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Pág.167260 ~lpéruan~~:Ul;l,~rl~~ I.ima, martes 1.5 de diciembre de 199X EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Lima - Sudame- ris, para el cierre de la oficina especial “IMUPESA”, ubicada en el terminal del almacenamiento de la Almacenera Inver- siones Marítimas Universales Perú S.A., situada en la Av. Néstor Gambeta N” 5502, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao: y,Estando a lo acordado por el Directorio del Indecopi en su sesión de fecha 24 de noviembre de 1998; y, En uso de la facultad que confiere el inciso e) del Artículo 5” del Decreto Ley N” 25868; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el cierre solicitado; Estando a lo informado por el Intendente de Análisis y Supervisión de Intermediarios Financleros “C” mediante Informe N” ASIF “C’‘-254-OTi98; y. De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32” de la Ley N” 26702 - Ley Genera1 del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, la Circular N” B-1996-97; yen virtud de la facultad delegada mediante ResolucIón SBS N” 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco de Lima Sud- ameris, el cierre de la oficina especial “IMUPESA”. ubicada en el terminal de almacenamiento de la Almacenera Inver- siones Marítimas Universales Peru S.A., situada en la Av. Néstor Gambeta N” 5502. distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 14696 INDECOPI Facultan a la Administración del INDE- COPI para suscribir convenios de con- clusión y delegación de funciones con el Colegio de Abogados y la Cámara de Comercio de Lima, respectivamente RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI N” 046.1998-INDECOPUDIR Lima, 14 de diciembre de 1998 CONSIDERANDO: Que con fecha 4 de febrero de 1998 y al amparo de lo establecido en el Artículo 2” del Decreto Legislativo N” 788, el Indecopi suscribió con el Colegio de Abogados de Lima un Convenio de Delegación de Funciones por el cual se delegó en dicha institución el ejercicio de funcIones relativas a la Comisión de Salida del Mercado; Que en virtud a dicha delegación de funciones, por Resolución N” 007.1998.INDECOPIiDIR de fecha 4 de febrero de 1998, se designó a los miembros de la Comisión de Salida de Mercado conformada en el (‘olegio de Abogados de Lima; Que el Indecopi y el Colegio de Abogados de Lima han estimado pertinente, de mutuo acuerdo, dar por concluida la delegación de funciones, poniéndose a consideración de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y del Directorio del Indecopi el respectivo proyecto de Convenio de Conclusión de Delegación de Funciones, en el cual se garantiza la debida atención de la carga procesal en giro; Que con el propósito de cont.ribuir a la desconcentración de funciones de la Comisión de Salida del Mercado del Indecopi y procurar celeridad en la atención de los expedien- tes promovidos en materia de reestructuración patrimo- nial, el Directorio del Indecopi ha aprobado la suscripción de un nuevo Convenio de Delegación de Funciones, el mismo que tendrá como institución delegad:1 a la Cámara de Comercio de Lima;-RESUELVE: Artículo lo.- Facultar a la Administración del Indecopi a suscribir el Convenio de Conclusión de Delegación de Funciones con el Colegio de Abogados de Lima, con efecti- vidad a partir del 15 de diciembre de 1998. Artículo 2”.- Facultar a la Administración del Indecopi a suscribir un Convenio de Delegación de Funciones con la Cámara de Comercio de Lima, con efectividad apartirdel15 de diciembre de 1998. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ BOZA D. Presidenta del Directorio 14696 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Instauranprocesoadministrativodisci- plinario a servidores de la Municipali- dad RESOLUCION DE ALCALDIA N” 231-98MDPN Punta Negra, 9 de diciembre de 1998 VISTO; el Informe N” Ol-98/CPPAD/MDPN de la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos Disciplina- rios. CONSIDERANDO: Que, mediante el informe de visto de fecha 5 de diciem- bre último, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios comunica que evaluado el informe del señor Juan Ríos Ríos, capataz del personal obrero del Municipio y del Jefe de Personal de esta comuna, se llega a establecer que el día 19 de noviembre del presente año, los servidores obreros CIRILO MARCATOMA CAHUANA, FLORENTINO SALDARRIAGA AREVALO y WILSON CHUJUTALLE SABOYA, a horas 7.00 a.m., concurrieron a su centro de trabajo y marcaron su tarjeta de control, dirigiéndose posteriormente a cumplir con sus labores coti- dianas de servicio de baja policía; sin embargo, los citados servidores abandonaron el servicio para dedicarse a consu- mir bebidas alcohólicas, llegando a horas doce del día en completo estado de ebriedad, a las oficinas de Maestranza del Municipio y al ser detectados se retiraron sin registrar el marcado de su salida. Que, los hechos anteriormente expuestos han sido co- municados a la Dirección Municipal por el capataz del Municipio, mediante informe de fecha 19 de noviembre último y corroborado por el Jefe de Personal, mediante informes de fechas 2 1 de noviembre y 1 de diciembre último, y vendrían a constituir falta de carácter disciplinario pre- visto en el Inc. c) del Art. 21”e Incs. c), d) y g) del Art. 28” del Decreto Legislativo N” 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, ya que al consumir bebidas alcohólicas en horas trabajo y abandonar el servicio encomendado consti- tuyen actos de grave indisciplina y negligencia inexcusable en el desempeño de sus funciones. Por las consideraciones expuestas y estando a lo reco- mendado por la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 47” de la Ley Orgánica de Municipalidades N’ 23853 y el Art. 163” y siguientes del D.S. N” 00590-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario a los servidores municipales: CIRILO MAR-