Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2010 (19/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

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Ejecutiva Nº 176, publicada en la edicion del 16 de marzo de 2010. En el ultimo parrafo de la parte considerativa.DICE: "En uso de las facultades previstas por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y sus normas modificatorias, el Manual de Organizacion y Funciones del MIMDES, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 452-2005-MIMDES y en la Resolucion Ministerial Nº 5272008-MIMDES;" DEBE DECIR: "En uso de las facultades previstas por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y sus normas modificatorias, el Manual de Organizacion y Funciones del MIMDES, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 452-2005-MIMDES y en la Resolucion Ministerial Nº 2682009-MIMDES;" 470664-1

Interamericana de Derechos Humanos, durante el periodo del 19 al 24 de marzo de 2010. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos por la Unidad Ejecutora 001 Administracion Central del Pliego 011 ­ Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasaje Aereo : US$ - Viaticos : US$ - Tarifa por uso de Aeropuerto : US$ 2000.00 1320.00 31.00

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria debera presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derecho aduanero cualquiera fuera su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese.

SALUD
Autorizan viaje de funcionaria a EE.UU. para participar en reunion de trabajo y audiencias publicas en el MORDAZA del 138º Periodo de Sesiones de la Comision Interamericana de Derechos Humanos
RESOLUCION SUPREMA Nº 005-2010-SA MORDAZA, 18 de marzo del 2010 CONSIDERANDO: Que en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, se llevara a cabo una (01) Reunion de Trabajo y cuatro (4) Audiencias Publicas, dentro del MORDAZA de la realizacion del 138º Periodo de Sesiones de la Comision Interamericana de Derechos Humanos, durante el periodo del 16 al 26 de marzo de 2010; Que con Oficio Nº 100-2010-JUS/CDJE/ST del 25 de febrero de 2010, el senor Ministro de Justicia informa al senor Ministro de Salud sobre la convocatoria al Estado Peruano de la Comision Interamericana de Derechos Humanos al 138º periodo de sesiones y la designacion del representante del sector Salud para la mencionada Reunion de Trabajo y Audiencias Publicas, a desarrollarse durante el periodo del 19 al 23 de marzo de 2010; Que se ha considerado conveniente designar a la abogada MORDAZA Miroslava MORDAZA MORDAZA, Asesora II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial del Ministerio de Salud, para que participe en representacion del Estado Peruano en las mencionadas actividades, teniendo en cuenta los tiempos de desplazamientos; y, asimismo, que los gastos de pasajes aereos, viaticos y el impuesto de salida al exterior seran asumidos con cargo al presupuesto del Ministerio de Salud; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2010, la Ley Nº 27619, que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la abogada MORDAZA Miroslava MORDAZA MORDAZA, Asesora II, Nivel F-5 del Despacho Viceministerial del Ministerio de Salud, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, para que participe en una (01) Reunion de Trabajo y dos (2) Audiencias Publicas, dentro del MORDAZA de la realizacion del 138º Periodo de Sesiones de la Comision

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 470677-4

Autorizan viaje de profesionales de la salud y brigadistas del Ministerio para realizar acciones de asistencia humanitaria en la Republica de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 006-2010-SA MORDAZA, 18 de marzo del 2010 CONSIDERANDO: Que, el dia 27 de febrero de 2010 se produjo un sismo de intensidad 8.8 MORDAZA en la escala de Richter en territorio de la Republica de MORDAZA, ocasionando numerosas muertes, MORDAZA de heridos y damnificados, asi como la saturacion de sus servicios de salud, cuya grave situacion hace necesario el apoyo del Estado Peruano, mediante acciones de asistencia humanitaria en el MORDAZA de los compromisos asumidos como parte de la Organizacion de las Naciones Unidas; Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 0022010-SA y 004-2010-SA se autorizo del 2 al 11 y del 11 al 20 de marzo de 2010, respectivamente, el viaje de profesionales de la salud y brigadistas del Ministerio de Salud a la Republica de MORDAZA para que participen en las acciones de asistencia humanitaria; Que, la grave situacion de los acontecimientos, que tambien afectan a ciudadanos peruanos residentes en la Republica de MORDAZA, hace necesario se autorice nuevamente el viaje de profesionales de la salud y brigadistas del Ministerio de Salud, conformando la Brigada Medica Peruana, para que continuen realizando las acciones de asistencia humanitaria en la Republica de MORDAZA, cuyos gastos de pasajes y viaticos seran financiados por el Pliego 011 ­ Ministerio de Salud; Que, de igual manera, resulta necesario asumir los costos de los servicios aereos de regreso, de los profesionales de la salud y brigadistas que realizaron acciones de asistencia humanitaria en la Republica de MORDAZA en el MORDAZA de la autorizacion otorgada por la Resolucion Suprema N° 004-2010-SA; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2010, la Ley Nº 27619, que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y,

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