Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2014 (16/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Sabado 16 de agosto de 2014

530051
Ministerio de Economia y Finanzas; y, de la Jefatura de Proyectos de Seguridad Energetica de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, en calidad de especialistas, para lo cual se cursaran las respectivas invitaciones al Titular del Sector correspondiente. Articulo 3°.- Instalacion y Duracion La Comision Sectorial para el impulso de las Inversiones en el Sector Energia y Minas se instalara dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la emision de la presente Resolucion Ministerial; y, en un plazo no mayor de seis (06) meses, contados desde su instalacion, presentara un Informe Final con las medidas propuestas para impulsar las inversiones en el Sector Energia y Minas. Articulo 4°.- Secretario Tecnico La Comision Sectorial para el impulso de las Inversiones en el Sector Energia y Minas contara con un Secretario Tecnico encargado de brindar el soporte tecnico y administrativo que fuese necesario. Articulo 5º.- Colaboracion Interinstitucional La Comision Sectorial para el impulso de las Inversiones en el Sector Energia y Minas, a iniciativa de su Presidente, podra solicitar la colaboracion, opinion y aporte tecnico de representantes de diversas entidades publicas y privadas, convocando a los especialistas e instituciones necesarias, para la consecucion de sus fines. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1124536-1

Crean Comision Sectorial para el impulso de las inversiones en el Sector Energia y Minas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 368-2014-MEM/DM MORDAZA, 15 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru ha previsto que el Estado promueve las condiciones para el progreso social y economico del MORDAZA, para lo cual orienta el desarrollo integral y equilibrado de la Nacion de acuerdo a la libre iniciativa privada, que se ejerce en una economia social de mercado; Que, el Estado, a traves de sus distintos niveles de Gobierno, promueve la participacion de la inversion privada en la actividad economica del MORDAZA, reconociendo su contribucion al crecimiento economico, a traves de diferentes mecanismos, entre ellos las iniciativas privadas y las Asociaciones Publico Privadas, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en la normatividad vigente; Que, la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado establece los principios y la base legal del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado, en todas sus instituciones e instancias; Que, el Decreto Ley N° 25962 y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, establecen como primera funcion del Ministerio de Energia y Minas promover la inversion en el sector y formular las politicas de fomento y tecnificacion de electricidad, hidrocarburos y mineria. Asimismo, le corresponde formular las politicas de alcance nacional en materia de electricidad, hidrocarburos y mineria, en MORDAZA con la politica general y los planes del Gobierno, supervisando y evaluando su cumplimiento; Que, resulta necesario constituir una Comision Sectorial que se encargue de evaluar, identificar, proponer y realizar el seguimiento de medidas para impulsar y agilizar las inversiones en el Sector mediante la aplicacion de los instrumentos de la simplificacion administrativa con la finalidad promover la mejora permanente de la gestion publica en el ambito del Ministerio de Energia y Minas; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 35° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Decreto Ley N° 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Constitucion de Comision Sectorial Creese la Comision Sectorial para el impulso de las inversiones en el Sector Energia y Minas, el cual estara encargado de evaluar, identificar, proponer y realizar el seguimiento de las medidas para fomentar las inversiones en el Sector, promoviendo la mejora permanente de la gestion publica en el ambito de competencias del Ministerio de Energia y Minas. Articulo 2°.- Integrantes de la Comision Sectorial La Comision Sectorial para el impulso de las inversiones en el Sector de Energia y Minas estara integrado por las siguientes personas: · Secretario General del Ministerio de Energia y Minas, quien la presidira. · Viceministro de Energia o su representante. · Viceministro de Minas o su representante. · Director General de la Oficina General Asesoria Juridica. La Comision Sectorial, se encontrara facultada a contar con la colaboracion de funcionarios del

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aceptan renuncia de Viceministro de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
RESOLUCION SUPREMA Nº 005-2014-MIMP MORDAZA, 15 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Suprema Nº 005-2012-MIMP se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Viceministro de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; Que, el referido funcionario ha presentado renuncia al cargo, la que resulta pertinente aceptar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; y en su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Viceministro de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados.

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