Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2016 (02/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Viernes 2 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Informe Legal Nº 689-2016-GAJ/ MPH-H de fecha 06.09.2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica, encuentra observaciones al mencionado proyecto de Reglamento, sin embargo, señala que superadas las mismas, el proyecto en referencia resulta viable, por lo que, mediante Informe Nº 163-2016-SMAMDMNA/MPHH de fecha 07.09.2016, la Sub Gerencia de la Mujer y Adulto Mayor, Defensoría Municipal del Niño y Adolescente, levanta las observaciones realizadas por la Gerencia de Asesoría Jurídica. Asimismo, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Proveído Nº 2722-2016-GPP/ MPH-H de fecha 14.09.2016, manifiesta que, en virtud del Proveído Nº 1748-2016-SGPEP/MPH-H de la Sub Gerencia de Planificación Estratégica y Presupuesto, el mencionado proyecto de Reglamento no acarrea incidencia presupuestal, asimismo, indica que las capacitaciones a desarrollarse por el CIAM, estipuladas en el art. 20º del Reglamento, serán consideradas en el POI ­ 2017 dentro de la Sub Gerencia de la Mujer y Adulto Mayor, Defensoría Municipal del Niño y Adolescente. Estando a lo expuesto, conforme a las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Provincial de Huaura, el cual consta de Trece (XIII) Títulos, Veintiún (21) Artículos y Dos (02) Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- En virtud de lo dispuesto en el Artículo Primero, ENCARGAR a la Sub Gerencia de la Mujer y Adulto Mayor, Defensoría Municipal del Niño y Adolescente, su debida implementación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Logística, Servicios Generales y Control Patrimonial la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su debida difusión y a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística, la publicación íntegra de la misma en el portal de la entidad www.munihuacho.gob.pe y en el portal web del Estado www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad Provincial de Huaura, TÍTULO II DEL ALCANCE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Artículo 2º.- El presente Reglamento es de alcance provincial, la ubicación de las sedes son las siguientes: · Gerencia de Desarrollo Humano, ubicado en la Calle Guillermo Velásquez Nº194 ­Segundo Piso. · Oficina del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor, ubicado en la Calle Guillermo Velásquez Nº194 ­ Segundo Piso. TÍTULO III DE LA BASE LEGAL Artículo 3º.- El presente Reglamento tiene como base normativa los dispositivos legales siguientes: a) Constitución Política del Perú. b) Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de las Municipalidades. c) Ley Nº 27300 ­ Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano. d) Ley Nº 30490 ­ Ley de las Personas Adultas Mayores. e) Decreto Supremo Nº 002-2013-MIMP, que aprueba el Plan Nacional para las personas adultas mayores 20132017. f) Ordenanza Municipal 022-2016/MPH, que crea Centro Integral de Atención al Adulto Mayor. g) Ordenanza Municipal 023-2016/MPH, que modifica el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Municipalidad Provincial de Huaura, con la incorporación de funciones a la Sub Gerencia de la Mujer y Adulto Mayor, Defensoría Municipal del Niño y Adolescente. h) Ordenanza Municipal 024-2016/MPH, que aprueba el Reglamento para el Registro Único de Organizaciones Sociales ­ RUOS, en la Municipalidad Provincial de Huaura. i) Decreto supremo Nº400-2015-EF. j) Resolución Ministerial Nº 328-2014-MIMP, que aprueba los lineamientos de política para la promoción del buen trato a las personas adultas mayores. TÍTULO IV

JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2016/MPH ANEXO REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCION AL ADULTO MAYOR ­ CIAM DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Definición del Reglamento Interno del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor: Es el instrumento por medio del cual se regularán las actividades y servicios que se brinden en el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor ­ CIAM y a sus usuarios en las relaciones como en situaciones particulares que puedan darse al interior en su interrelación, sin transgredir, exceder ni desnaturalizar la Ley Nº 30490 - Ley de las Personas Adultas Mayores. TÍTULO I DE LA FINALIDAD DEL CIAM Artículo 1º.- El presente Reglamento tiene por finalidad establecer acciones y servicios que brinda el

DE LOS OBJETIVOS DEL CIAM Artículo 4º.- El presente Reglamento, tiene por objetivos: a) Asegurar espacios saludables integrales de socialización, beneficiando a la población adulta mayor a través de un servicio que les proporcione un espacio para realizar tareas y actividades que refuercen sus capacidades creativas e imaginativas en el uso del tiempo libre y de esta manera se integre plenamente al desarrollo social, económico, político y cultural de la Provincia de Huaura, contribuyendo a mejorar su calidad de vida. b) Incrementar los niveles de participación social de la persona adulta mayor a través de actividades recreativas y participativas dentro y fuera de la Provincia de Huaura. c) Promover actividades que refuercen el nivel de conocimiento e información de las personas adultas mayores respecto al ciclo de vida y al proceso de envejecimiento mediante actividades de capacitación que desarrolla el programa. TÍTULO V FINALIDAD DEL CIAM Artículo 5º.- El presente Reglamento tiene como finalidad:

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