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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (04/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 19

fl Promover acciones de Difusión y Sensibilizacion de las autoridades y personal de la entidad frente al Proble- ma Informático del Ano 2000. g) Informar bimensualmente al INEI, sobre el avance del Plan de Actividades de la Entidad. h) Informar mensualmente al Jefe del RPU, sobre el avance del plan a que hace mencitjn el literal anterior. i) Constituir Subcomités técnicos en función a las características y magnitud de la entidad. Artículo 2”.-Designar el Comitc ‘l’écnico Institu- cional Informático Año 2000, que estará inte&Tado por los siguientes miembros: - Gerente de Informática, quien presidirá el Comité. - Gerente de Administración de Recursos. - Gerente Registral. - Gerente de Desarrollo e Imagen Institucional Artículo 3”.- Facultar al mencionado Comité Twnico Institucional Informático Año 2000 para qucb conforme subcomités técnicos y de asesoramiento necesarios parael mejor cumplimiento de la mision asignada. Artículo 4”.- Disponer que las Gerencias y Oficinas del Registro Predial Urbano, brinden las más ampliasfacilidades al Comité Técnico Institucional Informático Año 2000 para el mejor cumplimiento de las acciones establecidas por ser de preferente interés para la AltaDirección del Registro Predial Urbano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS A. CHONG GENG Jefe Registro Predial Urbano 14158 JUSTICIA Aprueban traslado de interno para que cumpla condena en los Estados Uni- dos de América RESOLUCION SUPREMA No 383-98-JUS Lima, 3 de diciembre de 1998 Visto el OF.RE (LEG) N” 2-19-B/14 del Ministerio de Relaciones Exteriores, que adjunta la Nota N” 027 de fecha 13 de enero de 1998 de la Embajada de los Estados Unidos de América en Lima y el Oficio N” 722-98-INPE/ CR-VP del Instituto Nacional Penitenciario relacionado con la solicitud del interno de nacionalidad estadouniden-se SEAN OLIVER WOODWARD, quien solicita acogerse al Tratado suscrito entre la República Peruana y losEstados Unidos de América, sobre el Cumplimiento de Condenas Penales; CONSIDERANDO: Que mediante la Nota N” 027 la Emba,jada de los Estados Unidos de América, ha solicitado el traslado del interno de nacionalidad estadounidense SEAN OLIVER WOODWARD, quien actualmente goza delbeneficio de semilibertad, con la finalidad que cumplael resto de la pena impuesta en el Perú en su país deorigen; Que el Tratado celebrado entre los Gobiernos del Perú y los Estados Unidos de América. sobre el Cumplimiento de Condenas Penales, permite que las sentencias im- puestas en el Perú a ciudadanos estadounidenses puedan ser cumnlidas en establecimientos penales de los Estados Unidos de América; Que mediante la resolución de fecha 29 de enero de 1997, el Cuarto Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao condenó a SEAN OLIVER WOOD- WARD, a la pena privativa de libertad de 6 años 6 meses, por la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas,fijando en diez mil nuevos soles la reparación civil y 150días multa e inhabilitación de 5 meses, elevándose en consultU; Que mediante resolución de fecha 6 de junio de 1997, la Primera Sala Penal Transitoria Especializada en delitos de tráfico ilícito de drogas aprobó la senten-cia consultada, la misma que vencerá el 24 de octubredel año 2002; Que por resolucion de fecha 18 de setiembre de 1998, del Juzgado Penal Especializado en Procesos Reservadospor el Delito de Tráfico Ilícito de Drogas a Nivel Nacional - Lima. declaró procedente el beneficio desemilibertad del interno, bajo reglas de conducta, las mismas que se vienencumpliendo; Que mediante Oficio N” 722-9%INPEKR-VP el Vicepresidente (e) del Instituto Nacional Penitenciario comunica que el expediente cuenta con la opinión favora- ble de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Direccion General de Tratamiento, habiéndose cancelado en su integridad la reparación civil y la multa impuesta; De conformidad con lo dispuesto en el Tratado cele- brado entre los Gobiernos del Perú y los Estados Unidosde América, sobre el Cumplimiento de Condenas Penales, aprobado por el Decreto Ley N” 23124, y los Artículos 2”y 8” del Decreto Ley N” 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia* Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo l”.- APROBAR el traslado del interno de nacionalidad estadounidense SEAN OLIVER WOOD- WARD, para que cumpla el resto de la condena impuesta por nuestras autoridades judiciales en los Estados Unidos de América, de acuerdo al beneficio de semilibertad, autorizando al Instituto Nacional Penitenciario la entre- ga del referido interno, conforme al Tratado de la materia. Artículo 2”.-La presente resolución no irrogará gasto alguno al Estado, ni dará derecho de exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 3”.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 14272 ENERGIA Y MINAS Distribuyen monto recaudado por concepto de derecho de vigencia de nuevos petitorios y antiguos dere- chos mineros entre diversas munici- palidades RESOLUCION DIRECTORAL N” 355-98-EM/DGM Lima, 25 de noviembre de 1998 Visto el Informe N” ll 15-98-EM-DGM-DFM/DV, de la Oficina de Derecho de Vigencia de la Dirección de Fisca-lización Minera; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a 1~ dispuesto por el inciso h) del Artículo 101” del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N” 014-92- EM, es atribución de la Dirección General de Minería administrar el Derecho de Vigencia;