Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2014 (16/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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El Peruano Sabado 16 de agosto de 2014

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huamanga, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1014-2014-JNE Expediente N.º J-2014-00987 HUAMANGA - MORDAZA MORDAZA, treintiuno de MORDAZA de dos mil catorce VISTO el Oficio N.º 173-2014-MPH/SG, presentado el 18 de MORDAZA de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ambia, secretario general de la Municipalidad Provincial de Huamanga, departamento de MORDAZA, comunicando la licencia, sin goce de haber, que fue concedida a la regidora MORDAZA MORDAZA Montoya. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de MORDAZA de 2014, fecha de cierre de inscripcion de candidatos; la misma que gozara de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) dias MORDAZA de la fecha de elecciones. 2. Esta disposicion tambien es de aplicacion para el caso de los regidores municipales, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del ano 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios publicos por ser elegidos mediante MORDAZA popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando. 3. Con fecha 4 de MORDAZA de 2014 (fojas 004 y 005), MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidora del Concejo Provincial de Huamanga, con motivo de su participacion en las Elecciones Municipales 2014, presento su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Nº 060-2014-MPH/CM, de fecha 11 de MORDAZA de 2014 (fojas 002 y 003), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. En el presente caso se aprecia que la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el consejo provincial, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion N.º 01402014-JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, corresponde convocar a MORDAZA Yauli MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 28216364, candidato no proclamado del partido politico Alianza para el Progreso, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Huamanga, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidora del Concejo Provincial de Huamanga, departamento de MORDAZA, mientras este vigente la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA Yauli MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 28216364, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huamanga, departamento de MORDAZA, mientras este vigente

la licencia concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1124562-2

Revocan resolucion del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA que declaro improcedente candidaturas al Concejo Distrital de Aczo, provincia de MORDAZA Raimondi, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1139-2014-JNE Expediente Nº J-2014-01490 ACZO - MORDAZA RAIMONDI - MORDAZA JEE MORDAZA (EXPEDIENTE Nº 0172-2014-010) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, cinco de agosto de dos mil catorce VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal alterno del movimiento regional Union Nacionalista Ancashina, en contra de la Resolucion Nº 002, del 22 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, que declaro improcedente la candidatura a MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y para regidores de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Salvo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para el Concejo Distrital de Aczo, provincia MORDAZA Raimondi, departamento de MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014, y oido el informe oral. ANTECEDENTES El 6 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal alterno del movimiento regional Union Nacionalista Ancashina, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA (en adelante JEE), presento su solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Aczo, provincia MORDAZA Raimondi, departamento de Ancash. Mediante Resolucion Nº 001, del 9 de MORDAZA de 2014 (fojas 66 a 68) el JEE, declaro inadmisible la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Aczo. Luego de que la organizacion politica presentara el escrito de subsanacion de las omisiones advertidas, el JEE, mediante la Resolucion Nº 002, del 22 de MORDAZA de 2014 (fojas 97 a 99), declaro admitir en parte la lista de candidatos e improcedente en el extremo de la candidatura para MORDAZA de Dedicacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA y para regidores de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Salvo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Hebert Yubeto MORDAZA MORDAZA, para el Concejo Distrital de Aczo (por error material en la referida resolucion se consigna como Chingas debiendo ser Aczo), fundamentando en lo siguiente: - La organizacion politica no ha subsanado las observaciones advertidas, respecto de los dos anos continuos de domicilio para el candidato a MORDAZA y de

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