Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2011 (11/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, lunes 11 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

440783

EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Ica (CMAC Ica) para que se le autorice la conversion de su Oficina Especial ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica, en Agencia; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentacion correspondiente para la conversion solicitada; Que, mediante Resolucion SBS Nº 9337-2008 de fecha 26 de setiembre de 2008 se autorizo el funcionamiento de la citada Oficina en la modalidad de Oficina Especial; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26702 ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, el Reglamento de apertura, conversion, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automaticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Ica (CMAC Ica) la conversion de su Oficina Especial ubicada en la Avenida Comercio s/n, distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica, en Agencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Microfinanzas 625440-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen beneficio de regularizacion de edificaciones sin licencia de edificacion y habilitaciones urbanas en el distrito
ORDENANZA Nº 118-MDSL San MORDAZA, 25 de marzo de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 002-2011-CDUV-SR-MDSL de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Vialidad, sobre el Proyecto de Ordenanza de "Regularizacion de Licencias de Edificacion y Habilitaciones Urbanas en el distrito de San Luis"; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 establece que los gobiernos locales representan

al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que el articulo 79º del mismo cuerpo legal otorga funciones exclusivas a las Municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, dentro de las cuales se encuentran el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de habilitaciones urbanas, construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica, entre otros; Que, es proposito de este gobierno municipal facilitar el acceso a la formalidad de grupos humanos que han realizado edificaciones sin contar con las autorizaciones legales correspondientes; Que, es politica de la actual gestion municipal alentar el desarrollo economico y social del vecindario reconociendo el importante esfuerzo economico que su poblacion ha efectuado en la construccion de sus viviendas, situacion que hace necesario establecer un MORDAZA MORDAZA de regularizacion de edificaciones y Habilitaciones Urbanas en el distrito; Que, a la fecha y conforme lo dispuesto en la Ley 29090 y su modificatoria Ley Nº 29476, el plazo establecido para iniciar el procedimiento de regularizacion de edificaciones ha vencido, situacion que ha generado que no exista una solucion tecnico legal actual al problema de las construcciones realizadas sin licencia de edificacion que cumplen con los parametros normativos vigentes y puedan ser mantenidas en el tiempo; Que, actualmente existe un gran numero de vecinos del distrito que, por diversas razones han construido sin Licencia de Edificacion Municipal y la Habilitacion MORDAZA correspondiente, los cuales se encuentran en la situacion de no poder regularizar el estado del predio, con el riesgo de disponerse la demolicion de lo ejecutado, estando a que la Ley 29090 y su modificatoria Ley Nº 29476 no ha establecido solucion alguna a este problema; Que, por lo expuesto en los considerandos anteriores, es necesario dictar una MORDAZA de caracter temporal que otorgue la posibilidad de regularizar las construcciones realizadas despues del plazo establecido en la Ley 29090 y su modificatoria Ley Nº 29476, que permita dar solucion en gran parte al problema existente y en forma progresiva erradicar la practica de las construcciones de edificaciones sin licencia en el distrito de San Luis; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido por los articulos 9º numeral 8) 39) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, por Unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE REGULARIZACION DE EDIFICACIONES SIN LICENCIA DE EDIFICACION Y HABILITACIONES URBANAS EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo Primero.- OBJETO.- Establecer un periodo extraordinario de regularizacion de edificaciones y Habilitaciones Urbanas en el distrito de San MORDAZA, a fin de que se pueda formalizar las construcciones realizadas sin Licencia de Edificacion, ejecutadas MORDAZA de la publicacion de la presente ordenanza, cumpliendo con los requisitos que se mencionan en este mismo dispositivo legal. Articulo Segundo.ALCANCE DE LA REGULARIZACION.- Los propietarios de construcciones que hayan sido efectuadas sin Licencia de Edificacion y/o Habilitaciones Urbanas, podran sanear su situacion durante la vigencia de la presente MORDAZA, iniciando el procedimiento de Regularizacion de Edificaciones y Habilitacion, MORDAZA cumpliendo los siguientes requisitos: 2.1 REGULARIZACION HABILITACION MORDAZA a) FUHU y anexo G por cuadriplicado debidamente suscrito. b) Declaracion Jurada de habilitacion de los profesionales que suscriben la documentacion tecnica (planos, memorias etc.). c) Declaracion Jurada que indique su calidad de propietario del bien inmueble. d) Certificado de Zonificacion y Vias expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima.

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