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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (04/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 43

RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES W 0060-1998/INDECOPI-CRT Lima, 18 de noviembre de 1998 Expediente N” 0027-97-CRT/<: Renovación de Acreditación de Laboratori o de Ensayos Certificaciones del Perú S.A. - CERPER - Sede 110 VISTA: La solicitud presentada por la empresa Certificaciones del Perú S.A. - CERPER, en el Expediente N” 0027-97- CRT/C, para la renovación de la acreditación de su Labo- ratorio de Ensayos ubicado en la ciudad de 110; Y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N” 040-95INDECOPIKNM la Comisión de Supervisión dca Normas Técnicas, Metro- logía, Control de Calidad y Restricciones Paraarancela- rias, hoy Comisión de Reglamentos Técnicos y Comercia- les, acreditó al Laboratorio de Ensayos de la empresaCertificaciones del Perú S.A. - CERPER, ubicado en la ciudad de 110, por un períod o de dos años contado a partir del 17 de diciembre de 1995, facultándolo a emitir infor- mes de ensayo con valor oficial sobre la base de losmétodos de ensayo, en los campos de prueba y ;ireas de productos, acreditados; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Acreditación de Organismos de Certificac*ión, Orgams- mos de Inspección y Laboratorios de Ensayo y Calibración aprobado mediante Resolucio n N” O26-97/IN DECOPI- CRT la renovación debe ser solicitada 60 días antes del término de la vigencia de la acreditación que se L;e desea renovar; Que, el Informe de la Secretaría Técnica N” 0037-1998/ CRT, en el que se detalla la evaluación realizada por el equipo auditor, tanto al sistema de calidad de la empresasolicitante como a su competencia técnica, recomienda larenovación solicitada, en mérito a los resultados obtenidosen la auditoría que le fuera practicada por dicho equipo; Que, el procedimiento de renovación se desarrolló con arreglo al Reglamento de Acreditación de Organismos de Certificación, Organismos de Inspección y Laboratorios de Ensayo y Calibración, y sobre la base de los requisitostécnicos establecidos en la Guía Peruana GP-ISO/IEC 25 Requisitos generales para la competencia tknica de los Laboratorios de Calibración y Ensayo, aprobada median- te Resolución N” 3-93-INDECOPIXNM; Que, es necesario destacar que la renovaao n de la acreditación de Laboratorios de Ensayo se restringe, de acuerdo al Artículo 5” del Reglamento de Acreditaciónantes citado, a los métodos de ensayo, en los campos de pruebas y en las áreas de productos, en los cuales laentidad solicitante ha demostrado tener competencia técnica. En este sentido, sólo poseen valor oficial los documentos emitidos sobre la base de los métodos de ensayo materia de la acreditación; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técmca, de conformidad co n la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el Reglamento de Acreditación de Orga- nismos de Certifkacitin, Organismos de Inspección y Laboratorios de Ensayo y Cahbración , la Guía Peruana GP-ISO/IEC 25 y con cl acuerdo unánime de sus miem- bros reunidos en sesión de fecha 18 de noviembre de 1998; RESUELVE: Primero. - RENOVAR la Acreditación otorgada al Laboratorio de Ensayos de la empresa Certificaclones del Perú S.A. - CERPER, con sede en 110, para los Metodo s de Ensayo en los Campos de Pruebas y Areas de Productos detallados en la Memoria Descriptiva Marzo - 1998, 2” Ed., y que a continuacicín se indican: CAMPO DE PRUEBAS:Pruebas Biológicas Pruebas Químicas AREA DE PRODUCTOS: - Area de productos vegetales y animalesProductos alimenticios y comestibles (Código 1.1.) Productos animales y pesqueros (excepto alimentos) incluyendo piel y cuero (Código 1.4.) Segundo. - El período de vigencia de la renovación otorgada es de tres años contados a partir del día siguien- te de su publicación en el Diario Oficial, durante su vigencia la acreditación renovada estará sujeta al cumpli- miento de lo dispuesto en el Reglamento de Acreditación de Organismos de Certificación, Organismos de Inspec- ción y Laboratorios de Ensayo y Calibración. Regíst,rese y comuníquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 14142 RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES N” 0061-1998/INDECOPI-CRT Lima, 18 de noviembre de 1998 Expediente N” 002 l-9%CRTK Renovación de acreditación de Laboratorio de Ensayos Sociedad de Asesoramiento Técnico S.A. - SAT VISTA: La solicitud presentada por la empresa Sociedad de Asesoramiento Técnico S.A. - SAT, en el Expediente N” 0021-9%CRT/C, para la renovación de la acreditación de su Laboratorio de Ensayos; y, CONSIDERANDO:Que, el 5 de junio de 1998, la empresa Sociedad de Asesoramiento Técnico S.A. - SAT, solicitó a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales la renovación de la acreditación de su Laboratorio de Ensayos, otorgada por un período de dos años contado a partir del 4 de agostode 1996 mediante Resolución N” 1 l-96-INDECOPIXNM; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Acreditación de Organismos de Certificación, Organis- mos de Inspección y Laboratorios de Ensayo y Calibra-ción, aprobado mediante Resolución N” 26-97/INDECO- PI-CRT, la renovación debe ser solicitada 60 días antes del término de la vigencia de la acreditación que se desea renovar; Que, el Informe de la Secretaría Técnica N” 035199% CRT, en el que se detalla la evaluación realizada por el equipo auditor, tanto al sistema de calidad de la empresasolicitante como a su competencia técnica, recomienda la renovación solicitada, en mérito a los resultados obteni- dos en la auditoría que le fuera practicada por dicho equipo; Que, el procedimiento de renovación se desarrolló con arreglo al Reglamento de Acreditación de Organismos de Certificación, Organismos de Inspección y Laboratorios de Ensayo y Calibración, y sobre la base de los requisitos técnicos establecidos en la GP-ISO/IEC 25 Requisitos generales para la competencia técnica de los laboratorios de calibración y ensayo, aprobada mediante Resolución IL”’ 3-93-INDECOPIKNM. Que, es necesario destacar que la renovación de la acreditación de Laboratorios de Ensayo se restringe, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 5” del Reglamento de Acreditación antes citado, a los métodos de ensayo, en los campos de pruebas y en las áreas de productos, en loscuales la entidad solicitante ha demostrado mantenercompetencia técnica. En este sentido, sólo poseen valor oficial los documentos emitidos sobre la base de los méto- dos de ensayo materia de la acreditación; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el Reglamento de Acreditación de Orga- nismos de Certificación, Organismos de Inspección yLaboratorios de Ensayo y Calibración, la Guía Peruana GP-ISO/IEC 25 y con el acuerdo unánime de sus miem- bros reunidos en su sesión de fecha 18 de noviembre de 1998;