Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2010 (10/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

430691

Registros Civiles y el Informe N° 000040-2010-GPRC/ RENIEC (02DIC2010) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de organos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de San MORDAZA, Distrito de Nauta, Provincia y Departamento de Loreto; a la cual hacen referencia los Informes del Visto, ha formalizado expediente para la regularizacion de delegacion de funciones registrales, habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, organo encargado de supervisar y controlar el MORDAZA de autorizacion de nuevas Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegacion referida, a fin de establecer la vinculacion funcional, cuya difusion debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el caracter publico del registro; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal l) del articulo 14 del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 8552010-JNAC/RENIEC (29SET2010), el Sub Jefe Nacional ejerce en forma transitoria la representacion legal del RENIEC, asi como la Jefatura Nacional, entre otros, cuando no se MORDAZA nombrado al MORDAZA titular por parte del Consejo Nacional de la Magistratura y hasta que se produzca el nombramiento correspondiente, disposicion acorde con lo establecido en el numeral 73.3 del articulo 73 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497, el Decreto Supremo N° 015-98-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 855-2010JNAC/RENIEC (29SET2010) y lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del articulo 44 de la Ley N° 26497; asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegacion, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de San MORDAZA, Distrito de Nauta, Provincia y Departamento de Loreto. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad senalada en el articulo 1, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnico Normativa de Registros Civiles, proporcionara los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de San Regis; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdiccion pertenece, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ESPINIOZA Jefe Nacional (i)

Disponen cierre del Padron Electoral a efectos del desarrollo de las Elecciones Generales de Presidente de la Republica y Vicepresidentes, Congresistas y representantes al Parlamento MORDAZA, que se llevaran a cabo el 10 de MORDAZA de 2011
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1037-2010/JNAC/RENIEC
MORDAZA, 9 de Diciembre del 2010 VISTOS: El Decreto Supremo N° 105-2010-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 05DIC2010, el Oficio N° 004947-2010/GOR/RENIEC (06DIC2010) de la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe N° 0020042010/GAJ/RENIEC (07DIC2010), de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, mediante Decreto Supremo N°105-2010-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 05DIC2010, se ha convocado a Elecciones Generales, que se llevaran a cabo el dia MORDAZA 10 de MORDAZA de 2011, para la eleccion del Presidente de la Republica y Vicepresidentes, asi como de los Congresistas de la Republica y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso d) del Articulo 7° de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y Articulo 196° de la Ley N° 26859, Ley Organica de Elecciones, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil debe elaborar sobre la base del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, el Padron Electoral a emplearse en los comicios referidos; Que, para ese efecto, el Articulo 1° de la Ley N° 27764, dispone que el Padron Electoral se cierra ciento veinte (120) dias MORDAZA de la realizacion de cualquier MORDAZA electoral, fecha a partir de la cual, no es posible efectuar variaciones de domicilio, nombre ni otro MORDAZA que altere la informacion contenida en el referido padron; Que, la presente Resolucion debe ser puesta a conocimiento de la ciudadania, a traves de la correspondiente publicacion; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal l) del Articulo 14 del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 855-2010JNAC/RENIEC (29SET2010), el Sub Jefe Nacional ejerce en forma transitoria la representacion legal del RENIEC, asi como la Jefatura Nacional, entre otros, cuando no se MORDAZA nombrado al MORDAZA titular por parte del Consejo Nacional de la Magistratura y hasta que se produzca el nombramiento correspondiente, disposicion acorde con lo establecido en el numeral 73.3 del Articulo 73° de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Ley N° 26859, Ley Organica de Elecciones, Articulo 1° de la Ley N° 27764, el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer el cierre del Padron Electoral con fecha 11 de diciembre de 2010, a efectos del desarrollo de las Elecciones Generales, que se llevaran a cabo el dia MORDAZA 10 de MORDAZA de 2011, para la eleccion del Presidente de la Republica y Vicepresidentes, asi como de los Congresistas de la Republica y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Ministerio de Relaciones Exteriores, la presente Resolucion Jefatural para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales, Registros de Identificacion e

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