Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2011 (14/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de enero de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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efectuar a los propietarios privados el pago por concepto de compensacion e indemnizacion por danos y perjuicios en razon de la servidumbre; Que, asimismo, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del articulo 109° de la Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados a utilizar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones; Que, la peticion se encuentra amparada por el articulo 110° y siguientes del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 241-2010-DGE-DCE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Electro Sur Este S.A.A., la servidumbre de electroducto para las Lineas Primarias de 22,9 kV Sector Electrico Andahuaylas II, ubicadas en los distritos de Andahuaylas, Talavera, MORDAZA, Huancaray, San MORDAZA de Cachi y MORDAZA, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, y en los distritos de Chilcayoc, Chalcos y MORDAZA, provincia de Sucre, departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. Inicio y llegada de la linea electrica Nivel de tension ( kV ) 22,9 N° de ternas Longitud (km) Ancho de la faja (m) 11

Que mediante Resolucion Ministerial Nº 269-2010/ MINSA del 08 de MORDAZA de 2010, se designo a la licenciada en enfermeria MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo II, Nivel F-4, de la Oficina General de Cooperacion Internacional; Que de acuerdo al Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Salud aprobado mediante Resolucion Suprema N° 013-2010-SA del 12 de agosto de 2010, reordenado mediante Resolucion Ministerial N° 7082010/MINSA, del 13 de setiembre de 2010, al cargo MORDAZA senalado le corresponde el de Ejecutiva Adjunta I, Nivel F4, de la Oficina General de Cooperacion Internacional del Ministerio de Salud; Que con carta de fecha 27 de diciembre de 2010, la licenciada en enfermeria MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha formulado renuncia al cargo para el cual fuera designada; Que resulta necesario aceptar la renuncia presentada por la citada profesional y designar a la profesional propuesta; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2011; en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, en su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia de la licenciada en enfermeria MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Ejecutiva Adjunta I, Nivel F-4, de la Oficina General de Cooperacion Internacional, dandosele las MORDAZA por servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Ejecutiva Adjunta I, Nivel F-4, de la Oficina General de Cooperacion Internacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

21211910 Sector Electrico Andahuaylas II: - Derivaciones

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156,63

Articulo 2°.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3°.- Electro Sur Este S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4°.- Electro Sur Este S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La servidumbre impuesta mediante la presente Resolucion no perjudica los acuerdos estipulados entre las partes. Articulo 6°.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

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Aprueban Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001 Administracion Central del Pliego 011 - Ministerio de Salud para el Ejercicio Fiscal 2011
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 036-2011/MINSA
MORDAZA, 13 de enero del 2011 VISTOS, el Expediente Nº 11-001757-001 y el Informe Nº 024-2011-OGAJ/MINSA y;

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SALUD
Designan Ejecutiva Adjunta I de la Oficina General de Cooperacion Internacional
RESOLUCION MINISTERIAL N° 034-2011/MINSA
MORDAZA, 13 de enero del 2011 Visto el expediente Nº 10-108625-001 que contiene la Nota Informativa Nº 488-2010-OGCI/MINSA del Director General (e) de la Oficina General de Cooperacion Internacional; y,

CONSIDERANDO: Que, el articulo 8º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, establece que las Entidades del Sector Publico deben elaborar un Plan Anual de Contrataciones que prevea el MORDAZA de bienes, servicios y obras que se requieran durante el ejercicio presupuestal, asi como, el monto del presupuesto requerido para su contratacion o adquisicion, plan que debe ser aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad; Que, el articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, precisa que el Plan Anual de Contrataciones del Estado debe contener por lo menos, el objeto y el valor estimado de la contratacion o adquisicion, la descripcion de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar, el MORDAZA de MORDAZA de seleccion, la fuente de financiamiento, el MORDAZA de moneda, los niveles de

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