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Pág.156458 upéruano. Lima, jueves 15 de enero de 1998 PRES y el Artículo 2”del Decreto Supremo N”015-96-PRES, estableció a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios la obligación de adecuar sus Estatutos Sociales y dispositi- vos internos a lo estipulado en la Ley NO 26338 y el Decreto Supremo No 09-95PRES, en el plazo de 16 meses y 3 días que venció el 31 de diciembre de 1996; Que, con el Oficio No 057-95SEDALORETO-PD de fecha 7 de diciembre de 1995, la empresa “Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Loreto - SEDALORETO”, hoy “Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Sociedad Anónima - EPS LORETO S.A.“, alcanza para la revisión y asesoría de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, el Proyecto de Modificación del Estatuto Social conforme a lo estipulado por la legislacion de servicios de saneamiento vigente; Que, mediante el Oficio No 337-96/PRESMVlI/SUNASS de fecha 19 de marzo de 1996, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS atiende lo indicado en el considerando precedente, señalando que para dicho efecto es de observancia obligatoria la Directiva sobre adecuación estatutaria de las EPS a las disposiciones con- tenidas en la Ley General de Servicios de Saneamiento y su Reglamento, aprobada por la Resolución de Superin- tendencia No 26-96-PRES-VMI-SUNASS, en mérito al cual debe proceder a subsanar las observaciones formuladas al texto del proyecto, conforme al documento adjunto; Que, asimismo, en atención a una nueva solicitud de asesoría en la elaboración del proyecto del Estatuto Social formulada por el Oficio No OOl-96-SEDALORETO-JE del 13 de diciembre de 1996, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS emite el Oficio No 073- 97-PRES-VMI-SUNASS de fecha 17 de enero de 1997, detallando las observaciones al indicado proyecto; Que, habiendo cumplido la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS con su función de asesoría, la culminaci6n del proceso de adecuación de la empresa “Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Loreto - SEDALORETO”, hoy “Entidad Prestadora de Ser- vicios de Saneamiento Sociedad Anónima - EPS LORETO S.A.“, quedó sujeta a la previa aprobación por parte de su Junta Empresarial de la Modificación del Estatuto Social y al cumplimiento de los actos que establece la legislación para su elevación a escritura pública y respectiva inscrip- ción registral; Que, por el Oficio No 12-97-EPS LORETO S.A.-PD de fecha 12 de marzo de 1997, la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Sociedad Anónima - EPS LORE- TO S.A. informa a la Superintendencia Nacional de Servi- cios de Saneamiento - SUNASS que ha levantado las observaciones formuladas al proyecto de Estatuto y proce- dido a aprobarlo en la sesión de Junta Empresarial de fecha 17 de febrero de 1997, alcanzando copia legalizada del Acta correspondiente; Que, mediante el Oficio No 5 12-97ISUNASS de fecha 25 de marzo de 1997, la Superintendencia Nacional de Servi- cios de Saneamiento - SUNASS acusa el recibo del docu- I mento indicado en el considerando precedente, manifestan- do que del mismo se desprende que persiste el incumpli- miento de la Entidad Prestadora de Servicios de Sanea- miento Sociedad Anónima - EPS LORETO S.A. respecto a su obligación de culminar el proceso de adecuación estatu- taria dispuesto por Ley; Que, conforme al documento mencionado en el conside- rando precedente, la Superintendencia Nacional de Servi- cios de Saneamiento - SUNASS señala a la Entidad Presta- ; dora de Servicios de Saneamiento Sociedad Anónima - EPS ! LORETO S.A. que el proceso de adecuación estatutaria supone el cumplimiento de los Artículos 19” y 36” de la Ley No 26338 y el Decreto Supremo No 09-95-PRES, respecti- vamente, razón por la cual debe incorporar a la Municipa- lidad Distrital de Punchana como socia de la empresa, tal como ya se le había manifestado en los Oficios No 1697-97/ PRESMVWSUNASS del 26 de diciembre de 1996 y No 073- 97-PRES-VMI-SUNASS del 17 de enero de 1997; Que, por el Oficio No 2055-97-SUNASS de fecha 5 de diciembre de 1997, la Superintendencia Nacional de Servi- cios de Saneamiento - SUNASS otorgó a la Entidad Presta- dora de Servicios de Saneamiento Sociedad Anónima - EPS LORETO S.A. el plazo de cinco (5) días habiles, contados a partir de recibido el requerimiento, para que cumpla con alcanzar copia legalizada del Acta de Junta Empresarial en la que conste la aprobación del Estatuto Social conforme a la legislación de servicios de saneamiento, bajo apercibi- miento de procederse a 1~ aplicación de la Resolución Ministerial No 375-97-PRES; Que, mediante el Oficio No 260-97-EPS LORETO S.A.