Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 1998 (15/12/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

Pag. 167256 et- ~:b'J:L~W:M~
nistrativa N" 032-CME-PJ, la referida Comision esta facultada para crear, modificar, reubicar, suprimir Distritos Judiciales y los demas organos jurisdiccionales que se requieran, para lograr la eficiencia del servicio, a solicitud de la Corte Superior correspondiente; Que, la Cuarta Disposicion Final y Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Na017-93-JUS, crea la Sala Mixta Descentralizada de Andahuaylas; Que, resulta necesario, acercar el servicio de Administracion de Justicia a las poblaciones de zonas rurales y almandinas. evitando a los pobladores gastos onerosos en traslado, alimentacion y alojamiento, que hacen muchas veces dificiles su acceso a los organos jurisdiccionales correspondientes; Que, es conveniente autorizarla implantacion de la Sala Mixta de Andahuaylas, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ara que itinere a las provincias de Andahuaylas y ChincK MORDAZA, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales de la respectiva Unidad Ejecutora; Que, asimismo es necesario autorizar a la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para que itinere a las provincias de Abancay, Aymaraes, Antabamba y Grau, y atienda a los pobladores de dichas zonas en la solucion de sus conflictos, siempre que la carga procesal lo justifique y existan las disponibilidades presupuestales de la respectiva Unidad Ejecutora; En uso de las facultades conferidas por las Leyes N"s. 26546,26623 y 26695, en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa N" 018-CME-PJ y su modificatoria R.A. N" 032-CME-PJ, y estando alo acordado en la sesion de la fecha; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Implementar la Sala Mixta Descentralizada e itinerante de Andahuaylas, departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, para que itinere a las provincias de Andahuaylas y Chincheros, a partir del 2 de enero de 1999, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales de la Unidad Ejecutora. Articulo Segundo.- Facultese al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA a adoptar las acciones jurisdiccionales y administrativas que MORDAZA necesarias, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Tercero.- El gasto que origine el cumplimiento de la implantacion de la Sala Mixta Descentralizada e itinerante de Andahuaylas y las itinerancias autorizadas por la presente resolucion, se realizaran de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias delPliegoPoderJudicia1, con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 Gerencia General, Pliego Poder Judicial. Articulo Cuarto.- Poner la presente resolucion, en conocimiento del Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General y Gerencia Central de la Reforma de la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial, al Ministerio de Justicia y a la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEZUA MORDAZA 14685 VISTA:

Lima. martcs 1 S de dicicmhrc de 1998

/

La Resolucion Administrativa W 806-CME-PJ de fecha 1 del mes en curso; el Acta de Reunion de Gabinete de zonsulta de esta Corte Superior de fecha 14 de MORDAZA del oresente ano; y, el Proyecto de Modernizacion de los Juzga'los Laborales de MORDAZA, validado en dicha reunion; y, CONSIDERANDO: Que, al haberse aprobado el modelo de organizacion :orporativa del MORDAZA despacho judicial de trabajo del Distrito Judicial de MORDAZA mediante la Resolucion Adminisrativa de la Comision Ejecutiva vista, es necesario implan;ar el diseno validado mediante el Acuerdo de Gabinete de ?sta Corte, que considera la integracion de diez Juzgados Laborales por cada Modulo Corporativo, nueve de los cuales Lienen a su cargo la etapa de conocimiento de los procesos hasta la expedicion del fallo correspondiente; y uno, a cargo ie los procesos en ejecucion de resoluciones finales firmes; Que, por razones de economia, teniendose en cuenta la :arga procesal de los trece Juzgados Laborales Transitorios, resulta conveniente la instalacion de dos de ellos en los modulos, a fin de que se encarguen de los procesos en ejecucion, distribuyendose su carga actual entre los once Juzgados Transitorios restantes, de acuerdo a la especialidad respectiva; Que, asimismo, es facultad de esta Presidencia, designar a los seriores Magistrados Provisionales o Suplentes que deban hacerse cargo de los Juzgados de Ejecucion incorporados a los Modulos Corporativos Laborales de esta a que se contrae 'Corte Superior de Justicia, para los finesdefina su caracter el considerando precedente, mientras se de permanentes dentro de aquellos; Que, por tales razones yen uso de las facultades previstas y otorgadas en los incisos tercero y noveno del Articulo 90" de la Ley Organica del Poder #Judicial; SE RESUELVE: Primero.- DISPONER la incorporacion del Tercer y Octavo Juzgados Transitorios de Trabajo de MORDAZA, al Primer y MORDAZA Modulos, de los Juzgados Corporativos Laborales respectivamente, para hacerse cargo de las causas que se encuentren en estado de ejecucion, a partir de carga cero. Segundo.- DISTRIBUIR la carga de tramite del Tercer Juzgado Transitorio de Trabajo de MORDAZA, de la siguiente manera: Expedientes de los anos 1986 a 1993 inclusive seran asumidos por el 13" Juzgado de Trabajo; Expedientes del ano 1994 seran asumidos por el 9" Juzgado de Trabajo, Expedientes del ano 1995, seran asumidos por el 10" Juzgado de Trabajo y la carga del ano 1996 sera repartida equitativamente entre el 14" y 15" Juzgado de Trabajo de Lima. Tercero.- DISTRIBUIR la carga de ejecucion del Octavo Juzgado Transitorio de Trabajo de MORDAZA, de la siguiente manera: Expedientes del ano 1976 a 1992 inclusive seran asumidos por el 4" Juzgado Transitorio de MORDAZA, Expedientes del ano 1993 y 1994 seran asumidos por el ler. Juzgado Transitorio de MORDAZA, Expedientes del ano 1995 seran asumidos por el 2" Juzgado de Trabajo; Expedientes del ano 1996 seran asumidos por el 18" Juzgado Transitorio de Lima. Cuarto.- ENCARGAR a la Presidencia de la Comision Distrital de la Magistratura y a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que en coordinacion con la administracion de esta Corte? dirijan el MORDAZA de redistribucion de expedientes y de implantacion a que se refieren los articulos precedentes, vigilando que los justiciables tengan permanente informacion respecto de sus procesos. Quinto.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez del Tercer Juzgado Laboral Transitorio en reemplazo de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a quien se le dan las MORDAZA por los servicios prestados; y, a la doctora MORDAZA MORDAZA Florindez MORDAZA, en lugar de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien debe asumir el Decimo Juzgado Laboral Transitorio en reemplazo de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a quien tambien se le dan las MORDAZA por los servicios prestados; designaciones y termino de funciones que regiran a partir del 15 de diciembre del presente ano. Sexto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma; de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Supervision de Personal de la misma, Fiscalia de la

1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen la incorporacion de Juzgados Transitorios de Trabajo de MORDAZA a Modulos de Juzgados Corporativos, Laborales
RJBOLUCION ADMWISTRATlVA PP 304-98 MORDAZA, 14 de diciembre de 1998

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.