Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2010 (06/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

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de pena privativa de libertad; la que vencera el 08 de diciembre de 2010. Articulo Segundo.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 564231-6

1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Procurador Publico Especializado en cobro de reparaciones civiles provenientes de sentencias condenatorias por los delitos de terrorismo tipificados en el Decreto Ley Nº 25475 y en el Titulo XIV del Codigo Penal relacionados con dicho delito, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Disponer que el Procurador Publico Especializado en el cobro de la reparacion civil proveniente de sentencias condenatorias por los delitos de corrupcion tipificados en el Titulo XVII, Capitulo II, Secciones II, III y IV, en los articulos 317º, 404º y 405º del Codigo Penal, asuma los casos de cobro de reparaciones civiles provenientes de sentencias condenatorias por los delitos de terrorismo tipificados en el Decreto Ley Nº 25475 y en el Titulo XIV del Codigo Penal relacionados con dicho delito. Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto en el articulo anterior, se establece que el senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es el Procurador Publico Especializado en el cobro de la reparacion civil proveniente de sentencias condenatorias por los delitos de corrupcion, tipificados en el Titulo XVII, Capitulo II, Secciones II, III y IV, en los articulos 317º, 404º y 405º del Codigo Penal; y, por los delitos de terrorismo tipificados en el Decreto Ley Nº 25475 y en el Titulo XIV del Codigo Penal relacionados con dicho delito. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 564231-7

Aceptan renuncia y disponen que procurador publico especializado asuma casos de cobro de reparaciones civiles provenientes de sentencias condenatorias por delitos de terrorismo tipificados en el D.L. Nº 25475 y en el Titulo XIV del Codigo Penal relacionados con dicho delito
RESOLUCION SUPREMA Nº 208-2010-JUS MORDAZA, 5 de noviembre de 2010 VISTA, el Acta de Sesion de Consejo de Defensa Juridica, de fecha 29 de setiembre de 2010; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa juridica del Estado en el ambito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, organos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 165-2010JUS, de fecha 23 de agosto de 2010, se designo al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico Especializado en cobro de reparaciones civiles provenientes de sentencias condenatorias por los delitos de terrorismo tipificados en el Decreto Ley Nº 25475 y en el Titulo XIV del Codigo Penal relacionados con dicho delito; Que, conforme al Oficio Nº 2014-2010-JUS/CDJEST, el mencionado abogado presento su renuncia irrevocable como Procurador Publico Especializado en cobro de reparaciones civiles provenientes de sentencias condenatorias por los delitos de terrorismo tipificados en el Decreto Ley Nº 25475 y en el Titulo XIV del Codigo Penal relacionados con dicho delito, ante la Ministra de Estado en el Despacho de Justicia; Que, el 29 de setiembre de 2010 sesiono el Consejo de Defensa Juridica del Estado, habiendo acordado proponer la aceptacion de la renuncia del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Procurador Publico Especializado en el cobro de reparaciones civiles provenientes de sentencias condenatorias por los delitos de terrorismo tipificados en el Decreto Ley Nº 25475 y en el Titulo XIV del Codigo Penal relacionados con dicho delito; Que, en ese mismo acto el Consejo de Defensa Juridica del Estado acordo proponer que el senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico Especializado en el cobro de la reparacion civil proveniente de sentencias condenatorias por los delitos de corrupcion tipificados en el Titulo XVII, Capitulo II, Secciones II, III y IV, en los articulos 317º, 404º y 405º del Codigo Penal; asuma los casos de cobro de reparaciones civiles provenientes de sentencias condenatorias por los delitos de terrorismo tipificados en el Decreto Ley Nº 25475 y en el Titulo XIV del Codigo Penal relacionados con dicho delito. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru; el Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia, el Decreto Legislativo Nº

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Designan representante del Ministerio ante el Comite Directivo Intersectorial del Proyecto Especial de Desarrollo de Capacidades de la Familia Rural denominado "Mi Chacra Productiva", quien lo presidira
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 764-2010-MIMDES MORDAZA, 05 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo 004-2009MIMDES, se creo el Proyecto Especial de Desarrollo de Capacidades de la Familia Rural, denominado "Mi Chacra Productiva", el cual tiene como proposito implantar diez (10) tecnologias validadas, a fin de potenciar las capacidades productivas de las familias rurales en extrema pobreza, que contribuyen a superar su situacion de inseguridad alimentaria, a incrementar sus ingresos y a su inclusion progresiva al mercado; Que, en aplicacion de lo dispuesto en el articulo 5 del aludido Decreto Supremo, por Resolucion Ministerial 449-2009-PCM se constituyo el Comite Directivo Intersectorial del Proyecto Especial de Desarrollo de Capacidades de la Familia Rural, denominado "Mi Chacra

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