Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2010 (28/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

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DECRETA: Articulo 1º.- Objeto La presente MORDAZA dicta medidas economicas y financieras de caracter urgente con el fin de crear el Programa Piloto de Asistencia Solidaria con el adulto mayor: "Gratitud", cuyo objeto es transferir, de manera directa, subvenciones economicas a los adultos en condicion de extrema pobreza a partir de los setenta y cinco (75) anos de edad que cumplan las condiciones establecidas por la presente norma. Articulo 2°.- Ambito de intervencion El ambito de intervencion del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: "Gratitud" son los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Huancavelica; asi como MORDAZA Metropolitana. Articulo 3º.- Beneficiarios del Programa Piloto 3.1.Son beneficiarios del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: "Gratitud", los adultos a partir de los setenta y cinco (75) anos de edad que se encuentren en condicion de extrema pobreza de acuerdo a los criterios del Sistema de Focalizacion de Hogares (SISFOH), inicialmente en: a) Los hogares beneficiarios del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres ­ JUNTOS de los departamentos de Huancavelica, MORDAZA y Ayacucho; y, b) MORDAZA Metropolitana, en condicion de extrema pobreza, de acuerdo a los criterios del Sistema de Focalizacion de Hogares - SISFOH. 3.2. En ambos casos deberan ser acreditados con su Documento Nacional de Identidad - DNI. Articulo 4º.- Caracteristicas de la subvencion 4.1 La subvencion economica mensual que otorga el Programa Piloto de Asistencia Solidaria: "Gratitud" asciende a CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100,00) que se paga por persona. Esta subvencion no es heredable y no esta sujeta al pago de devengados. 4.2 Dicha subvencion economica es incompatible con la percepcion de pension de jubilacion bajo algun regimen previsional u otro que otorgue prestacion economica por parte del Estado, incluyendo EsSalud, asi como ser beneficiario de algun programa social, a excepcion del Seguro Integral de Salud (SIS). Articulo 5º.- Administracion del Programa Piloto y pago de la subvencion 5.1 El Programa Piloto de Asistencia Solidaria; "Gratitud" sera administrado por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para lo cual el Sistema de Focalizacion de Hogares (SISFOH) comunica a dicho Ministerio el padron de beneficiarios elegibles para la verificacion de su estado de supervivencia. 5.2 En los departamentos de Huancavelica, MORDAZA y MORDAZA dicha verificacion sera realizada a traves del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres - "JUNTOS". En MORDAZA Metropolitana sera realizada por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. 5.3 Efectuada la verificacion a que se refiere el numeral anterior, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social aprueba mediante Resolucion Ministerial la relacion de beneficiarios del Programa Piloto. 5.4 El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social autoriza al Banco de la Nacion la apertura de las cuentas bancarias individuales de los beneficiarios de acuerdo a la relacion aprobada. 5.5 El costo de los servicios de pagaduria que brinde el Banco de la Nacion sera atendido por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social con cargo a los recursos a los que se refiere el articulo 6º de esta norma. Articulo 6º.- Financiamiento 6.1 La aplicacion de la presente MORDAZA se financia con cargo a la transferencia de partidas que se autoriza en el numeral 6.2 del presente articulo, para la atencion de las subvenciones economicas establecidas en la presente norma; asi como los gastos operativos y de administracion del presente programa piloto.

6.2 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, hasta por la suma de DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 000 000,00), de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION En Nuevos Soles Gobierno Central Ministerio de Economia y Finanzas Administracion General Planeamiento, Gestion y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 1.000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios : 009 : 001 : 03 : GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO 2 000 000,00 ----------------2 000 000,00 =========== En Nuevos Soles

: Gobierno Central 039 : Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social UNIDAD EJECUTORA 006 : Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF FUNCION 23 : Proteccion Social PROGRAMA FUNCIONAL 051 : Asistencia Social SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0115 : Proteccion de Poblaciones en Riesgo ACTIVIDAD 1.077976 : Apoyo a la Persona Adulta Mayor FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.5. Otros Gastos TOTAL EGRESOS 2 000 000,00 ----------------2 000 000,00 ==========

Articulo 7°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 7.1 El Titular del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas autorizada en la presente MORDAZA, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 7.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. 7.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 8°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos a que hace referencia el articulo 5° del presente Decreto de Urgencia no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 9º.- Disposiciones operativas El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, mediante Resolucion Ministerial, aprueba las disposiciones operativas para la administracion del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: "Gratitud", y para la verificacion periodica del estado de supervivencia de los beneficiarios. Las disposiciones emitidas por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social seran de observancia por parte del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres ­ JUNTOS.

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