Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 1998 (15/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

I.ima, martcs 15 dc Jicicmhre de 19% CONSIDERANDO: Que, el Articulo 47" de la Constitucion Politica del Peru, establece que la defensa de los intereses del Estado, esta a cargo de los Procuradores Publicos, quienes actuan conforme a ley; Que, el Articulo 18" del Decreto Ley N" 17537, que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, prescribe que, los Procuradores Generales de la Republica Titulares y Procuradores Adjuntos, podran conferir poder en juicio, por acta o delegar su representacion por simple escrito judicial, en favor de los abogados auxiliares; Que, la facultad descrita en el parrafo precedente, fue ampliada posteriormente, a traves del Decreto Supremo N" 019~82-JUS, de fecha 9 de agosto de 1982, para que la delegacion de la representacion, tambien, pueda ser otorgada a favor de abogados que laboren en cualquier reparticion u organismo del Poder Ejecutivo a nivel nacional; Que, el normal desarrollo de la Defensa Judicial de los intereses del Estado se viene afectando a consecuencia de, la exigencia que algunos magistrados hacen a los Procuradores, de cenir la extension de la representacion en juicio a lo dispuesto en el Articulo 72" del Codigo Procesal Civil, que senala que el poder para litigar se puede otorgar solo por Escritura Publica; Que, es conveniente precisar que el D.L. N" 17537 y sus normas complementarias, constituyen una normatividad especial expedida con arreglo al MORDAZA parrafo del Articulo 47" de la Constitucion, y que en tal virtud, prevalecen sobre cualquier MORDAZA general, por lo que no resulte de aplicacion la exigencia a la que se contrae el Articulo 72" del Codigo Procesal Civil a los casos de la delegacion de representacion conferidas por los Procuradores en juicio; Estando a lo acordado por la Comision Ejecutiva del Poder Judicial y en uso de las facultades conferidas por el Articulo lo" numeral 15 del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion W 263-96-SE-TP-CMEPJ; SE RESUELVE: Articulo Unico.- La delegacion de representacion en juicio conferida por los Procuradores Generales de la Republica y Procuradores adjuntos, en su caso, se rige por lo establecido en el Articulo 18" del D.L. N" 17537, ampliatorias, modificatorias y conexas, incluyendo los Decretos Supremos Nos. 019~f32-JUS del 9 de agosto de 1982 y 015-90-JUS del 21 de setiembre de 1990; en consecuencia, los Procuradores encargados de la defensa de los intereses del Estado podran conferir poder en juicio, por acta o delegar su representacion por simple escrito judicial en favor de los abogados auxiliares. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 14683

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zanizacion Integral del Poder Judicial, incluyendo las maserias referidas a la MORDAZA Judicial y Estatuto Organico le1 Magistrado; Que, es interes fundamental de la Comision Ejecutiva le1 Poder Judicial elevar el nivel academico de los Magistralos, promoviendo su participacion en actividades decapacitacion y actualizacion, en tanto no se afecte el normal lesenvolvimiento de la actividad jurisdiccional; Que, la Corte Superior de Justicia de MORDAZA con Oficio N" L241-98P-SA-CSJWPJ del 1 de diciembre de 1998 comunica la realizacion de la Jornada de Especializacion "Procelimientos y Etica en el Tratamiento del Maltrato y del 4buso Sexual Infantil", organizado por el Centro de Desarrollo y Asesoria Psicosocial (!EDAPP, a realizarse en la :iudad de MORDAZA el dia 16 de diciembre de 1998; Que, la Jornada de Especializacion "Procedimientos y Etica en el Tratamiento del Maltrato y del Abuso Sexual lnfantil", se inserta dentro de los Planes de Mejoramiento ie la Administracion de Justicia, por lo que resulta conveniente autorizar la participacion de los Magistrados y Eonceder las licencias correspondientes; En uso de las facultades conferidas por las Leyes N"s. 26546, 26623 y 26695, las Resoluciones Administrativas N"s. 018~CME-P-J y 032~CME-PJ, y estando a lo acordado en la Sesion de la fecha: SE RESUELVE: Primero.- Autorizar la participacion de las Magistradas que se mencionan a continuacion en la Jornada de Especializacion "Procedimientos y Etica en el Tratamiento del Maltrato y del Abuso Sexual Infantil" organizada por el Centro de Desarrollo y Asesoria Psicosocial CEDAPP, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA el dia 16 de diciembre de 1998.
DRA. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DRA. MORDAZA OYARCE MORDAZA DRA. MORDAZA ANICAMA MORDAZA VOCAL SUPERIOR VOCAL SUPERIOR JUEZ DE FAMILIA

Segundo.- Conceder licencia con goce de haber a las Magistradas mencionadas en el articulo anterior el dia 16 de diciembre de 1998, debiendo presentar un Informe a la Comision Ejecutiva de la actividad academica realizada. Tercero.- El cumplimiento de la presente resolucion no irrogara gasto alguno al presupuesto del Poder Judicial. Cuarto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GUTIERRE2 MORDAZA PEZUA MORDAZA 14684

Implementan Sala Mixta DescentralizaCOMISION EJECUTIVA da e Itinerante de Andahuaylas, Distrito Judicial de MORDAZA

DEL PODER JUDICIAL

Autorizan participacion de magistradas en jornada de especializacion "Procedimientos y Etica en el Tratamiento del Maltrato y del Abuso Sexual Infantil"
RESOLUCLON ADMINISTRATIVA N" 820~CME-PJ MORDAZA, ll de diciembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, por Ley N" 26546 se crea la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, encargada de la gestion y gobierno del Poder Judicial, funciones que han sido ampliadas por la Ley N 26623, encargandosele ademas la Feestructuracion y Reor-

RESOLUCION ADMINISTRATIVA N" 821~CME-PJ MORDAZA, ll de diciembre de 1998 VISTOS: La solicitud de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA del 19 de noviembre de 1998, y lo opinado por la Secretaria Ejecutiva mediante Informe N" 037-98GEV-GCR-PJ y demas documentos adjuntos; CONSIDERANDO: Que, mediante LeyN"26546, sus modificatorias y ampliatorias Leyes N"s. 26623 y 26695, se crea la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, la misma que ha asumido por un periodo de excepcion, las funciones de gobierno y gestion de este Poder del Estado; Que, conforme el numeral 5. ll del Articulo 5" del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa W Ol&CME-PJ, modificada por Resolucion Admi-

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