Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2009 (24/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de MORDAZA de 2009

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Autorizan Programa de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito de Lurigancho - Chosica
DECRETO DE ALCALDIA N° 003-2009/MDLCH EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N°035-09/GDS/MDLCH, el Gerente de Desarrollo Social atendiendo el pedido de un gran sector de la poblacion de nuestro distrito, solicita la expedicion del dispositivo correspondiente, para la realizacion de dos ceremonias de Matrimonio Civil Comunitario para el ano 2009: el primero a llevarse a cabo el dia viernes 8 de MORDAZA, con motivo de celebrarse el "Dia de la Madre", fijandose la fecha limite de recepcion de documentos el dia miercoles 29 de MORDAZA del ano en curso y el MORDAZA el dia sabado 24 de octubre del presente ejercicio, como una de las actividades a realizarse con motivo de la Fundacion de nuestro distrito; el lugar a realizarse ambos eventos es el Cristo MORDAZA, a las 7.00 pm, fijandose como fecha limite de recepcion de documentos el dia 14 de octubre. Que, los gobiernos locales como partes integrantes del Estado de conformidad con el articulo 4° de la Constitucion politica, tienen la obligacion y deber de proteger a la familia promoviendo el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad, contribuyendo asimismo, al fortalecimiento del nucleo familiar; por lo que, siendo politica de la actual gestion municipal promover esa union familiar, ha considerado oportuno y necesario brindar facilidades a los vecinos del distrito que deseen formalizar su situacion conyugal, en MORDAZA con lo preceptuado por los articulos 233° y 234° del Codigo Civil, la Ley de Municipalidades N°27972, la Ley N°26497 y demas normas concordantes. Por los fundamentos expuestos y en atribucion de los articulos 84° y 20°, Inciso 6) y 16) de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Primero.- Autorizar el PROGRAMA DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO en el distrito de Lurigancho Chosica, para el ano 2009, como a continuacion se detalla: a. El dia viernes 8 de MORDAZA con motivo de celebrarse el Dia de la MORDAZA, en el Cristo MORDAZA, a las 7.00 pm., fijandose como fecha limite para la recepcion de documentos, el dia miercoles 29 de MORDAZA del ano en curso. b. El dia sabado 24 de octubre, como parte de las actividades que se realizaran con motivo de la Fundacion de nuestro distrito, fijandose como fecha limite para la recepcion de documentos, el dia miercoles 14 de octubre del ano en curso. Segundo.- Encargar a la Sub Gerencia de Registro Civil y Cementerio la organizacion de los correspondientes expedientes matrimoniales bajo la estricta supervision y responsabilidad de la Gerencia de Desarrollo Social, senalandose como obligatorios la MORDAZA y cumplimiento de los requisitos precisados en los articulos 248°, 250° y los que fueren de aplicacion, segun el caso, del Codigo Civil, previo pago de los derechos aprobados en el MORDAZA vigente. Tercero.- Encargar a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Publicas la difusion correspondiente para este importante evento.

Expedido a los dieciocho dias del mes de marzo del ano dos mil nueve. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 339219-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Disponen la celebracion de matrimonios civiles masivos a realizarse en diversos sectores del distrito
ORDENANZA Nº 059-2009-MDP-C MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, la propuesta elevada por la Unidad de Administracion Documentaria y Registro Civil; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica del Estado, senala que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar estas dentro del ambito de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 9º numeral 9) del Titulo I, de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades senala que son atribuciones del Concejo; Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; Que, el articulo 248º y siguiente del Codigo Civil establece los procedimientos formales para la realizacion de los Matrimonios Civiles; Que, es objetivo primordial de la presente Gestion Municipal propiciar las bases solidas de formacion de la familia, contribuir a la consolidacion, fortalecimiento y proteccion como celula basica de la sociedad en MORDAZA a nuestro ordenamiento juridico; Que, para la realizacion de los Matrimonios Civiles Masivos, es necesario dar las facilidades del caso a los contrayentes que en su mayoria por la creencia de recursos economicos y/o falta de MORDAZA de documentos oportunamente no han formalizado su union, por lo que se les debe dispensar de ser el caso de la publicacion de los edictos matrimoniales que pudieran solicitarse en su oportunidad, a tenor de lo dispuesto en el Articulo 252º del Codigo Civil; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º, numeral 8), de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE AUTORIZA LA ORGANIZACION Y EJECUCION DE MATRIMONIOS COMUNTARIOS A LLEVARSE A CABO EN EL DISTRITO DE MORDAZA Articulo Primero.- DISPONER de la Celebracion de los Matrimonios Civiles Masivos, a realizarse en los diversos sectores del distrito, conforme a continuacion se detalla:
Primer Matrimonio : MORDAZA Sabado del mes de MORDAZA Cercado de MORDAZA

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