Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2008 (21/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 21 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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381847

b.- IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA, SIN MORDAZA DE MORDAZA, QUE INGRESARA AL TERRITORIO DE LA REPUBLICA: 1. MORDAZA MORDAZA MARINKOVICH c.- TIEMPO DE PERMANENCIA Del 21 al 25 de octubre de 2008. 267054-2

EDUCACION
Constituyen la "Mesa de Dialogo y Accion Conjunta por la Educacion Inclusiva"
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 0037-2008-ED MORDAZA, 15 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, el articulo 16° de la Constitucion Politica del Peru establece que es deber del Estado asegurar que nadie se vea impedido de recibir educacion adecuada por razon de su situacion economica o de limitaciones mentales o fisicas; Que, segun la Decima MORDAZA Politica de Estado del Acuerdo Nacional se asume el compromiso de garantizar el acceso universal e irrestricto a una educacion integral, publica, gratuita y de calidad que promueva la equidad entre hombres y mujeres, afiance los valores democraticos y prepare ciudadanos y ciudadanas para su incorporacion activa a la MORDAZA social; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del articulo 8º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, la inclusion constituye un MORDAZA de la educacion incorporando a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables, especialmente en el ambito rural, sin distincion de etnia, religion, sexo u otra causa de discriminacion, contribuyendo asi a la eliminacion de la pobreza, la exclusion y las desigualdades; Que, de otro lado, el inciso b) del articulo 9° de la citada Ley contempla como uno de los fines de la educacion, el contribuir a formar una sociedad democratica, solidaria, MORDAZA, inclusiva, MORDAZA, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afirme la identidad nacional sustentada en la diversidad cultural, etnica y linguistica, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del MORDAZA y fomente la integracion latinoamericana teniendo en cuenta los retos de un MORDAZA globalizado; Que, en virtud del Decreto Supremo Nº 026-2003-ED, el Ministerio de Educacion viene ejecutando acciones referidas a la educacion inclusiva a traves de planes pilotos, programas, proyectos y convenios en el MORDAZA de la Decada de la Educacion Inclusiva al 2012; Que, en ese contexto, el enfoque de partida debe apuntar a la apuesta por una sociedad inclusiva que acoja a todos sus ciudadanos por igual y les posibilite el ejercicio pleno de sus derechos, uno de los cuales es la educacion, buscando que los ninos con discapacidad o habilidades diferentes accedan a la escuela regular, sino que una vez en MORDAZA aprendan efectivamente y que para ello los docentes y el sistema MORDAZA los esfuerzos y adecuaciones necesarios; Que, en tal sentido, se hace necesario el esfuerzo concertado de actores e instituciones de la sociedad civil para hacer realidad esta politica de estado y para fortalecer las acciones y proyectos que ya se vienen implementando; De conformidad con la Ley Nº 28044, el Decreto Ley Nº 25762, modificada por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir la "Mesa de Dialogo y Accion Conjunta por la Educacion Inclusiva", que tiene por finalidad contribuir a la implementacion y desarrollo de las politicas de Educacion Inclusiva, mediante el dialogo y la accion conjunta del Ministerio de Educacion con instituciones publicas y privadas, asi como de la sociedad civil. Articulo 2º.- La "Mesa de Dialogo y Accion Conjunta por la Educacion Inclusiva" estara integrada de la siguiente manera:

ECONOMIA Y FINANZAS

Precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF a las importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 022-2008-EF/15.01 MORDAZA, 20 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, por Decreto Supremo N° 084-2008-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importacion de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido entre el 1 y el 15 de octubre de 2008; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M.
Leche entera en polvo 4 564

Fecha Del 1/10/2008 al 15/10/2008

Maiz 213

Azucar 376

Arroz 709

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Viceministro de Economia 267051-1

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