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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (30/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 31

Lima, miércoles 30 de diciembre de 1998 c[pémrano Pág.168029 Conforme a lo prescrito en el Decreto Supremo N” 135-94- EF, las retribucionesycomplementos no afectos acargas socia- les, comprenden gastos como: beneficios que se perciben en forma regular y continua no afectos a cargas sociales. 06. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS- LEY DEL SERVICIO DIPLOMATICO Gastos por retribuciones y complementos afectos y no afec- tos a cargas sociales. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N’ 135-94- EF, las retribuciones y complementos afectos a cargas sociales, comprenden gastos como: Remuneración Básica. Remunera-ción Reunificada, Remuneración Transitoria para Homologa-ción, Bonificación Personal, Bonificación Familiar, Refrigerio y Movilidad y Decretos de Urgencia N°s. 090-96 y 073-97 y demás bonificaciones otorgadas que tengan la misma naturaleza. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N’ 135-94- EF, las retribuciones y complementos no afectos a cargas socia- les , comprenden gastos como : Bonificación por Ingreso Consular y Remuneración por Servicio del Exterior y otros , beneficios que se perciban en forma regular y continua no afectos .+ cargas sociales. 07. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS-PERSO- NAL MILITAR Y POLICIAL Gastos por retribuciones y complementos afwtos y no afec- tos a cargas sociales. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N’t35-94- EF,las retribuciones y complementos afectos acargas sociales, comprenden gastos como: Remuneración Básica, Remunera- ción Reunificada, Remuneración Transitoria para Homologa-ción, Bonificación Personal, Bonificación Familiar, Refrigerio y Movilidad, Bonificación Especial por desempeño de cargos queconllevanalcumplimientodefuncionesymetas institucionales y Decretos de Urgencia N”s. 090-96 y 073-97 y demás honifica- ciones otorgadas que tengan la misma naturaleza. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N’135-94- EF, las retribuciones y complementos no afectos u cargas socia- les, comprenden gastoscomo: Bonificación Especial por prestarservicios en Zonas Declaradas en Estado de Emergencia por Acciones Subversivas, Bonificación Especial por Prestar Servi-cios en condición de Embarcado, Bonificación por Dedicación Exclusiva, Bonificación Especial por Servicio de Calle , Bonifica- ción Especial por Calificación y/o Servicio, Retraso en cl Ascen- so , Bonificación por Riesgo de Vida , Compenzación por Ejercicio de la Docencia, Propinas para Cadetes, Alumnos. Tropa y especialidades, Asignación por Licenciamiento o término de Contrato de Reenganche del Personal de tropa y demás beneti- cias contemplados para el personal militar y policia;, que se rciban en forma regular y continua no afectos a cargas socia- re,. 08, RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS-CONTRA- pRbCM%O INDETERMINADO (REGIMEN LABORAL Gastos por retribuciones y complementos de contratos a plazo indeterminado afectos y no afectos a cargas sociales. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N’135-94- EF, las retribuciones y complementos afectos a cargas sociales, comprenden gastos como: Remuneración Básica, Remunera-ción Reunificada, Remuneración Transitoria para Homologa- ción Bonificación Personal , Bonificación Familiar , Refrigario y Movilidad , asi como otras bonificaciones y asignaciones dispucs- tas por dispositivos específicos o por convenio colectivo Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N’ 135-94. EF, las retribuciones y complementos no afectos a cargas socia- les, comprenden gastos como :Beneficios que se perciban en forma regular y continua no afectos a cargas sociales. OS. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS-OBRE- ROS PERMANENTES Gastos por retribuciones y complementos afwtos 4 no afec- tos a cargas sociales. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N” 135-94 EF, las retribuciones y complementos afectos a cargas sociales, comprendengastoscomo: Remuneración Básica, Costo deVida y otras del Obrero Permanente. Conformea lodispuesto por el Decreto Supremo N’ 135-94- EF, las retribuciones y complement.os no afectos a cargas socia- les, comprenden gastos como: Beneficios que se perciban enforma regular y continua no afectos a cargas sociales. 10. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS - CON- TRATOS A PLAZO FIJO Gastos por remuneraciones de personal (emplead o u obre- ro) contratado por tiempo determinado , bajo cualquier régimenlaboral (sea público privado) , cuando lo requieren las necesida-des del servicio. Asimismo, se incluyen los egresos por conceptodel Servicio Rural Urbano y Marginal de Salud - SERUMS. ll. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Gastos por cargas sociales que la entidad estatal deberá pagar, en su condición de empleador! tales como: aportes a los fondos de salud, retiro, pensiones y vwienda; y las contribucio- nes al Instituto Peruano de Seguridad Social (caja enfermedad y maternidad) y el Impuesto Extraordinario de Solidaridad. En el caso de los pagos por concepto del impuesto Extraor- dinario de Solidaridad correspondiente al personal que prestaservicios por la legislación civil, cuando el servicio sea prestado en el lugar y horario designado por quien lo requiere y cuando el usuario proporcione los elementos de trabajoyasumalosgastos que la prestación del servicio demanda, su registro se efectuaráen la Específica del Gasto 27.Servicios No Personales. 12. OTROS BENEFICIOS Gastos de sepelio y luto, por fallecimiento del servidor y sus familiares directos (Art. 144” del Decreto Supremo N” 005-90- PCM) así como del cesante. Asimismo comprende gastos de bonificaciones por gasolina , racionamiento y mayordomía (en elcaso de personal militar y policial); seguro médico; apoyo esco- lar: apoyo alimentario u otras de igual naturaleza. 13. GASTOS VARIABLES Y OCASIONALES Gastos de enseñanza (por actividad no específica del cargo), guardias hospitalarias, compensación por tiempo de servicios; asignación por cumplir 25 y 30 años de servicios al Estado ybonificación adicional por vacaciones y compensación vacacio- nal (vacaciones truncas). También incluye los aguinaldos, la escolaridad que se abona al servidor público activo o cesante,según corresponda. Asimismo, comprende otros gastos even- tuales u ocasionales. 14. PENSIONES Gastos por el pago a pensionistas a cargo del Estado; así como por pensión de sobreviviente, invalidez y cualquier otra percepción de la misma naturaleza que implique pago pecunia- rio proveniente de un vínculo laboral (directo o indirecto) con el Estado. 15. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS -CON- TRATOS A PLAZO FIJO/LEY DEL PROFESORADO Y SU MODIFICATORIA Gastos por remuneraciones de personal docente, contratado a plazo fijo cuando lo requieren las necesidades del servicio. 20. VIATICOS Y ASIGNACIONES Gastos por alimentación, hospedajeymovilidadlocal, según sea el caso cuando el funcionario o servidor público se desplaza fuera de la localidad o de su centro de trabajo, por comisión de servicio con el carácter de eventual o transitorio. Entiéndase como centro de trabajo a la repartición donde el servidor ejerce sus funciones con el carácter de permanente. Incluye también, el gasto de viáticos y asignaciones del personal calificado, que no siendo funcionario o servidor público, viaja representando al Estado como jefes de delegaciones oficia- les o para el desempeño de determinadas acciones técnicas necesarias para la entidad . Asimismo , incluye los gastos ocasio- nados por personal visitante de otros organismos, en calidad dedelegado, representante o similares. 21. VIATICOS Y FLETES (CAMBIO DE COLOCA- CION) Gastos por cambio de colocaci6n del personal así como de su familia, según sea el caso, que por razones del servicio estrasladado temporalmenre de su unidad o sede de origen; el gasto incluye viaticos y fletes por menaje y enseres dom6sticos y desembolsos iniciales. 22. VESTUARIO Gastos por la adquisición. confección y acabad o de uniformes y vestuario. así como de calzado, tejidos y otros accesorios. 23. COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES Gastos por la adquisición de elementos destinados a la combustión. carburación y lubricación. 24. ALIMENTOS DE PERSONAS Gastos por alimentos, así como por la alimentación de personas internadas en centros hospitalarios, educativos, de