Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2010 (28/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES
EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de agosto de 2010

POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA EL MORDAZA, EN SESION DE CONCEJO DE LA FECHA; Visto: El Informe Nº 107-2010-SGAOT/MVES/GR e Informe Nº 495-2010-OAJ/MVES de fechas 22.08.2010 y 18.08.2010 respectivamente, provenientes de la Gerencia de Rentas y la Oficina de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades, son Organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y que corresponde al Concejo Municipal las funciones normativas; Que, los Gobiernos Locales se encuentran facultadas para aprobar la Tasa de Interes Moratorio (TIM), aplicable a efectos de la actualizacion de los tributos que administran, conforme lo dispone el Art. 33º del Codigo Tributario, modificado por el Decreto Legislativo Nº 953, la misma que no podra superar la fijada por la SUNAT; Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 053-2010-SUNAT del 17.02.2010, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, vigente a la fecha, fijo en 1.2 mensual, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9º, asi como el Art. 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA: Articulo 1º.- APLIQUESE las tasas de interes moratorio establecidas por la SUNAT correspondiente a cada uno de los anos anteriores; y para el presente ano 2010 se fija la tasa que aprueba la Resolucion de Superintendencia Nº 053-2010-SUNAT, para las deudas tributarias de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA, a partir de la publicacion de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- La TIM aprobada para el presente ejercicio fiscal, se mantendra vigente, en tanto la Superintendencia de Administracion Tributaria (SUNAT), no modifique la cuantia de la Tasa de Interes Moratorio aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional de los tributos que MORDAZA administra. Modificada la TIM, se entendera aplicable la tasa aprobada por la SUNAT, para efectos de la actualizacion de los tributos que administre la Municipalidad. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Rentas en coordinacion con la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva, y la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnologia de la Informacion y Estadistica, el cumplimiento de la presente norma. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 536691-1

VISTO: en Sesion Ordinaria celebrada el 31 de MORDAZA de 2010, con el MORDAZA MAYORITARIO del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; y, CONSIDERANDO: Que, Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 9 inciso 8 compete al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1012, se aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico-Privadas para la Generacion de Empleo Productivo y dicta normas para la agilizacion de los procesos de promocion de la Inversion Privada, en el articulo 1 senala que tiene por objeto establecer los principios, procesos y atribuciones del Sector Publico para la evaluacion, implementacion y operacion de infraestructura publica o la prestacion de servicios publicos, con participacion del sector privado, asi como establecer el MORDAZA general aplicables a las iniciativas privadas, en el articulo 6 inciso 1 senala que en el caso del Gobierno Nacional, los Organismos Promotores de la Inversion Privada seran la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­PROINVERSION para los proyectos que se le asignen en funcion a su relevancia nacional y los Ministerios a traves de los Comites de Inversion que conformen y que en ambos casos, los proyectos seran asignados y/o incorporados mediante Resolucion Suprema, y en el inciso 2 senala que en el caso de las entidades publicas correspondientes a los niveles de los Gobierno Regional y Local, las facultades del Organismo Promotor de la Inversion Privada se ejercen en forma directa a traves del organo del Gobierno Regional o Local designados a tales efectos. El organo MORDAZA de estos Organismos Promotores de la Inversion Privada es el respectivo Consejo Regional o Concejo Municipal. Que, el articulo 14 senala de la MORDAZA precitada en el considerando anterior establece que las iniciativas privadas se realizan sobre proyectos de inversion en activos, empresas, proyectos, servicios, obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, las mismas que no podran demandar garantias financieras y se sujetaran a lo establecido por el acapite ii del literal a del articulo 4 del referido Decreto Legislativo. Que, el Decreto Supremo Nº 146-2008-EF que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012, en el articulo 15 contiene los requisitos para la MORDAZA de iniciativas privadas en proyectos de inversion; Que, mediante correspondencia Nº 010138 la empresa GOAL INVERSIONES S.A.C. presenta la iniciativa de inversion privada para el mejoramiento de la educacion, cultura, deportes, recreacion y desarrollo economico local en el area de espacio fisico en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo de la provincia de MORDAZA ­ Peru; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 004-2009/ MVMT designando a CEPRI-MVMT de fecha 29 de Enero de 2009, teniendo como factor dirimente la naturaleza de la iniciativa sub-materia, quien en su calidad de organo emite opinion del analisis y evaluacion para la Declaratoria de Interes por parte del Concejo Municipal. Sin embargo es accion responsable dentro del Reglamento de Organizacion y Funciones-ROF-VMT emitir opinion, al mismo que se encuentra a partir de la Opinion Tecnica Favorable emitida por la Gerencia de Desarrollo Urbano. Que, es asi, que la Gerencia de Desarrollo MORDAZA en base a las facultades otorgadas por la Resolucion de Alcaldia, debidamente solicitado por el MEMORANDO Nº 002-2010-MVMT-CEPRI, recomienda la viabilidad del proyecto de "La Iniciativa de Inversion Privada para el Mejoramiento de la Educacion, Cultura, Deportes, Recreacion y Desarrollo Economico Local en el Area de Espacio Fisico en el Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo de la Provincia de MORDAZA ­ Peru" por considerarlo de interes publico con beneficios para los vecinos u otros.; Que, mediante Informe Nº 455-2010-GAJ/MVMT, la Gerencia de Asesoria Juridica es de opinion favorable y procedente, por ser de interes publico con beneficios para

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Declaran de interes la iniciativa privada de inversion para el mejoramiento de la educacion, cultura, deportes, recreacion y desarrollo economico local en espacio fisico del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 060-2010/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 31 de MORDAZA de 2010

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