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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (30/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 17

Lima, miércoles 30 de diciembre de 1998 cada uno de los países miembros del denominado Club de París serán aprobados mediante Resolución Ministerial de Economía y Finanzas; Que, mediante Nota RN/PDH-011298 de fecha 1 de diciem- bre de 1998, el Gobierno del Reino de los Países Bajos comunicó al Gobierno de la República del Perú. su decisión de condonar el servicio correspondiente al año 19980de la deuda proveniente de los préstamos concesionales que otorgara a través de l Nedcr- landse Investeringsbank voor Ontwikkelingslanden N.V.(NIOr; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Crédito Público y la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 26893 y el Decreto Supremo N° 096-96-EF; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la condonación del servicio correspon- diente al año 1998 de la deuda proveniente de los préstamosconcesionales otoreados por el Gobierno del Reino de los Países Bajos a través del Nederlandse Investeringsbank voor Ontwikke- lingslanden N.V. (NIO), por un monto de Fl.Hl. 10 65X 543,96 (DIEZ MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES Y 96/100 FLORINES HOLANDESES) Artículo 2°.- Los deudores originales relacionados a las deudas mencionadas en el artículo precedente, deberãn conti- nuarcumpliendoconlasnormasestablecidas para elpagode laDeuda Externa, así como aquellas que se emitan en el futuro referidas alas deudas consolidadas en el Marco do la MI nuta del Club de París. Regístrese, comuníquese y publíqueseJORGE FRANCISCO BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas 15253 Modifican artículo de la Directiva para la Ejecución y Control de los Presu- puestos Institucionales de los Gobier- nos Locales 1999 RESOLUCIONDIRECTORAL N° 046-98-EF/76.01 Lima. 28 de diciembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 045-98-EF/76.01, se aprobó la Directiva N” 002-99-EF/76.01 - Directiva para la Ejecución y Control de lar Presupuestos Institucionales de losGobiernos Locales 1999; Que, la Contraloría General de la República mediante Oficio N” 287-98-CG/STE ha efectuado recomendaciones sobre el h-a- tamiento de la información para el control de l a ejecución de los recursos destinados al Programa del Vaso de Leche , para lo cual es necesario modificare1 inciso f) del Artículo 21” de la Directiva N° 002-99-EF/76.01; De conformidad con el Decreto Legislativo N” 1 X3 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, Ley N26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y su modificatoria Ley N° 26884, Resolución Ministerial N° 092- EF/43 y Resolución Viceministerial N° 121-95-EF/43 Regla- mento de Organización y Funciones del Minisleri o de Econo- mía y Finanzas; y. En uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 17” del Decreto Legislativo N° 183 y en el Articulo 4° de la Ley N°26703; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modificare1 texto del inciso f) del Articulo 2 1” de la Directiva N° 002-99-EF/76.01 -Directiva para la Ejecución y Control de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales 1999, aprobada por la Resolución Directoral N° 045-98- EF/76.01, según como se detalla: f) Para efectos del control a que se refier e el Artículo 15” de la Ley N° 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999, las Municipalidades remiten a la Contraloría General de la República la Información Mensual del Programa del Vaso de Leche, de acuerdo a las directivas y formularios que para tal fin determine dicho Organo de Control”.Regístrese y comuníquese. REYNALDO BRINGAS DELGADO Director GeneralDirección Nacional del Presupuesto Público 15249 Aprueban Clasificadores y Maestro del Clasificador de Ingresos para el Año Fiscal 1999 RESOLUCIONDIRECTORAL N° 047-98-EF/76.01 Lima, 28 de diciembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 17” del Decreto Legislativo N° 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, corresponde a la Dirección Nacional del Presupuesto Público , planear , dirigir y controlar la formulación, ejecución y evaluación del Presupuesto Público; Que, en concordancia con lo establecido en la precitad a Ley Orgánica , los Articulos 4° y 5° de la Ley N° 26703-Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y su modificatoria Ley N° 26884, prescriben que la Dirección Nacional del Presupuesto Público es la más alta autoridad técnico normativa, siendo sus funciones y responsabilidades, entre otras, programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la Gestión del Proceso Presupuestario; Que, es necesario aprobar los Clasificadores de Ingresos y Gastos. como instrumentos técnicos que permitan el registro ordenado y uniforme de las operaciónes del Sector Público durante el Proceso Presupuestario de 1999, a fin de facilitara los Pliegos el seguimiento de sus operaciones; Que, asimismo, en base al Clasificador de Ingresos referido en el considerando precedente, es necesario aprobar el Maestrodel Clasificador de Ingresos correspondiente a 1999, el cualcontiene el detalle de las partidas que los Pliegos Presupuesta- rios deben tomar en cuenta para efectuare1 registro ordenado de los ingresos por las distintas fuentes de financiamiento; Que debe precisar el procedimiento para la incorporación de nuevas partidas del ingreso dentro del Maestro del Clasifica- dor de Ingresos correspondientes a 1999; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3° de la Ley N° 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, el Decreto Legislativo N° 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y la Resolución Ministerial N° 092-EF/43 - Reglamen- to de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar los Clasificadores para el Año Fiscal 1999. contenidos en los Anexos N°s. 01, 02, 03, 04 y 05, que forman parte de la presente Resolución Directoral de acuerdo alosiguiente: -Clasificador de Ingresos (Anexo N° 01) -Clasificador Institucional (Anexo N° 02) -Clasificador Funcional Programático (Anexo N° 03) -Clasificador de los Gastos Público s (Anexo N° 04) -Clasificador de Fuentes de Financiamiento (Anexo N” 05) Artículo 2°.- Aprobar el Maestro del Clasificador de Ingre- sos correspondiente al Año Fiscal 1999, de acuerdo al Anexo N” 06, que forma parte de la presente Resolución Directoral Articulo 3°.-los organismos públicos que recauden capten u obtengan recursos públicos, podrán utilizar las partidas del ingreso del Maestro del Clasificador de Ingresos de 1999, deacuerdo a los dispositivos legales aplicables a cada entidad. Articulo 4°.- La Dirección Nacional del Presupuesto Públi- co evaluará las solicitudes de incorporación de nuevas partidasen el Maestro del Clasificador de Ingresos propuestas por loorganismos públicos a efectos de otorgar la codificación corres- pondiente. Artículo 5°.- Los gastos por la adquisición de bienes, pres- tación de servicios. inversiones o bienes de capital, que porconvenio o acuerdo se encarguen a organismos internacionales(PNUD , AID , BIRF , etc )se registran en los Grupos Genéricos deGastos que les correspondan, de acuerdo al Clasificador deGastos. que aprueba la presente resolución. Artículo 6°.- Los conceptos técnicos mencionados en los clasificadores a que se refiere el Artículo 1°, son utilizados estrictamente para fines de registro presupuestario y no gene- ran derechos ni obligaciones en su aplicación.