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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 1998 (05/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

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NORMAS LEGALESDirector: Enrique Sánchez Hernani Lima, lunes 5 de enero de 1998 AÑO XVI - N” 6403 Phg. 156197 Aprueban contrato de licencia para la exploración y explotación de hidrocar- / buros en el Lote Z-1, ubicado en el / departamento de Tumbes I /DECRETO SUPREMO / N” 034-97-EM/ EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA / I CONSIDERANDO: j Que, es política del Gobierno promover el desarrollo I de las actividades hrdrocarburíferas a fin de garantizar el1 futuro abastecimiento de combustibles sobre la basede la libre competencia, Que, por Ley N” 26221. Ley Organica de Hidrocarbu- ros. se norma las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional. Que, el Articulo 10” de la Ley N” 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, establece diferentes formas contrac- tuales para realizar actividades de exploraclon ylo explo- tación de hidrocarburos; Que, PERUPETRO S.A., conforme a 113 dispuesto en losArticulos6”yll”delaLeyN”26221, hasidoautorizada para negociar y celebrar contratos para la exploración y/ o explotación de hidrocarburos, previa negociación direc- ta 0 por convocatoria; Que, PERUPETRO S.A., al amparo de las faculta- des señaladas en el considerando precedente, convoco al Concurso Privado por Invitación N” PERUPETRO- 001-97. Contrato de Licencia para la Exploración y Explotaclon de Hidrocarburos en el Zócalo Contlnen- tal. Lote Z-1: Que, mediante Acuerdo N” D/060-97. de fecha 1 de setiembre de 1997. el Directorio de PERUPETRO S.A., adjudico la buena proa PEREZ COMPANC S.A., ernpre- sa matriz, de PEREZ COMPANC DEL PERU S.A., la que suscribirá el respectivo contrato, en su condición de sociedad constituida conforme a la Ley General de Sociedades, de acuerdo con lo dispuesto por el Art.ículo 15”de la Ley “i” 26221 yen concordancia con lo señalado en la carta, de fecha 12 de setiembre de 1997, de PEREZ COMPANC S.A.. Que, el Directorio de PERLPETRO S.A., por Acuerdo ?rT” D/O79-97, de fecha 24 de octubre de 1997. aprobó el proyecto de Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-7. elevándolo al Poder Ejecutivo para. su consideración v respectiva aprobacion. Que. de acuerdo con lo establecido en los Articulos 63 y 66 de la Ley N” 26221. Decreto Legislativo N” 668. y demas normas aplicables, es procedente otorgar las ga- rantías señaladas por estos dispositivos. De conformidad con los incisos 8, y 24) del Artículo 118’; de la Constitución Política del Peru y con la Ley N” 26221, Ley Organica de Hidrocarburos; Articulo l".- .I\pruebase ia conformaclon exten- iion. drllmltaclon \; nomenclatura del Lote Z-i ublra-do en el Zócalo Continental, Océano Pacífico, zona Noroeste del Perú, correspondiendo a la costa del departamento de Tumbes, Región Grau; adjudicándolo a PERUPETRO S.A. y declarándolo materia de sus- cripción de contrato. El mapa y memoria descriptiva de dicho Lote, forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2”.-Apruébase el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-l, que consta de una (1) Cláusula Preli- minar, veintidós (22) Cláusulas y diez (10) Anexos, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y PEREZ COM- PANC DEL PERU S.A., con intervención del Banco Central de Reserva del Perú, para garantizar a la empresa contratista lo establecido en los Artículos 63” y 66” de la Ley N” 26221, Ley Orgánica de Hidro- carburos. Artículo 3”.-Autorízase a PERUPETRO S.A. a suscribir con PEREZ COMPANC DEL PERU S.A., el Contrato de Licencia para la Exploración y Explota- ción de Hidrocarburos a que se refiere el artículo anterior. Artículo 4”.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Energía y Minas JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Economía y Finanzas 0063 Aprueban contrato de licencia para la exploración y explotación de hidro- carburos en los lotes 73A, 738 y 73C; ubicados en los departamentos de Loreto y San Martín DECRETO SUPREMO N” 03597-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que. es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la basede la libre competencia; Que, por Ley N”26221, Ley Orgánica de Hidrocarbu- ros. se norma las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional;