Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2011 (14/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de enero de 2011

Codigo de Etica aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 5º.- La titular esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion, las cuales solo podran ser modificadas previa autorizacion de este Ministerio. En caso de aumento de potencia, este podra autorizarse hasta el MORDAZA establecido en el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas. En caso de disminucion de potencia y/o modificacion de ubicacion de estudios, no obstante no requerirse de aprobacion previa, la titular se encuentra obligada a comunicarlo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. Articulo 6°.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 7°.- Seran derechos y obligaciones de la titular de la autorizacion otorgada, los consignados en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como los senalados en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 10º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 11º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

la MORDAZA de MORDAZA, el funcionamiento de la ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES MORDAZA BOSH SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ ESCUELA MORDAZA BOSH S.R.L., en adelante La Escuela, para funcionar como Escuela de Conductores Profesionales, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 353-2009MTC/15 de fecha 26 de enero de 2009, se modifican los terminos de autorizacion de La Escuela. En tal sentido, se le autoriza como Escuela de Conductores Integrales; Que, mediante el Expediente Nº 2010-0018125, La Escuela solicita autorizacion para cambio de su denominacion social, variacion del domicilio del inmueble donde funciona su Escuela de Conductores, autorizacion de uso de la via publica e incremento de su flota vehicular. Asimismo, mediante el Expediente Nº 2010-0018817, La Escuela amplia su documentacion; Que, de la revision de la documentacion presentada por La Escuela, se advierte que cumple con presentar MORDAZA actualizada de la inscripcion en Registros Publicos de la MORDAZA de MORDAZA (Nº Partida: 11120284), con lo que sustenta adecuadamente la variacion de su denominacion social de ESCUELADE CONDUCTORES PROFESIONALES MORDAZA BOSH SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ ESCUELA MORDAZA BOSH S.R.L. a ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES SAN MORDAZA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ ESCUELA SAN MORDAZA SRL; Que, respecto a la variacion del domicilio del inmueble donde funciona su Escuela de Conductores, La Escuela presenta los siguientes documentos: - Contrato de arrendamiento del local ubicado en la Av. MORDAZA Nº 2000, Distrito de Paucarpata, Departamento de Arequipa. - Memoria Descriptiva con los planos de ubicacion y distribucion correspondientes. Que, en cuanto al Circuito de Manejo, La Escuela presenta MORDAZA de la autorizacion municipal otorgada por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Rivero, la cual autoriza el uso de las vias que se encuentran entre la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Ferial Cerro Juli; Que, respecto al incremento de la flota vehicular, se tiene que esta se MORDAZA incrementada con los vehiculos con placas de rodaje UO-9852 y AIJ-886; Que, el articulo 43º de El Reglamento establece las condiciones de acceso para el funcionamiento de una Escuela de Conductores; encontrandose regulado en el numeral 43.3 las condiciones especificas en cuanto a su infraestructura, en concordancia con lo dispuesto en los literales f) y h) del articulo 51º de El Reglamento, que establecen la MORDAZA de documentos que acrediten la propiedad, tenencia, alquiler o derecho de uso de la infraestructura a emplearse en la Escuela de Conductores y la MORDAZA de una Memoria Descriptiva de la ubicacion y distribucion del (los) inmueble (es) destinado (s) al funcionamiento de la Escuela de Conductores, respectivamente; Que, el articulo 61º de El Reglamento, establece que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º, cuya tasa sera establecida en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del MTC; no resultando aplicable este ultimo supuesto en vista que a la fecha, el presente procedimiento administrativo no se encuentra establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento senala que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara una inspeccion con el objetivo de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento. Al respecto, mediante Memorandum Nº 4045 -2010-MTC/15, se remite a esta Direccion el Informe Nº 004 -2010-MTC/15.JRN sobre la inspeccion ocular realizada a La Escuela; Que, el informe MORDAZA indicado senala que en el local destinado para las Oficinas administrativas, aulas de ensenanza y taller de instruccion teorico ­ practico de mecanica se observo lo siguiente:

587957-1

Autorizan a la Escuela de Conductores Profesionales San MORDAZA S.R.L. la variacion de direccion donde funciona la Escuela de Conductores, en la provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 3253-2010-MTC/15
MORDAZA, 18 de noviembre de 2010 VISTOS: Los Expedientes Nºs. 2010-0018125 y 20100018817 presentados por la empresa denominada Escuela de Conductores MORDAZA BOSH SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ ESCUELA MORDAZA BOSH S.R.L., en adelante La Escuela, solicitando autorizacion para cambio de denominacion social, variacion del domicilio del inmueble donde funciona la Escuela de Conductores, autorizacion de uso de la via publica e incremento de la flota vehicular, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 10907-2008MTC/15 de fecha 31 de octubre de 2008, se autorizo en

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