Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2010 (06/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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4.5. LINEAMIENTO 5.

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de noviembre de 2010

4.5.1. Promover la incorporacion gradual al Sistema de Fortalecimiento de Capacidades para el subsector Saneamiento de los diferentes actores vinculados al tratamiento para el reuso de aguas residuales domesticas y municipales. 4.5.2. Capacitar a los distintos actores vinculados al subsector Saneamiento para facilitar y garantizar el acceso a la informacion publica disponible en relacion al tratamiento para el reuso de las aguas residuales domesticas y municipales en el riego de areas verdes urbanas y periurbanas. 4.5.3. Disenar estrategias diferenciadas por MORDAZA de actor (Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Prestadores de Servicios de Saneamiento, usuarios y otros), para atender sus demandas y necesidades especificas de capacitacion en el tratamiento para el reuso de las aguas residuales domesticas y municipales en el riego de areas verdes urbanas y periurbanas. 4.5.4. Proponer la incorporacion de la tematica sobre el tratamiento para el reuso de las aguas residuales municipales y domesticas en la curricula del Ministerio de Educacion. 5. MEDIDAS PARA LA IMPLEMENTACION 5.1. COMITE MULTISECTORIAL Conformado por representantes del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la Autoridad Nacional del Agua-ANA, Ministerio de Salud, Ministerio del Ambiente y la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-SUNASS. El Comite Multisectorial podra convocar para asesoria u opinion en temas de su competencia a instituciones representantes del gobierno nacional, regional y local, asi como a Prestadores de Servicios de Saneamiento, Sociedad Civil, Universidades y usuarios de las aguas residuales domesticas y municipales tratadas. 5.1.1. Objetivo del Comite Multisectorial: Planificacion y monitoreo de la implementacion de los Lineamientos de Politica MORDAZA descritos. 5.1.2. Coordinacion del Comite Multisectorial: A cargo de la Oficina del Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Responsable de elaborar en coordinacion con las instituciones involucradas el Plan de Implementacion de los Lineamientos de Politica, que sera presentado para la aprobacion del Comite Multisectorial. 5.2. PROYECTO PILOTO El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento en coordinacion con la Asociacion Nacional de Empresas Prestadoras de Servicios-ANEPSSA, planificara, programara y coordinara la ejecucion de uno o mas Proyectos Piloto, que incorporen las propuestas tecniconormativas que disponen los Lineamientos de Politica establecidos. Octubre, 2010 563983-1

Autorizan incorporacion de mayores fondos publicos en el Presupuesto Intitucional del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para el Ano Fiscal 2010, para la ejecucion de proyectos de saneamiento en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 177-2010-VIVIENDA MORDAZA, 5 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo senalado en el numeral 2.1 del articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 089-2009, los

recursos del "Fondo para la Reconstruccion - Sismo 15 de agosto de 2007" creado por el articulo 3° del Decreto de Urgencia N° 026-2007 son incorporados en los pliegos presupuestarios que realicen las actividades, proyectos y programas priorizados por el Directorio de FORSUR o quien haga sus veces, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, para cuyo efecto FORSUR comunica, mediante resolucion de su mas alta autoridad, al Ministerio de Economia y Finanzas para que a traves de la Direccion Nacional de Tesoro Publico, efectue directamente la asignacion financiera correspondiente, con cargo a los citados recursos, a favor de la entidad publica beneficiaria a traves de la unidad ejecutora o Gobierno Local respectivo y por el monto que determine FORSUR conforme al Acuerdo de su Directorio o de quien haga sus veces. Cada asignacion financiera sera publicada en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas Que, asimismo, el citado numeral senala que los pliegos presupuestarios que reciben asignaciones financieras, incorporan dichos recursos en sus presupuestos mediante Resolucion de su Titular y conforme a lo dispuesto por el articulo 42° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, siendo que las referidas resoluciones se publican en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA institucional de las entidades publicas beneficiarias; Que, el numeral 2.2 del articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 089-2009, dispone que "Cuando la actividad, proyecto o programa este a cargo de una empresa publica de saneamiento o por el Banco de Materiales, la asignacion financiera con cargo a los recursos senalados en el numeral precedente, se efectua directamente a favor del pliego Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para que a su vez dicho ministerio transfiera financieramente los recursos conforme a lo establecido en el articulo 3° del Decreto de Urgencia N° 046-2009 y por resolucion de su Titular que se publica en el Diario Oficial El Peruano"; Que, mediante los Oficios N° 1452-2010/FORSUR-CG y N° 1483-2010/FORSUR-CG, el Coordinador General del FORSUR informa que en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 089-2009, la Direccion Nacional de Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, ha realizado la asignacion financiera a favor del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ­ MVCS, por un monto de S/. 11 144 771,55, para ser destinados al financiamiento para la ejecucion y supervision de tres (03) proyectos de saneamiento ubicados en la provincia de MORDAZA del Departamento de Ica, conforme se detalla en el Anexo de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 090-2010-FORSUR/PE, cuya Unidad Ejecutora es la EPS EMAPISCO S.A.; Que, con Memorandum N° 1227-2010/VIVIENDA/ VMCS/PAPT/1.0, la Direccion Ejecutiva del Programa Agua Para Todos ­ PAPT, solicita la incorporacion de los recursos transferidos por el FORSUR con cargo a los recursos del "Fondo para la Reconstruccion ­ Sismo 15 de agosto de 2007", para lo cual adjunta el Informe Nº 044-2010/VIVIENDA/VMCS/ PAPT/2.0 de la Unidad de Administracion del PAPT en el cual se senala que el Programa en mencion, cuenta con una asignacion financiera por el importe de S/. 11 144 771,55, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, para ser destinados al financiamiento para la ejecucion y supervision tres (03) proyectos de saneamiento a que se refiere el considerando precedente; Que, mediante el Memorandum Nº 2119-2010/ VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 089-2009, emite opinion favorable respecto de la incorporacion de mayores fondos publicos solicitada por la Direccion Ejecutiva del PAPT; Que, el numeral 42.1 del articulo 42° de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las incorporaciones de mayores fondos publicos que se generen como consecuencia de la percepcion de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolucion del Titular de la Entidad cuando provienen, entre otros, de MORDAZA de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Credito que se produzcan durante el ano fiscal; Que, el acapite ii) del numeral 2.1 del articulo 2° del Anexo N° 1: Ejecucion del Presupuesto de los Pliegos del

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