Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2010 (28/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

424607

Autorizan viaje de Presidenta del Gobierno Regional a MORDAZA para participar en el Foro de Ciudades EU-LAC de Coimbra sobre "Politicas Municipales Sobre Drogas"
ACUERDO REGIONAL Nº 145-2010-GR.LAMB./CR Chiclayo, 23 de agosto de 2010 VISTO: El Oficio Nº 460-2010-GR.LAMB-PR de fecha 10.AGO.2010 de Reg. SISGEDO Nº 01371389 de la Presidencia del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, a traves del documento del visto, la Presidencia del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA recurre al Consejo Regional solicitando la autorizacion correspondiente para la Lic. Enf. Nery E. MORDAZA de Kroll, Presidenta Regional, para viajar a la MORDAZA de Coimbra ­ MORDAZA, para participar en el Foro de Ciudades EU-LAC de Coimbra sobre "Politicas Municipales Sobre Drogas", que se realizara los dias 22 al 25 de setiembre del presente ano en la referida MORDAZA, evento que se enmarca dentro de la iniciativa EU-LAC Alianza de Ciudades en Tratamiento de Drogas, proyecto coordinado por la Comision Interamericana para el Control del Abuso de Drogas ­ CICAD, Secretaria de Seguridad Multidimensional de la Organizacion de los Estados Americanos ­ OEA y la Camara Municipal de Coimbra, con el apoyo tecnico del Instituto de Drogas y Toxicodependencias (IDT) . Portugal. Que, el Foro referido constituye un importante evento, donde ademas del desarrollo de los contenidos del foro, se ratificara la Declaracion de MORDAZA, formalizandose la creacion de la Alianza EU-LAC, Ciudades por la Reduccion de la Demanda de las Drogas. Que, conforme a la invitacion de la Comision Nacional Para el Desarrollo y MORDAZA Sin Drogas - DEVIDA, los gastos que demande la indicada comision de servicios, como son pasajes aereoa, transporte en el interior del MORDAZA, alojamiento y hospedaje seran cubiertos integramente por la CICAD-OEA, Camara Municipal de Coimbra y DEVIDA. Que, a este efecto, las fechas en que la Presidenta Regional debera efectuar la comision de servicios indicada corresponden al periodo que corre del 21 al 26 de setiembre del presente ano, el mismo que debera ser autorizado por el Consejo Regional a traves de la aprobacion de la disposicion regional respectiva. Que, de conformidad con el Articulo 13º, inciso f) del D.S. Nº 018-85-PCM, Reglamento Inicial de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, se entiende por Comision de Servicio, cuando un servidor es destinado a realizar acciones de servicio fuera de su centro de trabajo, ya sea en el MORDAZA o en extranjero; lo que es concordante con lo dispuesto por el Articulo 83º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, conforme al cual la Comision de Servicio es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones segun el nivel de MORDAZA, grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que estan directamente relacionadas con los objetivos institucionales. Que, el Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 025-2007-GR.LAMB/CR, modificado por Ordenanza Regional Nº 07-2008-GR.LAMB/CR, preve en su Articulo 9º, inciso 2., que es atribucion del Consejo Regional de MORDAZA autorizar al Presidente Regional, Vicepresidente(a) Regional, Consejero Delegado del Consejo Regional y Consejeros(as) Regionales a salir del MORDAZA en comision de servicios. Que, asimismo, conforme lo tiene dispuesto la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, en su Articulo 15º, inciso k), in fine, los

viajes al exterior de los funcionarios y servidores seran aprobados mediante Acuerdo del Consejo Regional, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano MORDAZA del inicio de la comision de servicios; Que, de conformidad con el Articulo 39° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Articulo 37°, inciso a) de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atencion a lo aprobado por mayoria por el Consejo Regional en su Sesion Extraordinaria de fecha 23.AGO.2010; SE ACUERDA: Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje en comision de servicio de la Presidenta del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA, Lic. Enf. Nery Enni MORDAZA de Kroll, a la MORDAZA de Coimbra ­ MORDAZA, por los dias 21 al 26 de setiembre del presente ano, para participar en el Foro de Ciudades EU-LAC de Coimbra sobre "Politicas Municipales Sobre Drogas". Articulo Segundo.- PRECISAR que los gastos que demande el viaje en comision de servicios de la Presidenta Regional del Gobierno Regional de MORDAZA a que se refiere el Articulo Primero de la presente disposicion regional seran financiados por los organizadores del evento internacional, con excepcion de los gastos tributarios de salida al exterior correspondientes que seran de cargo del Gobierno Regional de Lambayeque. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada Consejo Regional 536164-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Modifican el articulo 4° del D.A. N° 008 referente a la realizacion de Matrimonio Civil Comunitario
DECRETO DE ALCALDIA N° 010 Ate, 18 de agosto de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO el Decreto de Alcaldia N° 008 de fecha 11 de junio de 2010, el Informe N° 029-2010-MDA/SG-ORECHMHV de la Oficina de Registros Civiles, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, mediante Decreto de Alcaldia N° 008 de fecha 11 de junio de 2010, se autorizo la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario por el 189° Aniversario de la Creacion

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