Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2011 (14/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de enero de 2011

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO MORDAZA
Disponen mantener la vigencia de la Ordenanza Nº 015-2008/MDCA que aprobo la Tasa de Estacionamiento Vehicular en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2010/MDCA
Cerro MORDAZA, 28 de octubre del 2010 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO MORDAZA POR CUANTO: VISTO; en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha veintisiete de Octubre del 2010, el Proyecto de Ordenanza que dispone que se extienda la Vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 020-2009/MDCA, que Establecio la Tasa de Estacionamiento Vehicular en las playas del distrito de Cerro MORDAZA, para el ejercicio 2011; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Lit. d) del Art. 68° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF; las Municipalidades se encuentran facultadas para imponer las tasas por estacionamiento de vehiculos; Que, mediante Ordenanza N° 015-2008-MDCA, de 24 de Octubre de 2008, ratificada mediante Acuerdo de Concejo N° 090-2008-MPC, del 04 de Diciembre de 2008, de la Municipalidad Provincial de Canete, se establecio en la jurisdiccion del Distrito de Cerro MORDAZA, el tributo denominado tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal por la prestacion efectiva del servicio de estacionamiento que brindara la Municipalidad en zonas de Parqueo determinadas y habilitadas para dicho fin;

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 020-2009MDCA, de 26 de Noviembre del 2009 se Prorroga la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 015-2008-MDCA, para el ejercicio 2010; Que, la Gerencia de Administracion Tributaria, mediante Informe Nº 195/MDCA/GAT de fecha 26 de Octubre 2010, opina en el sentido que para el ejercicio 2011 debe mantenerse la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 0152008-MDCA, en vista que subsisten las mismas condiciones para la prestacion del servicio; De conformidad con los articulos 9º, 20º y 40º de la Ley Nº 27972- Organica de Municipalidades, el D.S. Nº 13599-EF-TUO del Codigo Tributario, Dec. Leg. Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, el Concejo por unanimidad y con dispensa del tramite de la aprobacion del acta, aprobo la siguiente; ORDENANZA QUE MANTIENE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 015-2008/MDCA, QUE APROBO LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR EN EL DISTRITO Articulo Primero.- MANTENER durante el ano 2011, la vigencia de la Ordenanza Nº 015-2008-MDCA, prorrogada mediante Ordenanza Municipal Nº 020-2009/MDCA, que establecio el tributo denominado Tasa por Estacionamiento Vehicular temporal por la prestacion efectiva del servicio de estacionamiento en las zonas de parqueo especificadas en dicha Ordenanza. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Servicios Generales el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza y a la oficina de Imagen institucional, su difusion. Articulo Tercero.- Facultar a la senora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldia reglamente y dicte medidas complementarias para dar cumplimiento a los alcances de la presente ordenanza , asi como para la prorroga de la misma. Articulo Cuarto.- Remitir la presente Ordenanza a la Municipalidad Provincial de Canete para los fines de Ley. Registrarse, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA RASPA MORDAZA DE PAIN Alcaldesa

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PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

Proyecto de Resolucion que aprueba el calculo del Saldo Final de Compensacion por Cargo por Reserva de Capacidad y la Compensacion resultante a favor de los Usuarios
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 007-2011-OS/CD
MORDAZA, 13 de enero de de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 1822010-OS/CD, publicada el 02 de MORDAZA de 2010, se dispuso el inicio de un MORDAZA de regulacion con la finalidad de determinar un cargo unitario a ser aplicable a los Usuarios o una compensacion a favor de los Usuarios, dependiendo si el Saldo de la Compensacion por Cargo por Reserva de Capacidad (CRC), resultaba un Credito o un Debito; Que, dentro de la etapa j) del Cronograma aprobado mediante el Articulo 4º de la Resolucion OSINERGMIN N° 182-2010-OS/CD, se publicaron las Resoluciones OSINERGMIN Nº 247-2010-OS/CD, Nº 248-2010-OS/CD, Nº 249-2010-OS/CD y Nº 250-2010-OS/CD, que resolvieron los recursos de reconsideracion interpuestos por el Comite de Operacion Economica del Sistema (COES), y las empresas Enersur S.A., Edegel S.A.A. y Kallpa Generacion S.A. respectivamente, contra la Resolucion OSINERGMIN Nº 217-2010-OS/CD, mediante la cual, se aprobo el valor del Saldo de la Compensacion por Cargo por Reserva de Capacidad; Que, como consecuencia de lo resuelto en las resoluciones indicadas en el considerando que antecede, con fecha 30 de octubre de 2010, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano, la Resolucion OSINERGMIN Nº 251-2010-OS/CD (en adelante "Resolucion 251"), mediante la cual, se dispuso que el COES, efectue el calculo del Saldo final por Compensacion por CRC, con la MORDAZA informacion disponible, tomando en consideracion los criterios establecidos por OSINERGMIN, para que, luego

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