TEXTO PAGINA: 53
Lima, viernes 4 de diciembre de 1998 pedido de los Regidores y si no lo convoca el Alcalde, puede hacerlo el Teniente Alcalde o cualquier Regidor previa notificación escrita al Alcalde. Si el Alcalde o el Teniente Alcalde concurre a la sesión así convocada, tiene derecho a presidirla. Artículo 84”.- Las Sesiones Extraordinarias se reali- zan necesariamente: a) Dentro del plazo señalado por las disposiciones legales o administrativas pertinentes, para tratar sobre la aprobación del Presupuesto Municipal o sus modifka- ciones. b) Dentro de los primeros noventa días de cada año, para pronunciarse sobre la Memoria Anual y la CuentaGeneral del ejercicio anterior. c) Para tratar asuntos de naturaleza especial o temas de interés comunal que los vecinos propongan cada sesen-ta días. Artículo 85”.- En las Sesiones Extraordinarias sola- mente se pueden tratar los asuntos que son materia de laconvocatoria, y otros que por su naturaleza de emergenciaameritan su incorporación, previa aprobación de la mayo- ría de los asistentes. Artículo 86”.- El Concejo tomará decisiones, materia de la Sesión Extraordinaria, siempre y cuando los Acuer- dos no afecten las rentas, impliquen la modificación de lanormatividad Municipal o requieren de informes, en cuyocaso pasarán a las Comisiones para su Dictamen y poste- rior debate en la siguiente Sesión Ordinaria. Capítulo IX DE LAS SESIONES SOLEMNES Artículo 87”.- El Concejo celebrará Sesiones Solem- nes en las oportunidades siguientes: a) En conmemoración del “Aniversario de la creación del distrito de San Borja” b) En conmemoración del Aniversario de la Declara- ción de la Independencia. En esta sesión se leerá el Acta de la JURA de la Independencia por el Cabildo de Lima. c) En las fechas que acuerde el Concejo o convoque el Alcalde, para rendir homenaje y/o condecorar a persona- lidades o conmemorar hechos gloriosos o trascendentes. Las condecoraciones serán otorgadas previo Acuerdo de Concejo. Artículo 88”.- Las sesiones solemnes se dedicarán exclusivamente a los homenajes para los cuales se convo- can y en ellas no se requiere el quórum legal. Artículo 89”.-El Alcalde podrá delegar en un Regidor u otra persona el discurso de Orden o de Homenaje. TITULO IV Capítulo X DE LAS COMISIONES Artículo 90”.-La s Comisiones de Regidores son Orga- nos Consultivos del Concejo Municipal, que tienen porfinalidad efectuar los estudios y las propuestas que éste les encomiende. Artículo 91”.- Las Comisiones de Regidores son nom- brados por Acuerdo de Concejo a propuesta del Alcalde y pueden ser: PERMANENTES y ESPECIALES. Artículo 92”.-Las Comisiones Permanentes están constituidas por tres (3) Regidores como mínimo, desem- peñándose uno de ellos como Presidente y otro como Vicepresidente. Serán apoyados por el funcionario de mayor nivel en el área de su competencia, con voz y sin voto, en el que a su vez informará y asesorará en los temasque le soliciten. Artículo 93”.- El número de integrantes de las Comi- siones Especiales están en función del tema o estudio por tratar y será aprobado por el Concejo Municipal, que designará al Presidente y Vicepresidente. Artículo 94”.- El quórum para el funcionamiento de las Comisiones es por mayoría, con voto dirimente del Presidente. --Artículo 95”.-Lo s Dictámenes, Informes o Proyectos, serán firmados por los Regidores miembros de las Comi-siones que participaron en el debate correspondiente. En el caso de discrepancia, los Regidores pueden presentar Informes, Estudios y Proyectos en mayoría, en minoría y singulares. Artículo 96”.- Las Comisiones deben presentar sus Dictámenes, Informes y Proyectos dentro de los plazosestablecidos para cada caso. Si no se señala Plazo, se entiende que deben presentarse dentro del término de treinta (30) días útiles. Si la Comisión no puede cumplir su cometido dentro del plazo establecido, a más tardar un día antes del vencimiento del plazo, podrá solicitar una prórroga, hasta por un plazo igual al señalado inicialmente, debidamente fundamentada. La prórroga se concederá por la Alcaldía,dando cuenta al Concejo en la Sesión Ordinaria inmediatasiguiente. Artículo 97”.- Las Comisiones de Regidores, a través de la Alcaldía, pueden solicitar por escrito las informa- ciones que requieran, para el cumplimiento de sus funcio- nes, a otros organismos del Sector Público, concesionarios o contratistas de los Servicios Municipales. Artículo 98”.- Las Comisiones pueden formar Sub- Comisiones de trabajo, para asuntos específicos de su competencia. Artículo 99°CLas Comisiones Permanentes se re- únen en Sesiones Ordinarias por lo menos una vez cada quince días, en las oportunidades que se determinen por acuerdo de las mismas; y en Sesiones Extraordinariascuando las convoque el Presidente. Artículo lOO°.- Las Comisiones Permanentes tienen las siguientes funciones: a) Elaborar, actualizar, revisarlas Políticas Generales del Concejo en su ámbito de competencia y proponer lasnormas necesarias al Concejo y a la Alcaldía. b) Evaluar el Plan de Acción Anual del área respectiva, proponiendo correctivos y cambios pertinentes. c) Dictaminar los Proyectos de Ordenanzas, Edictos y Acuerdos que se pongan a consideración. d) Dictaminar en los pedidos de los Regidores. e) Dictaminar en las iniciativas en las Juntas de Vecinos y otros Organismos Vecinales. f, Dictaminar en los Recursos Administrativos que se interpongan, cuya resolución corresponda al Concejo. g) Efectuar investigaciones y estudios. h) Efectuar inspecciones y recabar informes sobre las actividades desarrolladas en las diferentes áreas admi- nistrativas, dando cuenta a la Alcaldía y los Presidentes de las Comisiones del área inspeccionada, de las defi- ciencias e irregularidades que observen. i) Informar oportunamente a los Miembros del Conce- jo de las acciones que se desarrollan en su área respectiva. j) Las demás que prevea el reglamento o que les encargue el Concejo. Artículo lOl”.-Los Funcionarios Municipales que sean requeridos por las Comisiones de Regidores, están obligados a presentar los informes que se les solicitedentro de los plazos que señale la Comisión respectiva, bajo responsabilidad. Artículo 102”.- Cuando un asunto pase a Informe o Estudio de dos o más Comisiones, podrán reunirse en forma conjunta, en cuyo caso la Presidencia se ejerceráen forma rotativa entre los Presidentes de las Comisio- nes. Artículo 103”.- Las Comisiones Especiales se consti- tuyen por Acuerdo de Concejo para asuntos específicos que no corresponden a ninguna de las Comisiones Perma-nentes, por que su importancia así lo requieran. El Acuer- do determinará con claridad el encargo y plazo de la Comisión. Artículo 104”.- Las Comisiones Especiales se reuni- rán con la frecuencia que requiera el asunto que se les haencomendado. Artículo 105”.- Todo Regidor debe integrar como mínimo una (1) Comisión Permanente, pero el Concejo puede aprobar excepciones a esa regla. Artículo 106”.-Dentro de los treinta días de constitui- das, las Comisiones Permanentes deberán presentar a la Alcaldía, con la firma de su Presidente, el Plan de Trabajo Anual para conocimiento del Concejo Municipal.