Norma Legal Oficial del día 24 de Mayo del año 2001 (24/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2001

§ El numeral 5.12. del contrato, establece la obligacion de presentar ante OSITRAN tan pronto como sea posible, los Planes de Diseno y de Trabajo con relacion a cualquier Mejora Eventual. § El contrato no establece un plazo para la MORDAZA de los Planes de Diseno y de Trabajo, por lo que el establecimiento de dicho plazo quedo regulado por el acuerdo de Reunion Nº 02-2000-CONCESION MATARANI: TISUR-OSITRAN" v de fecha 18 de MORDAZA de 2000, mediante el cual TISUR se comprometio a presentar los Planes de Diseno y de Trabajo el dia 11 de agosto de 2000. § Dicho plazo de MORDAZA fue prorrogado por OSITRAN al 1 de septiembre de 2000.

b. La demora en la MORDAZA de Planes de Diseno y de Trabajo obedece a causas justificadas:
§ La elaboracion de los Planes de Diseno y de Trabajo es una labor sumamente compleja, que ha demandado a TISUR la realizacion de una serie de pasos previos. § Al momento de vencerse los dos plazos establecidos para la MORDAZA de los Planes de Diseno y de Trabajo, TISUR no habia recibido el integro de los estudios que debian realizar las terceras empresas contratadas. § TISUR debe cumplir con los criterios minimos de operacion y los criterios minimos de calidad exigidos por el contrato de concesion, razon por lo que ha demorado la MORDAZA de los Planes a que se ha hecho referencia. § No existe un procedimiento establecido para la MORDAZA de los Planes de Diseno y de Trabajo, aunque reconoce que el establecimiento de los procedimientos idoneos para cumplir con los plazos establecidos por el contrato es responsabilidad de TISUR. § TISUR demoro la MORDAZA de los Planes de diseno y de Trabajo, en atencion a su obligacion de hacerlo de la mejor manera posible.

§ De acuerdo al contrato, el trigger no MORDAZA el inicio de la obra. § Como el contrato no define el inicio de la obra, de acuerdo a la clausula primera del contrato de concesion, cualquier termino que no se halle definido en el contrato tendra el significado que le atribuyen las bases. § La circular 8 emitida por el Comite Especial de Puertos establece que para cada obra, la seccion debera incluir la duracion estimada de construccion y los montos estimados de costo. § En opinion de TISUR, la empresa cuenta con seis meses solo para el plazo de construccion y dicho plazo no comprende la MORDAZA de los Planes de Diseno y de Trabajo. § Al tratarse de un plazo de construccion, el hecho que MORDAZA el inicio de la obra es la aprobacion por parte del concedente de los Planes de Diseno y de Trabajo y es a partir de esa fecha que se computa el plazo de seis meses para construir la obra. § De la Resolucion Nº 013-2000-GG-OSITRAN, a la resolucion apelada, la Gerencia General cambio de criterio respecto a lo que MORDAZA el inicio de obra.

