Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2010 (10/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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d) Luego, se indagara a traves del sistema informatico el nombre y datos complementarios del contribuyente ganador. e) Se llamara a los ganadores y se efectuara la entrega del premio en el mismo acto. f) El Notario Publico MORDAZA fe del numero de codigo de contribuyente que salga sorteado, de la entrega del premio, a fin de que se cumpla con el protocolo que MORDAZA el sorteo. IV.2.2 SORTEO DEL PREMIO PRINCIPAL: UN AUTOMOVIL CERO KM. ENTRE LOS "CONTRIBUYENTES HABILES" a) Se procedera a ingresar en un anfora los cupones generados a los contribuyentes habiles de acuerdo a lo establecido en el numeral III.2 de las Bases, b) El cupon contendra: numero de codigo de contribuyente, nombre, DNI o documento de Identidad declarado por el contribuyente y direccion del predio declarado en Carabayllo.(En caso de ser varios predios se considerara cualquiera de ellos). c) Se procedera al respectivo movimiento del anfora, para luego extraer el cupon ganador, este MORDAZA sera en todo momento publico y mostrado a los concurrentes, paso por paso. d) Luego se indagara a traves del sistema informatico el nombre y datos complementarios del contribuyente ganador. e) Se llamara al ganador y se efectuara la entrega simbolica del premio en el mismo acto. f) El Notario Publico MORDAZA fe del numero de codigo del contribuyente que salga sorteado, de la entrega del premio a fin de que se cumpla con el protocolo que MORDAZA el sorteo. g) En caso de no estar presente el contribuyente ganador la Municipalidad procedera a notificarlo y a programar la entrega del premio de un acto publico posterior. V.- DE LOS GANADORES Y ENTREGA DE PREMIOS Los que resulten ganadores, en caso de ser personas naturales, deben de acreditar su identidad mediante Documento Nacional de Identidad. Para las personas juridicas, poder debidamente inscrito en los Registros Publicos y MORDAZA del RUC. La entrega es personal, previa verificacion del codigo de contribuyentes, pudiendo ser esta realizada durante el sorteo, de encontrarse presente el ganador, contando con la conformidad del Notario y del representante del Ministerio del Interior. De no encontrarse presente el ganador, la entrega se notificara en el domicilio fiscal del contribuyente cuyo codigo corresponda al numero ganador. Los asi notificados deberan presentarse personalmente ante la Gerencia de Rentas de lunes a viernes en horario de oficina, la cual gestionara el retiro del almacen del premio a entregar, mediante la firma del acta correspondiente con la suscripcion y asentamiento de huella digital del indice derecho del favorecido y suscripcion de guia de entrega de premio con la MORDAZA de los documentos que lo acrediten. La entrega del premio principal se realizara en acto publico con la presencia del Notario Publico. Los premios secundarios deberan ser entregados el mismo dia del sorteo ante la presencia del Notario Publico. VI.- CASOS ESPECIALES EN LA ENTREGA DEL PREMIO En caso que el contribuyente, cuyo codigo corresponda al numero ganador, hubiere fallecido, podran solicitar la entrega del premio, quienes acrediten ser herederos mediante sucesion intestada debidamente inscrita Adicionalmente en estos casos, previo a la entrega del premio, los herederos con anterioridad al sorteo deberan haber regularizado la condicion de propiedad y situacion tributaria, mediante el procedimiento correspondiente ante la Subgerencia de Administracion Tributaria y Recaudacion. En caso de que el ganador se encontrase impedido de asistir personalmente a recoger el premio obtenido, podra efectuarlo a traves de un tercero con poder suficiente (notarial), la persona autorizada se apersonara portando el poder original y su Documento Nacional de Identidad. Cualquier circunstancia no contemplada en estas Bases, sera resuelta por la Gerencia Municipal, sin que su decision sea objeto de queja o impugnacion.

VII.- PLAZO PARA RECOGER EL PREMIO Los ganadores del sorteo podran recoger el premio principal solo dentro de los plazos que regula el Decreto Supremo N° 006-2000-IN referente a Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales (90 dias calendario contados a partir del dia siguiente del sorteo). VIII.-DESTINO DEL PREMIO NO RECOGIDO En caso que el ganador debidamente notificado, no MORDAZA reclamado y/o recogido el premio dentro del plazo legal, debera ser puesto a disposicion de la Direccion General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior concordante con el numeral 6 del Articulo 84° de la Ley N° 28036. IX.-PUBLICACION DE GANADOR DEL SORTEO La publicacion de los contribuyentes ganadores de los premios sorteados, se MORDAZA el dia habil siguiente del evento, a traves de los siguientes medios: - Publicacion en las sedes de la Municipalidad de Carabayllo - Publicacion en la Pagina Web de la Municipalidad de Carabayllo - Publicacion en un diario de circulacion nacional. X.- NO PARTICIPAN DEL SORTEO No podran participar del sorteo, el MORDAZA, los regidores y los funcionarios de la Municipalidad en cualquiera de sus modalidades, ni los contribuyentes que ya hayan ganado como premio UN AUTOMOVIL en algun sorteo anterior efectuado por la Municipalidad de Carabayllo.

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Prorrogan plazo de beneficios tributarios a que se refieren la Ordenanza N° 188MDC y el D.A. N° 006-2010-A/MDC
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016-2010- A/MDC
Carabayllo, 30 de Noviembre del 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 188-/MDC del 29 de Enero del 2010, se aprobo entre otros, el Calendario Tributario, Exoneraciones, condonaciones, fraccionamientos y otros beneficios Tributarios, con el proposito de reducir el grado de morosidad de los contribuyentes de Carabayllo a niveles razonables, asi como para estimular el pago de los tributos del presente periodo de los contribuyentes del Distrito de Carabayllo, afectos al Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo; Que, con Informe N° 134-2010-MDC/GR, la Gerencia de Rentas solicita a la Alta Direccion prorrogar los alcances de los beneficios Tributarios aprobados por Ordenanza 188MDC hasta el 31 de Diciembre del presente ano con el fin de dar mayor impulso a los resultados tributarios, siendo politica de la actual gestion otorgar facilidades a los contribuyentes del Distrito, a fin de que puedan cumplir con sus obligaciones ante la Administracion Tributaria Municipal; Estando a lo expuesto, con las visaciones de la Gerencia de Asesoria Juridica y de la Gerencia Municipal; y, de conformidad con las atribuciones conferidas en el numeral 6 del Articulo 20° y a lo normado por el Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR los Beneficios Tributarios a que se refiere la Ordenanza Municipal N° 188-MDC y el Decreto de Alcaldia N° 006-2010-A/MDC, hasta el 31 de Diciembre del 2010, de acuerdo con los considerandos expuestos en este Decreto. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Rentas, a la Gerencia de Administracion y Finanzas, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Subgerencia de Informatica y a la Subgerencia de Imagen Institucional, la responsabilidad del cumplimiento del presente Decreto.

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