Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2016 (02/12/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Viernes 2 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

605693

Artículo 16º.- En caso que la persona adulta mayor sea analfabeta, quechua hablante o que se exprese en otro idioma, podrá, para tal efecto, contar con un intérprete, quien le leerá o traducirá el Reglamento y la Carta de Compromiso, colaborando con ésta para el estampado de su huella digital en la respectiva Carta, si estuviera de acuerdo. Artículo 17º.- Requisitos para su inscripción: a) Copia del DNI o carnet de extranjería en caso de ser ciudadano extranjero. b) Copia de un recibo de luz, agua o teléfono que facilite la identificación domiciliaria de la persona adulta mayor c) Dos (02) fotos a color tamaño carnet. Artículo 18º.- Los inscritos recibirán un Carnet que los identificará como socios del programa del adulto mayor (CIAM) TÍTULO XI DE LOS SERVICIOS DEL CIAM Artículo 19º.- El CIAM contará con los siguientes servicios: a) DEFENSORÍA DEL ADULTO MAYOR.- A través de la cual se promueve y ejerce la defensa de la persona adulta mayor ante las diversas instancias administrativas y/o judiciales sean públicas y/o privadas. b) GRUPOS DE AYUDA MUTUA PARA ADULTOS MAYORES.- El carácter de estos grupos es educativo con efectos terapéuticos, pretende el autoconocimiento personal, la modificación de roles y actitudes, procura eliminar los sentimientos de soledad remplazándolos por sentimientos de seguridad y confianza en sí mismo. c) POTENCIACIÓN Y DESARROLLO DE CAPACITACIONES.- La formación y capacitación se realiza en forma autogestionaria y/o vía convenio, para lo cual se habilitará espacios en buen estado de funcionamiento y mantenimiento para su desarrollo. d) CAPACITACIONES: I. TALLERES DE AUTOCUIDADO.- Envejecer es un proceso secuencial, acumulativo e irreversible que deteriora al organismo humano progresivamente mermando su capacidad para enfrentar las circunstancias y condiciones del entorno. El enfrentamiento de estas disfunciones y enfermedades en la vida supone que la persona adulta mayor adquiere algunos conocimientos, habilidades y prácticas básicas de autocuidado orientados a atender sus necesidades fisiológicas, emocionales, sociales, recreativas y sanitarias, entre otras. II. TALLERES DE DEBERES Y DERECHOS.Permite conocer sus deberes y derechos en la sociedad, promueve la ciudadanía, participación activa en el desarrollo de los adultos mayores de la provincia de Huaura y la convivencia pacífica. III. TALLERES FORMATIVOS Y MANUALES.Permite al adulto mayor desarrollar habilidades manuales y motrices que promueven el micro emprendimiento y la autogeneración de ingresos propios. Los cuales pueden ser: i. Formativos: Computación, manejo de internet, entre otros. ii. Artesanales: Repujado en aluminio, vitral, pintura al óleo, joyería, entre otros. iii. Manuales: Bisutería, muñecos country, bordado, origami, piano, tejido a palitos y crochet, entre otros. e) ACTIVIDADES FÍSICAS, DE INTEGRACIÓN Y ESPARCIMIENTO.- Contribuye a enfrentar el deterioro orgánico y motor derivado del proceso de envejecimiento, aumenta la independencia, la autosatisfacción y es

componente rehabilitador de salud, pudiendo brindar las siguientes actividades y servicios: Tai Chi, aeróbicos, baile, fútbol, paseos, viajes, bingos, bailetón, juegos de mesa, encuentros intergeneracionales y distritales, todo tipo de danza, gimnasia en general, tango y milona, narración de cuentos, canto, instrumental, teatro, poesía, entre otros. f) MÓDULO.- EL Centro Integral de Atención al Adulto Mayor de la Municipalidad Provincial de Huaura, implementará en cualquiera de los locales del adulto mayor los siguientes módulos: a) Módulo de atención de salud. b) Módulo de atención legal. TÍTULO XII DE LA GENERACIÓN DE INGRESOS PROPIOS PARA LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DEL CIAM Artículo 20º.- Con la finalidad de promover la generación de ingresos propios para los adultos mayores, la Gerencia de Desarrollo Humano desarrollará ferias, entre otras actividades, que faciliten la venta de los productos realizados por los adultos mayores, producto de las capacitaciones realizadas en el CIAM. TÍTULO XIII SOSTENIBILIDAD DEL CIAM Artículo 21º.- La Gerencia de Desarrollo Humano, gestionará dentro del Plan Anual de la Municipalidad Provincial de Huaura el presupuesto necesario para el desarrollo de las actividades del CIAM. DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- La Gerencia de Desarrollo Humano, establecerá mecanismos que viabilicen la solución de problemas de los adultos mayores e intervendrá conjuntamente con otras unidades orgánicas que se requieran para cada caso y de ser necesario realizará las coordinaciones externas que se requieran. Segunda.- Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento serán absueltos por el Responsable del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor ­ CIAM con fundamentación de causa. 1459128-1

CONVENIOS INTERNACIONALES

Entrada en vigencia del "Acuerdo para el uso parcial del Sistema Nacional de Adquisiciones de la República del Perú en Proyectos Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo"
Entrada en vigencia del "Acuerdo para el uso parcial del Sistema Nacional de Adquisiciones de la República del Perú en Proyectos Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo", suscrito el 7 de junio de 2016, en la ciudad de Lima República del Perú; y ratificado por Decreto Supremo Nº 086-2016-RE, del 16 de noviembre de 2016. Entró en vigor el 22 de noviembre de 2016. 1459213-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.