Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2011 (14/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, asimismo, de acuerdo al articulo 8º de la misma ley, las entidades obligadas a brindar informacion, identificaran, bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, al funcionario responsable de brindar la informacion solicitada, por lo que resulta necesario efectuar dicha designacion; Que, la designacion que se efectua no exime a las areas que produzcan o posean la informacion que se solicite de su responsabilidad de proporcionarla en la forma y condiciones que MORDAZA posible el cumplimiento de los plazos establecidos por Ley; Estando a las consideraciones expuestas, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al Secretario General de la Municipalidad Distrital de Barranco como funcionario responsable de entregar la informacion que demanden los ciudadanos, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27806. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

589379-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Declaran en emergencia administrativa y financiera a la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2011-MDI
Independencia, 7 de enero del 2011 VISTO: En sesion Ordinaria de fecha 7 de enero del 2011,., el Informe Nº 001-2011-GGU/MDI, de 04 de Enero del 2011, emitido por la Gerencia de Gestion MORDAZA, el Informe Nº 01-2011/GDEL/MDI, fecha 04 de Enero del 2011, emitido por la Gerencia de Desarrollo Local, el Informe Nº 006-2011-GMDS/MDI, de fecha 04 de Enero del 2011, emitido por la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, el Informe Nº 001-2011-UCIFOP/GM/MDI, de fecha 04 de enero del 2011, emitido por la sub. Gerencia de Cooperacion Internacional y Formulacion de Proyectos de la Municipalidad de Independencia, el Informe Nº 0012011-PPM-MDI, de fecha 04 de Enero del 2011, emitido por el Procurador Publico Municipal, el Informe Nº 0012011-GAP/MDI, de fecha 04 de enero del 2011, emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas, el Informe 002-2011-GAF/MDI, de fecha 05 de enero del 2011, emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas, el Informe Nº 001-2011-GPPR/MDI, de fecha 05 e enero del 2011, emitido por la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, el Informe Nº 002-2011GR-MDI, de fecha 06 de Enero del 2011, emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, el Memorando Nº 008-2011-GDHL/MDI, de fecha 05 de Enero del 2011, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Local, el Informe Nº 002-2011-RC-GSG/MDI, de fecha 04 de enero del 2011, emitido por la Responsable de Registro Civil, el Memorando Nº 002-2011-UIDT/GM/MDI, de fecha 06 de Enero del 2011, emitido por la sub. Gerencia de Informatica y Desarrollo Tecnologico, el Informe Nº 032011-GSG/MDI, de fecha 06 de enero del 2011, emitido por la Gerencia de Secretaria General, el Informe Nº 0022011-GAL/MDI, de fecha 06- de Enero del 2011, emitido por la Gerencia de Asesoria Legal sobre el estado situacional de las diferentes Gerencias y sub. Gerencias de la Municipalidad Distrital de Independencia; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado

por la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional, y la Ley Organica de Municipalidades, estas son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual se configura como la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, como consecuencia de la crisis economica, financiera y administrativa de esta entidad en sus periodos de gobierno municipal anteriores a esta gestion, esta municipalidad experimenta dificultades que en otros aspectos afectan la calidad de los servicios que se prestan a la comunidad; Que, la gestion saliente ha dejado graves problemas en areas: financiera, administrativas, de personal, servicios de limpieza publica y areas verdes del distrito; Que, en el caso de la Municipalidad Distrital de Independencia, esta situacion se ve agravada por la inexistencia en algunos casos y/o deficiencia de los documentos tecnicos de gestion como: MOF, CAP y otros que impiden el buen desarrollo del gobierno local. Que, este sentido, resulta imperioso modernizar la Organizacion de la Municipalidad de Independencia, dotandola de instrumentos dirigidos a mejorar los niveles de eficiencia en la administracion de sus Recursos y en la prestacion de sus servicios; Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 en sus articulos 194 y 195 inciso 1, reconoce a las Municipalidades como los Organos de Gobierno Local con autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia, y en ese sentido; Que, asimismo, el inciso 3. Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades- Ley Nº 27972 senala que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Regimen de Organizacion Interior y funcionamiento de Gobierno Local. Que, en consecuencia resulta necesario que el Concejo adopte las decisiones pertinentes y dote de las mayores facilidades a la Administracion a efectos de que se cumpla eficientemente con el servicio publico; y Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en la Vigesima Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, articulo 39º inciso 7. Del Reglamento Interno de Concejo, con el MORDAZA mayoritario y con la dispensa del tramite de aprobacion de Acta; ACUERDA: Articulo Primero: DECLARAR en emergencia administrativa y financiera a la Municipalidad Distrital de Independencia por el plazo de 60 dias, a fin de realizar reformas necesarias para optimizar recursos y funciones. Articulo Segundo: ENCARGAR al despacho de Alcaldia y a la Gerencia Municipal la implementacion de la declaracion aprobada en el Articulo precedente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

589099-1

MUNICIPALIDAD CP MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA
Disponen celebracion de Matrimonio Civil Comunitario
DECRETO DE ALCALDIA Nº 05- 2010-MCPSMH
MORDAZA MORDAZA de Huachipa, 20 de diciembre de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPAL DEL CENTRO POBLADO DE MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA. CONSIDERANDO: Que, el articulo IV de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 senala que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los

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