto de la ADP N° 001-2008CEP/MDM, para garantizar la ejecucion de las partidas programadas, ademas de evitar asi la paralizacion de los trabajos y el incumplimiento del convenio suscrito con el Gobierno Regional de San MORDAZA, quien financia la ejecucion del indicado Proyecto, garantizando su ejecucion durante el mes de octubre. Que, conforme a lo informado por el Asesor Tecnico Legal de los Procesos de Seleccion para el Proyecto "Mejoramiento de la Parte Alta y Baja de la Av. Salaverry, Sector By Pass, Distrito de Morales", mediante Informe Tecnico Legal N° 102 ­ 2008 / MPM, el literal c) del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, exonera de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con dicha MORDAZA legal, contrataciones que en virtud del articulo 20º de la citada Ley se realizaran mediante acciones inmediatas, requiriendo un informe tecnico - legal previo, debiendo ser aprobadas en el caso de las Municipalidades, por acuerdo de su Concejo Municipal, y ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, asi como remitirse dicho acuerdo y los respectivos informes tecnico y legal a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, bajo responsabilidad del MORDAZA dentro del plazo de diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Que, el articulo 21º de la referida Ley, establece que la situacion de desabastecimiento inminente se produce ante una situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion

de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda, segun sea el caso. Que, como puede apreciarse, el MORDAZA de seleccion de la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2008-CEP/MDM fue convocado por la Municipalidad Distrital de MORDAZA para la adquisicion MORDAZA en general para el Proyecto "Mejoramiento de la Parte Alta y Baja de la Av. Salaverry, Sector By Pass, Distrito de Morales", en tal sentido el recurso de apelacion ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado constituye un hecho imprevisible y extraordinario que origina la ausencia de bienes que compromete en forma directa e inminente la continuidad de la ejecucion del indicado proyecto el mismo que se encuentra bajo responsabilidad de esta Municipalidad, por lo que puede concluir que se ha configurado la situacion de desabastecimiento inminente, conforme a lo senalado en la base legal indicada. Estando a los fundamentos expuestos, a lo aprobado por el Concejo Municipal y a lo facultado por el articulo 9 de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, SE ACORDO:

Articulo 1.- DECLARAR en desabastecimiento inminente la adquisicion de 800 varillas de MORDAZA de ½, 500 varillas de MORDAZA de 3/8, 200 Kg. de alambre negro N° 16, 200 Kg. de alambre negro N° 08, 50 Kg. de MORDAZA de 3", 20 kg. de MORDAZA de 4" y 20 Kg. de MORDAZA de 5", en cuanto son bienes comprendidos dentro del objeto de la ADP N° 0012008-CEP/MDM, lo cual garantizaria la ejecucion del Proyecto "Mejoramiento de la Parte Alta y Baja de la Av. Salaverry, Sector By Pass, Distrito de Morales" durante el mes de octubre del 2008, mientras tanto se resuelva en forma efectiva la apelacion interpuesta contra la buena pro otorgada en dicho MORDAZA, ante el Tribunal del Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 2.- EXONERAR del respectivo MORDAZA de seleccion que correspondiere, la contratacion la adquisicion de 800 varillas de MORDAZA de ½, 500 varillas de MORDAZA de 3/8, 200 Kg. de alambre negro N° 16, 200 Kg. de alambre negro N° 08, 50 Kg. de MORDAZA de 3", 20 kg. de MORDAZA de 4" y 20 Kg. de MORDAZA de 5", para el Proyecto "Mejoramiento de la Parte Alta y Baja de la Av. Salaverry, Sector By Pass, Distrito de Morales", por un valor referencial de S/. 42,853.00 (Cuarenta y Dos Mil Ochocientos Cincuenta y Tres Nuevos Soles) con cargo a la fuente de financiamiento recursos ordinarios ­ transferencias del Gobierno Regional de San Martin. Articulo 3.- ENCARGAR al CEP realice la adquisicion de los bienes materia de exoneracion, asi mismo encargar a la Gerencia Municipal la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE el presente acuerdo exoneratorio asi como remita la informacion correspondiente a la Contraloria General de la Republica, al CONSUCODE, dentro del plazo de diez (10) dias siguientes a la aprobacion del presente acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. LINDER MORDAZA MORDAZA MORDAZA 266904-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe

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