Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 1998 (11/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 11 de agosto de 1998

NORMAS LEGALES

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cidas, sino porque, ademas, el costo que implica su ejecucion resulta desproporcionado para el exiguo patrimonio de quienes mayoritariamente se ven afectados por la situacion de extrema pobreza de la MORDAZA, teniendo en cuenta sobre todo que varios miembros, hombres y mujeres, de cada nucleo familiar integran los mencionados comites. Segundo.- INSTAR, en consecuencia, a los representantes del Tercer Nivel de los Comites de Autodefensa de MORDAZA y Huancavelica, asi como al Coordinador General de los Comites de Autodefensa, a que reconsideren la decision de cobrar S/. 5.00 por cada carne de acreditacion de sus miembros, en atencion a las consideraciones expresadas en la conclusion a que se refiere el Articulo Primero de la presente resolucion; y en tal proposito buscar mayor legitimidad en la toma de decisiones, a traves de la consulta con los miembros de base, dando efectivas muestras de transparencia en la coordinacion con el representante del Ejercito Peruano, a efectos de hacer efectiva la necesaria acreditacion a traves de carnes con una contribucion economica de los miembros compatible con sus exiguos recursos. Tercero.- RECOMENDAR al senor Ministro de Defensa que -en virtud de lo dispuesto por el MORDAZA parrafo del Articulo 25º y el Articulo 29º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo- a fin de evitar situaciones de injusticia o inconveniencia para los ciudadanos, MORDAZA en consideracion la necesidad de modificar el inciso a) del Articulo 56º del Reglamento de Organizacion y Funciones de los Comites de Autodefensa. En tal sentido el costo del carne de identificacion y acreditacion como miembro de dichos comites debiera ser compartido por el Sector Defensa, contando con la contribucion de S/. 1.00 ofrecida por los Comites de Autodefensa de MORDAZA y Huancavelica; y, RECOMENDAR, asimismo, por intermedio del senor Presidente del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, se reitere, de manera general, la transparencia y probidad que debe primar en el ejercicio de la funcion publica militar, especialmente en relacion a la coordinacion y control que corresponde a las Fuerzas Armadas con los distintos niveles de organizacion de los Comites de Autodefensa del MORDAZA, en particular los de MORDAZA y Huancavelica; y que en su condicion de Comandante General del Ejercito, disponga que la Inspectoria General de esta institucion analice la posible inconducta funcional que se deriva del presente caso con respecto al oficial encargado de suscribir, en representacion del Ejercito, los correspondientes carnes. Cuarto.- PONER EN CONOCIMIENTO del Fiscal Provincial en lo Penal de Turno de MORDAZA los indicios que surgen de la investigacion objeto de la presente resolucion, remitiendo para ello la documentacion sustentatoria correspondiente de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo. Quinto.- ENCOMENDAR el seguimiento de las presentes recomendaciones al representante del Defensor del Pueblo en MORDAZA en lo que le corresponde y al Defensor Especializado en Asuntos Constitucionales en los temas generales que de MORDAZA se derivan. Sexto.- DISPONER que la presente Resolucion se incluya en el Informe Anual del Defensor del Pueblo al Congreso de la Republica de conformidad con el Articulo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SANTISTEVAN DE MORDAZA Defensor del Pueblo 8839

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Acuerdan rechazar actitud del Gobierno del Ecuador y apoyar la posicion pacifista que mantiene nuestro MORDAZA
ACUERDO Nº 095 MORDAZA, 7 de agosto de 1998 EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA En Sesion Ordinaria de la fecha: Ante la actitud asumida por el Gobierno de la Republica de Ecuador de postergar continuamente la consecucion del acuerdo que instaure definitivamente la paz con nuestro pais; asi como los graves acontecimientos que, como consecuencia a dicha actitud, han ocurrido recientemente en nuestra frontera norte; ACORDO: Primero.- Rechazar la actitud del Gobierno del Ecuador y las violaciones de nuestro territorio que han causado serias lesiones a civiles y militares peruanos. Segundo.- Apoyar la posicion pacifista que mantiene nuestro MORDAZA, liderada por el senor Presidente Constitucional de la Republica y la Cancilleria Peruana. Tercero.- Afirmar que dicha posicion pacifista es conceptual, porque los peruanos somos pacifistas por vocacion; y tambien logica, porque es racional no apelar a la violencia cuando se tiene la razon. Cuarto.- Declarar que la posicion pacifista del Peru tiene necesariamente un limite, fijado por la gravedad de las circunstancias y el buen juicio y decision del senor Presidente de la Republica. Quinto.- Exhortar a los paises garantes a que cumplan rigurosamente con su responsabilidad para con el Protocolo de Rio de Janeiro y sus documentos anexos, a fin de lograr en el mas breve plazo la paz integral y fraterna que anhelan los pueblos de Ecuador y Peru. Sexto.- Expresar la seguridad de que las negociaciones entre el Peru y el Ecuador culminaran exitosa y prontamente dentro del MORDAZA senalado por el Protocolo de Rio de Janeiro. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 8852

PREPUBLICACION
FE DE ERRATAS Fe de Erratas de la Prepublicacion del Reglamento Nacional para la aprobacion de Estandares de Calidad Ambiental y Limites Maximos Permisibles, publicada en nuestra edicion del dia 10 de agosto de 1998, en la pagina 162940. DICE: Los comentarios y sugerencias al presente Proyecto de Ley... DEBE DECIR: Los comentarios y sugerencias al presente Proyecto de Decreto Supremo... 8877

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