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Pág.168028 ~~~~:Wti:M~ Lima, miCrcoles 30 de diciembre de 1998 inmuebles, bienes de capital y equipamiento necesarios para el desarrollo de acciones de carácter permanente, así como los gastos de capital sin contraprestación. 8. INTERESES Y CARGOS DE LA DEUDA Gastosporelpagodeintereses,comisionesyotroscargospor operaciones de crédito contratadas. 9. AMORTIZACION DE LA DEUDA Gastos por los pagos del principal y de la actu.alización monetaria o cambiaria, referente a operaciones de cn8dito con- tratadas. 10. RESERVA DE CONTINGENCLA Gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de las Entidades del Sector Públi- co. De uso exclusivo del Ministerio de Economía y Finanzas. C. MODALIDADES DE APLICACION ll. Aplicaciones Directas Gastos que se realizan directamente, sin efectuarse transfe- rencias de recursos. 20. Transferencias a Municipios Gastos por transferencias financieras de recursos, a Gobier- nos Locales. 21. Transferencias a los Consejos Transii.orios de Administración Regional- CTARa y ala Corporación de Desarrollo Lima-Callao Gastos por transferencias financieras de recursos a los Consejos Transitorios de Administración Regional - CTAR y a la CORDELICA. 22. Transferencias a otros Organos de Gobierno Gastos por transferencias financieras de recursos a otros órganos de Gobierno no contemplados en otras modalidades. 30. Transferencias alas Sociedades de Beneficencias Públicas Gastos por transferencias financieras de recursos a las Sociedades de Beneficencias Públicas. 31. Transferencias a Empresas Gastos por transferencias financieras de recursos efectua- dasenaplicacióndenormalegalexpresaydestinadasaatender gastos de empresas. 32. Transferencias a Fondos y Fundaciones Gastos por transferencias financieras de recunws efectua- das en favor de entidades creadas bajo la forma de fondos y fundaciones. 40. Transferencias a Instituciones Privadas Gastos por transferencias financieras de recursos a entida- des que no tienen vínculo con la administración pública. 50. Transferencias al exterior - Gobiernos,, Organis- mos Internacionales y Fondos Internacionales Gastos por transferencias financieras de recursos, cono sin contraprestaciónde bienesy/oservicios, aorganismosyentida- des gubernamentales pertenecientes a otros países, a Organis- mos Internacionales provenientes de compromisos firmados anteriormente, inclusive aquellos que tengan sedeo reciban los recursos en el Perú, y a fondos instituidos por diversos países como consecuencia de Ley expresa. D. ESPECIFICAS DEL GASTO 01. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS-LEY DE BASES DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA Gastos oor retribuciones y complementos afectos y no afec- tos a cargas sociales. Conforme alo dispuesto or el Decreto Supremo N”. 135-94 EF, las retribuciones y comp ementos afectos a cargas sociales, P comprenden gastos como: Remuneración Básica, Remunera- ción Reunificada, Remuneración Transitoria para Homologa- ción, Bonificación Personal, Bonificación Familiar, Refrigerio yMovilidad, Bonificación Especial del Decreto Supremo N” 051- Bl-PCM y bonificaciones especiales de los Decretos de Urgencia Nos. 37-94, 090-96, 019-97 y 073-97 y demás bonificaciones otorgadas que tengan la misma naturaleza. ConformealodispuestoporelDecretoSupremoN”. 135-94- EF, las retribuciones y complementos no afectos a cargas socia- les, son las consideradas por los Decretos Supremos N”s. 067-92- EFy025-93-PCM, asícomola asignaciónexcepcional del Decre- to Supremo N” 276-91-EF. 02. