Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2009 (15/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 15 de junio de 2009

Barbadillo, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Articulo 2°.- RECOMENDAR a la Municipalidad Distrital de Ate, que disponga las acciones administrativas conducentes a emitir acto administrativo subsanando el error material incurrido en cuanto a la denominacion de la zonificacion, conforme lo detallado en el MORDAZA y MORDAZA considerando de la presente Resolucion. Articulo 3°.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y OTROS; y a la Municipalidad Distrital de Ate, para su conocimiento y fines. Articulo 4°.- DAR por agotada la via administrativa. Articulo 5º.- OFICIAR con la presente Resolucion a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX MORDAZA Registral Sede-Lima, Ministerio de Educacion, SERPAR-LIMA, EMILIMA S.A., Instituto Metropolitano de Planificacion y Division Tecnica de la Subgerencia de Adjudicacion y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de esta Corporacion, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo 6°.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los administrados, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA

En cumplimiento de las atribuciones conferidas por los Articulos 9º, Inciso 28) y 41º. de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con la votacion UNANIME del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- FIJAR en S/. 7,150.00 (Siete Mil Ciento Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles) el ingreso mensual que le corresponde percibir al senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Brena, a partir del 1 de enero del 2009 durante el ejercicio presupuestal 2009. Articulo Segundo.- FIJAR en S/. 1,072.50 (Mil Setenta y Dos con 50/100 Nuevos Soles) el monto de la dieta que percibira cada regidor del Concejo Distrital de Brena, por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, abonandose hasta por un MORDAZA de (2) dos Sesiones Ordinarias al mes, a partir del 1 de enero del 2009 durante el ejercicio presupuestal 2009, monto que no supera el total del 30% del ingreso mensual del senor Alcalde. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo y la publicacion en el Diario Oficial El Peruano bajo responsabilidad. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General notificar el presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Administracion y Finanzas para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

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MUNICIPALIDAD DE BRENA
Fijan montos de ingreso mensual del MORDAZA y de dietas de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 062-2009/MDB
Brena, 30 de marzo del 2009 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 30 de marzo del 2009, referido a Remuneracion del senor MORDAZA y Dietas de los senores Regidores para el ejercicio fiscal 2009; CONSIDERANDO: Que el Articulo 12º. Nº 27972 dispone que el monto de las dietas es fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad economica del gobierno local; Que por Ley Nº 28212 promulgada el 1º. de MORDAZA del 2004 se fijo que los Alcaldes Provinciales y Distritales reciben una remuneracion mensual que es fijada por el Concejo Municipal correspondiente hasta un MORDAZA de 4 y ½ de la Unidad Remunerativa del Sector Publico (URSP), asimismo las dietas que perciben los regidores en ningun caso pueden superar el 30% de la remuneracion mensual del Alcalde; Que a traves del Decreto Supremo Nº 046-2006-PCM promulgado el 30 de junio del 2006 se fijo en dos mil seiscientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2,600.00) el monto de la Unidad Remunerativa del Sector Publico correspondiente al ano 2007; Que mediante Decreto de Urgencia Nº 038-2006 se modifican algunos Articulos de la Ley Nº 28212, pero se ratifica el criterio que fijo la dieta en el equivalente al 30% de la remuneracion mensual que percibe un Alcalde; Que mediante Decreto Supremo Nº 025-2007PCM publicado el 22 de marzo del 2007 se dictaron medidas adicionales que regulan la remuneracion de los Alcaldes; Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 032-2007/ MDB de fecha 2 de febrero del 2007 se aprobo el regimen remunerativo y de dietas de los miembros del Concejo Municipal, el mismo que se debe adecuar a la normatividad de la materia, modificado por Acuerdo de Concejo Nº 095-2007/MDB de fecha 29 de marzo del 2007;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Popular China referente a la Cooperacion y Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Aduaneros
Entrada en vigencia del "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Popular China referente a la Cooperacion y Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Aduaneros", suscrito el 19 de noviembre de 2008, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y ratificado por Decreto Supremo Nº 016-2009-RE de fecha 16 de febrero de 2009, publicado el 17 de febrero de 2009. Entro en vigencia el 1 de MORDAZA de 2009.

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Entrada en vigencia del "Tratado de Cooperacion en Materia de Patentes (PCT)"
Entrada en vigencia del "Tratado de Cooperacion en Materia de Patentes (PCT)", adoptado el 19 de junio de 1970 en MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, enmendado el 28 de septiembre de 1979, modificado el 3 de febrero de 1984 y el 3 de octubre de 2001; y su Reglamento del (PCT), que entro en MORDAZA el 1 de MORDAZA de 2007, ratificado por Decreto Supremo Nº 003-2009-RE de 10 de enero de 2009, publicado el 11 de enero de 2009. Entro en vigencia para el Peru el 6 de junio de 2009.

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