Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2009 (15/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, lunes 15 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

397609

MORDAZA, pase a la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia para su aprobacion, asi mismo lo declaren patrimonio cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 0265, de fecha 17 de MORDAZA de 2009, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: Declarar patrimonio cultural de la Nacion al monumento arqueologico prehispanico Tres Marias, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huarochiri, departamento de Lima. Aprobar el expediente tecnico (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) del mencionado monumento arqueologico prehispanico. Estando a lo visado por el Director de Gestion (e), el Director de Arqueologia y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion al monumento arqueologico prehispanico cuya ubicacion se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento Nombre del sitio arqueologico Tres Marias MORDAZA

Visto: el Expediente Nº 016431 de fecha 08 de MORDAZA del 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Expediente del visto, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita se deje sin efecto la Resolucion Directoral Nº 031-D-INCDJ-93 de fecha 24.09.1993 que declara monumento al inmueble de su propiedad ubicado en Jr. Amazonas Nº 483, 485, 489,499, distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junin; Que, mediante Informe Nº 013-2009-DAB-SDR-DPHCR/ INC de fecha 16 de febrero de 2009 de la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano, se concluyo que los datos emitidos en el Informe Nº 10 PT-INCDJ-93 de fecha 30 de MORDAZA de 1993, que sirviera como antecedente para la declaratoria de monumento al referido inmueble, fueron sobrevalorados y que, de la evaluacion de la MORDAZA informacion grafica y escrita presentada por la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA, se desprende que el inmueble carece de valor cultural para mantener la condicion de Monumento; Que, la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emitio el Acuerdo Nº 04 de fecha 20 de febrero del 2009, a traves del que se concluye que el expediente debe derivarse a la Oficina de Asuntos Juridicos solicitandose opinion sobre desmonumentalizacion, puesto que pese a carecer de las condiciones necesarias fue declarado Monumento; Que mediante Informe Nº 364-2009-OAJ/INC de fecha 07 de MORDAZA del 2009 de la Oficina de Asuntos Juridicos, se concluyo que al no contar la Direccion Departamental de MORDAZA con facultad delegada en forma expresa por el Reglamento de Organizacion y Funciones del INC, ni mucho menos por Resolucion Directoral Nacional, para proteger y declarar como monumentos a inmuebles que reunan las condiciones respectivas, la Resolucion Directoral Nº 031-D-INCDJ-93 de fecha 24 de setiembre de 1993, emitida por la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA carece de validez, MORDAZA si se tiene en cuenta que la misma no ha sido ratificada mediante Resolucion Directoral Nacional posterior; Con las visaciones del Director de Gestion (e), del Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y del Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; RESUELVE:

Provincia Huarochiri Datum PSAD56 MORDAZA 18 Distrito MORDAZA MORDAZA UTM Este 319143.9495 UTM Norte 8681367.1789 Datum WGS84 MORDAZA 18 UTM Este 318919.3520 UTM Norte 8680999.3683

Articulo 2º.- Aprobar el expediente tecnico (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) del monumento arqueologico prehispanico Tres Marias, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huarochiri, departamento de MORDAZA, de acuerdo a los planos, areas y perimetros siguientes:
Nombre del Sitio Arqueologico Tres Marias Nº de Plano en Datum PSAD56 PP-024-INC_ DREPH-DA-SDIC2009 PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Area (m2) Area (ha) 0.9650 Perimetro (m) 503.43

PP-024-INC_ DREPH-DA-SDIC- 9,650.84 2009 WGS84

Articulo 3º.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico la inscripcion en Registros Publicos y en el sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condicion de patrimonio cultural de la Nacion del monumento arqueologico prehispanico mencionado en el articulo 1º y de los planos senalados en el articulo 2º de la presente resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueologico prehispanico declarado patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Remitase MORDAZA fedateada de la presente resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional

Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 031-D-INCDJ-93 de fecha 24 de setiembre de 1993, que declaro monumento al inmueble ubicado en Jr. Amazonas Nº 483, 485, 489, 499, distrito y provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Hacer de conocimiento de las autoridades locales y propietarios, que se ha dejado sin efecto la condicion de monumento del inmueble ubicado en Jr. Amazonas Nº 483, 485, 489, 499, distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junin. Registrese y comuniquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional

359923-2

INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR
Dejan sin efecto diversos actos administrativos de la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2009-IPEN y retrotraen el MORDAZA a la fase de absolucion de consultas y observaciones
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 131-09-IPEN/PRES
MORDAZA, 12 de junio de 2009

359923-1

Dejan sin efecto R.D. Nº 031-D-INCDJ93 que declaro monumento a inmueble ubicado en la provincia de Huancayo
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 817/INC
MORDAZA, 5 de junio de 2009

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