II. CUESTIONES EN DISCUSION De la revision del expediente y conforme se desprende de los antecedentes expuestos, a criterio de este organo resolutivo las cuestiones en discusion consisten en determinar lo siguiente: 1. Si hubo justificacion en la demora de TISUR al presentar ante OSITRAN los Planes de Diseno y de Trabajo relativos a la Mejora Eventual constituida por la cobertura total de la faja de transporte de minerales e instalacion de un sistema de coleccion de contaminantes en el tunel y la faja de minerales. 2. A partir de cuando es exigible la Mejora Eventual a la que se hace referencia en el punto anterior. 3. Cual es el hecho que MORDAZA el inicio de obra. 4. Cual es la naturaleza del plazo al que alude el Formato 5.5.5., Anexo 5 (Bii) del contrato de concesion. 5. Cuales son las infracciones sancionables en el presente procedimiento. 6. Cual es le monto de la sancion pecuniaria aplicable. III ANALISIS DE LAS CUESTIONES EN DISCUSION: EXISTIO O NO EXISTIO JUSTIFICACION EN LA DEMORA PARA PRESENTAR LOS PLANES DE DISENO Y DE TRABAJO RELATIVOS A LA MEJORA III.1. Lo que establece el contrato de concesion con relacion a los Planes de Diseno y de Trabajo: 1. El numeral 5.9.10 del contrato establece que el Concesionario sera responsable de que el diseno y el trabajo con relacion a cualquier Mejora MORDAZA llevados a cabo de tal manera que esta sea completa y adecuada para los propositos y de acuerdo con los planos, especificaciones y otros documentos a los que se hace referencia en el presente Contrato, asi mismo, establece que los planos de diseno y de trabajo de cualquier Mejora, incluyendo aquellas de caracter temporal o provisional, estaran sujetos a la aprobacion de OSITRAN. 2. Esto implica que segun lo establece el contrato, TISUR tiene la responsabilidad de elaborar los Planes de Diseno y de Trabajo de forma tal, que la Mejora sea adecuada con relacion a las especificaciones del contrato de concesion, dentro de las que ciertamente esta el plazo de entrega de la Mejora, asi como la necesidad de presentarlos para la correspondiente aprobacion por parte de OSITRAN. 3. Asi mismo, el numeral 5.1.2.11 del contrato alude a la prontitud con que esta informacion debe ser presen-

c. La Mejora Eventual en cuestion es exigible a partir del Primer ano del Periodo Remanente:
§ En la actualidad, TISUR tiene la conviccion de que la obra debe iniciarse en Periodo Remanente, es decir, a partir del MORDAZA ano de vigencia de la concesion, dado que el titulo del Formato 5.5.5., Anexo 5 (Bii) - "Mejoras Eventuales - Periodo Remanente: Terminal Portuario de Matarani" asi lo establece. § Cuando el capitulo V de la Propuesta Tecnica de TISUR - "Plan de Operaciones" para la implementacion de las fases de desarrollo del Escenario Realista, establece que TISUR debe implementar el sistema de control de la faja de minerales, durante primer ano del Primer Quinquenio del periodo de concesion, debe entenderse que "desarrollar" no significa terminar o concluir la ejecucion de la Mejora, sino que supone iniciar o comenzar. § Mediante su Propuesta Tecnica, TISUR se comprometio a iniciar la obra en el primer ano de la concesion, y; a culminarla en el ano MORDAZA de la concesion. § Existe una duda respecto al plazo para culminar la Mejora Eventual materia del procedimiento. § La Gerencia General no interpreta la relacion que existe entre el titulo del Formato 5.5.5., Anexo 5 (Bii) "Mejoras Eventuales - Periodo Remanente: terminal Portuario de Matarani" y lo establecido por la Propuesta Tecnica. § El hecho de que TISUR MORDAZA acordado con OSITRAN la fecha para presentar los Planes de Diseno y de Trabajo y que este ejecutando la obra, no significa que dicha obra deba realizarse en el Primer Quinquenio.

d. La interpretacion que realiza la Gerencia General respecto al inicio de obra es errada:
§ Del Formato 5.5.5., Anexo 5 (Bii) - "Mejoras Eventuales, se desprende claramente que el plazo de ejecucion de la Mejora es de seis meses, pero no se desprende de manera indubitable desde cuando se empieza a computar dicho plazo. § El criterio trigger determina si una obra es obligatoria o no, es decir, si debe realizarse o no. § En este caso el trigger es la MORDAZA del Estudio de Impacto Ambiental.

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Ver: nota a pie de pagina numero 3. 5.12. Mejoras Eventuales. El Operador Principal (que en este caso es TISUR) presentara a OSITRAN, tan pronto como sea posible, todos los planes e informacion en relacion con cualquier Mejora Eventual y cualquier gasto relacionado con la misma.

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