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS - LEY DEL PROFESORADO Y SU MODIFICATORIA Gastos por retribuciones y complementos afectos y no afec- tos a cargas sociales. Conforme alo disouesto oor el Decreto Supremo N” 135-94- EF, las retribuciones-y complementos afectosã cargas sociales, comprenden gastos como: Remuneración Básica, Remunera- ción Reunificada, Remuneración Transitoria para Homologa- ción BonifkacihPersonal, Bonificación Familiar, Refrigerio y Movilidad, diversas bonificaciones y asignaciones excepciona- les, tales como lo dispuesto por los Decretos Supremos N”s. 154- 91-EF y 051-91-PCM, Decreto Ley N” 25671, Decretos Supre- mos N”s. OSI-93-EF y 19-94-PCM y Decretos de Urgencia N”s. 80-94,090-96 y 073-97 y demás bonificaciones otorgadas que tengan la misma naturaleza. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N” 135-94- EF, las retribuciones y complementos no afectos a cargas socia- les, comprenden gastos como: bonificación por preparación de clases, bonificación por desempeño del cargo y preparación de documentos de gestión, bonificación por zona diferenciada por laborarenzonadefronteraselva,zonarural,alturaexcepcional, zona de menor desarrollo relativo y emergencia, diversas boni- ficaciones y asignaciones excepcionales, tales como lo dispuesto por el Decreto Supremo N” 261-91-EF, Decreto Supremo Ex- traordinarioN”21-PCMI92y Decreto Supremo Extraordinario N” 077-93-/KM. 03. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS - LEY DE ptiAC&RRERA MEDICA Y PROFESIONALES DE LA Gastos por retribuciones y complementos afectos y no afec- tos a cargas sociales. Conforme a lo dismlesto por el Decreto Supremo N” 135-94- EF, las retribuciones-y comphmentos afectos; cargas sociales, comprenden gastos como: Remuneración Básica, Remunera- ción Reunificada, Remuneración Transitoria para Homologa- ción Bonificación Personal, Bonificación Familiar, Refrigerio y Movilidad, diversas bonificaciones y asignaciones excepciona- les, tales como lo dispuesto por el Decreto Supremo N” 153-91- EF, Decreto Ley N” 25671, Decreto Supremo N” 081-93-EF, Decreto Supremo N” 19-94-PCM, Decretos de Urgencia N”s. 80 y 118-94, 090-96, 098-96 y 073-97 y demás bonificaciones otorgadas que tengan la misma naturaleza. Conforme alo dispuesto por el Decreto Supremo N” 135-94- EF, las retribuciones y complementos no afectos a cargas socia- les, comprenden gastos como: bonificación diferencial por labo- rar en zonas rurales y urbano marginales y zonas declaradas en emergencia (Art. 184” - Ley N” 25303), diversas bonificaciones y asignaciones excepcionales o especiales tales como lo dispues- to por el Decreto Supremo N” 040.92-EF. 04. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS-CARRB- RAJUDICIAL Gastos por retribuciones y complementos afectos y no suje- tos a cargas sociales. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N” 135-94- EF, las retribuciones-y complementos afectos a cargas sociales, comprenden gastos como: Remuneración Básica, Remunera- ción Reunificada, Remuneración Transitoria para Homologa- ción Bonificación personal, Bonificación Familiar, Refrigerio y Movhidad y Bonificación Especial. Conforme a lo prescrito en el Decreto Supremo N” 135-94- EF, las retribuciones y complementos no afectos a cargas socia- les, comprenden gastos: como beneficios que se perciben en forma regular y continua no afectos a cargas sociales. o5.RETRIBucIoNEsYcoMPLEMENTos-LEYUNI- vERsm4RIA Gastos por retribuciones y complementos afectos y no afec- tos 8 cargas sociales. Conforme alo dispuesto por el Decreto Supremo N” 135- 94-EF, las retribuciones y complementos afectos a cargas sociales, comprenden gastos como: Remuneración Básica, Remuneración Reunificada, Remuneración Transitoria para Homologación, Bonificación Personal, Bonificación Familiar, Refrigerio y Movilidad, Decretos de Urgencia N”s. 090-96 y 073-97 y demás bonificaciones otorgadas que tengan la mls- ma naturaleza.