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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (15/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 25

Pág. 163139 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de agosto de 1998 Constituyen proyecto especial para organizar y conducir la recuperación del Teatro Municipal y el desarrollo de la zona cultural DECRETO DE ALCALDIA Nº 056 Lima, 6 de agosto de 1998 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO: Que, el día 3 del mes en curso se ha producido el lamentable incendio del local del Teatro Municipal, principal teatro de la ciudad; Que, este siniestro es una pérdida que afecta a la ciudad de Lima, a sus vecinos, al Centro Histórico, al quehacer cultural, los artistas, la Municipalidad y al país; Que, la actual administración municipal, como le corresponde y es práctica de su gestión, ha asumido plenamente su responsabilidad como gobierno de la ciudad, adoptando las acciones correspondientes; Que, el inmueble siniestrado es un monumento his- tórico - cultural, resultando de las evaluaciones prelimi- nares e informes emitidos que el siniestro no habría afectado su estructura; Que, la pérdida de elementos decorativos y ornamen- tales alcanza a un 80% aproximadamente, en tanto el mobiliario del escenario y las localidades han sido total- mente destruidas; Que, las estructuras del inmueble no habrían sido afectadas, en tanto que la ornamentación correspon- diente al ingreso, recepción y fachada no han sido mayormente dañados, siendo por lo tanto factible su inmediata restauración y recuperación; Que, la reconstrucción del Teatro Municipal debe ser urgente y primordial, en una convocatoria a toda la sociedad civil y los sectores interesados por tratarse del edificio cultural más representativo de la capital, bajo la dirección y conducción de la Municipalidad Metropolita- na de Lima; Que, tal reconstrucción debe comprender el entorno inmediato mediante un Proyecto de Renovación Urbana previsto, en el marco del Plan Maestro del Centro His- tórico, que contemple el área de influencia de la zona, la que debe constituir conjuntamente con los Teatros Se- gura y Alcedo, un polo cultural dotado de servicios y facilidades para estacionamiento vehicular, salas de ensayo, depósitos, librerías, cafés, galerías, entre otros; Que, asimismo, la restauración del teatro y su entor- no inmediato deberá constituir una propuesta moder- na, que manteniendo las características originales, dote al Teatro Municipal de todos los adelantos tecnológicos, poniéndolo al mejor nivel internacional; Que, los objetivos señalados no pueden ser afronta- dos, en las actuales circunstancias, por una sola institu- ción, haciéndose en consecuencia necesario convocar el concurso y participación de todos los sectores públicos y privados, interesados; Estando a lo acordado; DECRETA: Artículo Primero.- Constitúyase en la Municipa- lidad Metropolitana de Lima el Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace", encargado de organi- zar y conducir las acciones y evaluar los proyectos necesarios para la recuperación del Teatro Munici- pal y el desarrollo de la Zona Cultural, en concordan- cia con el Plan Maestro del Centro de Lima, así como de diseñar y proponer el modelo de gestión corres- pondiente. El Proyecto Especial contará con un Comité de Honor con funciones consultivas de alto nivel, un Co- mité Técnico, un Comité Financiero y una Dirección Ejecutiva. Artículo Segundo.- El Comité Técnico estará presidido por el señor Regidor, Arq. Jorge Ruiz de Somocurcio, Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano, e integrado por la señora Regidora, Esther Alvarez de Gavidia, Presidenta de la Comisión de Edu- cación y Cultura, el señor Regidor, Arq. Santiago Agurto Calvo, miembro de las Comisiones de Desarrollo Urba- no y de Educación y Cultura, y el señor Regidor, Lincoln Okuma Maruy, miembro de las Comisiones de Desarro- llo Urbano, de Economía, Planificación y Presupuesto y de Educación y Cultura. Este comité tendrá como objetivo evaluar los daños producidos por el siniestro y elaborar las bases y reco- mendaciones para la formulación de los proyectos urba- no y arquitectónico. Artículo Tercero.- El Comité de Finanzas estará presidido por el señor Regidor, Augusto Claux, Presi- dente de la Comisión de Planificación, Economía y Presupuesto; e integrado por el señor Regidor Dr. Ma- nuel Masías Oyanguren, Presidente de la Comisión de Asuntos Legales y miembro de la Comisión de Econo- mía, Planificación y Presupuesto, y la señora Regidora, Dra. Olimpia Méndez de León, miembro de la Comisión de Asuntos Legales. Este comité tendrá como objetivo diseñar las estrate- gias más convenientes para promover la participación económica y financiera, tanto local como externa, condu- cente a la obtención de los recursos necesarios para cumplir con los objetivos del Proyecto Especial. Artículo Cuarto.- El Comité Consultivo de Alto Nivel estará constituido por los Presidentes de los Co- mités Técnico y Financiero y las personalidades que invite el Alcalde. Tendrá como finalidad acompañar todo el proceso de recuperación y rehabilitación, formu- lando las recomendaciones e iniciativas necesarias. Artículo Quinto.- Solicitar al Congreso de la Repú- blica, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Educación, Instituto Nacional de Cultural, Patrona- to de Lima y a la UNESCO, acreditar un representante de cada una de las instituciones señaladas ante el Comité Consultivo que se constituye en el Artículo Cuarto. Artículo Sexto.- Los Comités Técnico y de Finan- zas, con opinión de la Comisión Consultiva de Alto Nivel, quedan encargados de elaborar conjuntamente la propuesta integral del Proyecto Especial para su presen- tación al Concejo Metropolitano de Lima, y de proponer a la Alcaldía los dispositivos necesarios para promover y concretar los servicios complementarios requeridos para el desarrollo de la Zona Cultural. Artículo Séptimo.- Los Comités Técnico y Finan- ciero propondrán al Alcalde, la estructura organizati- va y los recursos humanos necesarios para el funcio- namiento de la Dirección Ejecutiva, la misma que deberá dar cuenta a los respectivos comités; la Direc- ción Ejecutiva será designada por Resolución de Al- caldía. Artículo Octavo.- La Dirección Municipal Metro- politana queda encargada de proporcionar los recursos necesarios para el adecuado funcionamiento de los co- mités y el Proyecto Especial. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 9031 Instauran proceso administrativo disciplinario a servidor de la muni- cipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 2447 Lima, 6 de julio de 1998