Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 1998 (15/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

I,ima. MORDAZA 15 de dicicmhre de 1998

CATOMA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA CHUJUTALLE MORDAZA, por los cargos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Los emplazados tienen el derecho de formular sus descargos y presentar las pruebas que estimen convenientes por ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios dentro de los cinco dias habiles de efectuada la publicacion en el Diario Oficial EI Peruano. Articulo Tercero.- Notifiquese la presente resolucion de acuerdo a ley. Registrese, comuniquese y cumplase M. MORDAZA MORDAZA H. MORDAZA 14688

MUNI[CXPALl[DAD DE SAN MKSUEL
Disponen solicitar a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA se declare en emergencia el Circuito de Playas en el sector correspondiente a las jurisdicciones de San MORDAZA y MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION DE ALCALDIA N" 2041-98 San MORDAZA, 9 de diciembre de 1998 LAALCALDIA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 65" de la Ley N" 23853, Ley Organica de Municipalidades, es funcion municipal, entre otras, la de mantener y en la medida de sus recursos, construir la infraestructura MORDAZA vial; Que, la propia Ley Organica de Municipalidades ha establecido tambien en sus Articulos 130" y 136" inciso 5) que la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana ejerce jurisdiccion sobre el territorio del Cercado y la provincia de MORDAZA, siendo funcion del MORDAZA Metropolitano el mantener y construir la infraestructura urbana; Que, bajo esta disposicion, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobo, mediante Decreto de Alcaldia N 002-92-MLM de fecha 10 de enero de 1992, la Clasificacion de Vias segun el Plan Vial Met.ropolitano integrado en el Plan de Desarrollo Metropolitano MORDAZA - Callao 1990-2010 aprobado por Acuerdo de Concejo N" 287 del 1 de diciembre de 1989 y puesto envigencia por Decreto de Alcaldia N" 1279%MLM; Que, el citado Decreto de Alcaldia N" 002-92-MLM modificado por Decreto de Alcaldia N" 006-92-MLM apruebala Clasificacion de Vias. estableciendose con claridad aue la Via Circuito de Plavas. tuvo tramo va desde la Av. La Paz.. hasta el tunel en La"Herra"dura, constituye una VIA NA: CIONAL Y EXPRESA: Que, en ese sentido, conforme a lo dispuesto en el Articulo 4" del Decreto Legislativo N" 676 del 6 de octubre de 1991, es responsabilidad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la construccion, mejoramiento, rehabilitacion y conservacion de la Red Vial Nacional establecida en el Decreto Supremo N" 062~85TC y normas complementarias y modificatorias; Que, adicionalmente, el Articulo 3" del Decreto de Alcaldia N" 002-92-MLM establece que la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana tiene a su cargo el mantenimiento, rehabilitacion, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las vias EXPRESAS, entre otras, correspondiendo a las Municipalidades Distritales el mantenimiento, rehabilitacion, senalizacion, ornato y mobiliario MORDAZA de las

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vias COLECTORAS DISTRITALES y las vias LOCALES, conforme al Articulo 4" de dicho decreto; Que, refuerza esta disposicion, el Decreto de Alcaldia N 937 del 7 de MORDAZA de 1997, dictado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, estableciendo en su Articulo 5" que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su rargo el mantenimiento, rehabilitacion, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las Vias Expresas, Arteriales y Colectoras del Sistema Vial Metropolitano, ademas de todas las vias del Cercado de MORDAZA, siendo competencia de las Municipalidades Distritales unicamente las Vias Locales de acuerdo con las normas establecidas por la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conforme dispone el Articulo 6" de dicha norma; Que, a todo lo expresado anteriormente, debe tenerse presente que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha aprobado la Ordenanza N" 132, - Ordenanza MORDAZA del MORDAZA en la provincia de MORDAZA - de fecha 24 de noviembre de 1997, la cual establece las disposiciones normativas generales de regulacion de la circulacion por las vias publicas y el MORDAZA en la provincia de Lima; MORDAZA que, por su naturaleza, tiene rango de ley; Que, los Articulos 5" y 6" inciso c) de la ordenanza preceptua como competencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA regular y administrar la circulacion en las vias publicas de la provincia de MORDAZA, asi como la de establecer la clasificacion, caracteristicas y condiciones de las vias, ratificandose, de esta forma, los Decretos de Alcaldia MORDAZA aludidos; Que, el Articulo 6" del Decreto de Alcaldia N" 002-92MLM modificado por el Decreto de Alcaldia N" 134-92-MLM establece que el cierre temporal de tramos de las vias EXPRESAS, entre otras, por razones de seguridad y de realizacion de eventos de interes publico, solamente sera autorizado por la Secretaria Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana; Que, el MORDAZA juridico expresado permite a esta Corporacion Edilicia desvirtuar las afirmaciones tendenciosas expresadas por algunos medios de comunicacion respecto a la competencia de la Municipalidad en el mantenimiento del Circuito de Playas y la supuesta responsabilidad por los accidentes que ocurren en esta via expresa, cuando es MORDAZA que, por su condicion, no corresponde atender a esta corporacion, sino unicamente respecto de sus vias locales; Que, no obstante ello, la Municipalidad de San MORDAZA es consciente del peligro que constituye esta via expresa al comprender taludes practicamente verticales, produciendose permanentes deslizamientos de piedras y tierra, sea por hechos naturales o artificiales ocasionados por terceros o por la propia vibracion producida por el intenso flujo vehicular y la excesiva velocidad de los conductores; Que, lo anteriormente expresado se materializa en la actuacion decidida de esta corporacion tomando medidas de prevencion en el sector del Circuito de Playas correspondiente a esta jurisdiccion, practicando las coordinaciones con el Instituto Nacional de Defensa Civil y EMAPE para realizar las obras de acondicionamiento y mantenimiento de los acantilados, procediendose a la desocupacion de todos los predios ubicados en la parte alta del acantilado, y declarando MORDAZA rigida la circulacion de vehkulos de transporte publico y de carga, mediante Resolucion de Alcaldia N" 96096 del 27 de MORDAZA de 1996; Que, adicionalmente, la corporacion ha realizado acciones preventivas mediante un Plan de Operaciones con ocasion del Fenomeno del MORDAZA, conforme se puede apreciar del Oficio N" 054-98ALCMDSM dirigido al MORDAZA Metropolitano, y del Oficio N" 003-98ALCMDSM dirigido al Director Regional de Defensa Civil, asi como la limpieza permanente que la Direccion de Servicios Comunales de esta corporacion realiza en el sector de esta via, y la colocacion de senales preventivas; Que, la Division de Defensa Civil ha evacuado los Informes Tecnicos N"s. 020-98-MDSM-DDC y 021-98MDSM-DDC los cuales recomiendan la solicitud al Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI- el levantamiento topografico del Sector San MORDAZA y MORDAZA, considerando las zonas criticas, asi como las labores de desquinchado en los acantilados y solicitando a INVERMET el proyecto definitivo para el tratamiento de los acantilados de la Costa MORDAZA, como ente encargado de realizar dicho estudio, asi como la declaratoria en emergencia de dicha via y el cierre del MORDAZA vehicular;

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