Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2011 (14/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de enero de 2011

General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, esta Superintendencia dispone la actualizacion de los capitales minimos de las empresas corredoras de seguros y auxiliares de seguros para el ano 2011, de conformidad con lo dispuesto por la Resolucion SBS Nº 816-2004, disponiendose su publicacion en virtud de lo senalado en el Decreto Supremo N° 0012009-JUS. En tal sentido, se indica a continuacion la informacion referida en el parrafo anterior:
ACTUALIZACION DEL CAPITAL SOCIAL MINIMO DE LAS EMPRESAS CORREDORAS DE SEGUROS Y AUXILIARES DE SEGUROS CORRESPONDIENTE AL ANO 2011 (EN NUEVOS SOLES) 1. Empresas Corredoras de Seguros1 2. Empresas Auxiliares de Seguros 1 2.1. Ajustadores de Siniestros 2.2. Peritos de Seguros 18 000,00 18 000,00 18 000,00

atribuciones, previa revision y estudio, emitio el informe tecnico legal Nº 004-181-00000266, opinando que procede la ratificacion solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas Ordenanzas y las Directivas Nos. 001-006-00000001 y 001-006-00000005 del SAT. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision de Asuntos Economicos y de Organizacion en el Dictamen Nº 3462010-MML/CMAEO, por sus fundamentos: ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 2172010-ML, precisada por el Decreto de Alcaldia Nº 0092010-ALC/ML que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de zonas de playa del Distrito de Lurin, correspondiente a la temporada de MORDAZA 2011, dado que cumple con los requisitos establecidos en el MORDAZA legal vigente para su aprobacion y vigencia. En dicho caso la prestacion del servicio se efectuara en la forma siguiente: 1.- En las Playas San MORDAZA y MORDAZA, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero al 29 de MORDAZA del 2011 y del 11 al 31 de diciembre del 2011. Articulo Segundo.- En lo que se refiere al horario de prestacion del servicio, el articulo 08 de la Ordenanza Nº 2172010-ML, precisada por el Decreto de Alcaldia Nº 009-2010ALC/ML establece que la tasa sera exigible de lunes a MORDAZA dentro del horario de 09:00. a las 17.00 horas, en las zonas mencionadas. Articulo Tercero.- El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion, asi como del texto de la Ordenanza Nº 217-2010-ML, precisada por el Decreto de Alcaldia Nº 009-2010-ALC/ML. Por otro lado, la aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la citada Municipalidad, la cual tiene caracter de declaracion jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Registrese, comuniquese y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia

1 Capital social = 5 UIT, actualizacion sobre la base de la UIT para el ano 2011: S/. 3 600,00

Atentamente, MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanza Nº 2172010-ML que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de zonas de playas del distrito de Lurin
ACUERDO DE CONCEJO Nº 538
MORDAZA, 28 de diciembre de 2010 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28 de diciembre de 2010 el Oficio Nº 001-090-00005987 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria-SAT (en adelante el SAT), adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 217-2010-ML, precisada por el Decreto de Alcaldia Nº 009-2010-ALC/ML, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de las playas en el Distrito de Lurin correspondiente a la temporada de MORDAZA 2011, asi como en el mes de diciembre 2011; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicacion de lo normado por las Ordenanzas Nos. 607, 727 y 739 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicadas el 24 de marzo, 18 de noviembre y 26 de diciembre del 2004, respectivamente, la Municipalidad Distrital de Lurin aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al SAT con caracter de declaracion jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el SAT en uso de sus competencias y

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MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Designan funcionario responsable de entregar informacion que demanden los ciudadanos en virtud de la Ley Nº 27806
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 018-2011-MDB/ALC
Barranco, 4 de enero del 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO; CONSIDERANDO: Que, la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Nº 27806, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del estado y regular el derecho fundamental de acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, en el articulo 3º de la citada ley se establece que las entidades publicas designaran un funcionario responsable de entregar la informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad;

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