- GG de fecha 12 de diciembre de 1997, EPS LORETO S.A. / alcanza a la Superintendencia Nacional de Servicios de i ISaneamiento - s WXSS iu copia del Acta de Sesión Ordina- ria de Junta ri:rr:presaría¡ de fecha 1’7 de febrero de 1997; Que, ccn ia remisión del Acta indicada en el consideran- do precedente n.0 se atiende el requerimiento efectuado, dado que la misma corresponde al documento estatutario que fuera observado por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS mediante el Oficio No 512-97SUNASS, en el sentido de no contener la incorpo- ración de la Municipalidad Distrital de Punchana como socia de la ahora Entidad Prestadora de Servicios de Sanea- miento Sociedad Anónima - EPS LORETO S.A.; Que, la Entidad Prestadora de Servicios de Sanea- miento Sociedad Anonima - EPS LORETO S.A. ha incum- plido con entregar a la Superintendencia Nacional de Ser- vicios de Saneamiento la documentación solicitada, eviden- ciando con ello que no ha culminado con el proceso de adecuación establecido por la legislación de servicios de saneamiento y por tanto, ser renuente para adecuarse al marco legal; Que, de conformidad con los Artículos 1” inciso bj y 2Ode la Resolucion Ministerial No 375-97PRES, constituye in- fracción que amerita ser sancionada con amonestación escrita, la renuencia a la adecuación al marco legal, que implica operar con el reconocimiento de la SUNASS sin haberse aprobado y puesto en vigencia el Estatuto Social que contemple las disposiciones de la Ley No 26338 y su Reglamento y las emanadas de la Superintendencia Nacio- nal de Servicios de Saneamiento - SUNASS; En uso de las facultades conferidas por la Ley No 26284 y el Decreto Supremo No 024-94-PRES; SE RESUELVE: Artículo lo.- Amonestar a la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Sociedad Anónima - EPS LORE- TO S.A., por ser renuente a adecuarse al marco legal, que implica operar con el reconocimiento de la SUNASS sin haberse aprobado y puesto en vigencia el Estatuto Social que contemple las disposiciones de la Ley No 26338 y su Reglamento y las emanadas de la Superintendencia Nacio- nal de Servicios de Saneamiento - SUNASS. Artículo 2O.- Encargar al Departamento de Adminis- traciön Documentaria y Archivo, la notificación de la pre- sente Resolución a la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Sociedad Anónima - EPS LORETO S.A., así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano y el diario donde se publiquen los avisos judiciales de Loreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. LIDIA OBLITAS CHAVEZ Superintendente 0387 RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA No 24-98SUNASS Lima, 12 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 9’ inciso g> y 10” de la Ley No 26284 y el Decreto Supremo No 02494-PRES, respectivamente, la Superintendencia Na- cional de Servicios de Saneamiento - SUNASS es el órgano regulador en la prestación de los servicios de saneamiento en el ámbito nacional, que sanciona las infracciones en que incurran las Entidades Prestadoras de Servicios de Sanea- miento; Que, la Tercera de las Disposiciones Complementa- rias, Transitorias y Finales de la Ley No 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, reglamentada por la Segunda Disposición Transitoria del Decreto Supremo No 09-95-PRES y el Artículo 2” del Decreto Supremo No 015-96-PRES, estableció a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios la obligación de adecuar sus Estatutos Sociales y dispositivos internos a lo estipulado en la Ley No 26338 y el Decreto Supremo No 09-95-PRES, en el plazo de 16 meses y 3 días que venció el 31 de diciembre de 1996; Que, con el Oficio No 579-96-EMSAPUNO-GG de fecha 17 de diciembre de 1996, la Empresa Municipal de Sanea- miento Básico de Puno - EMSA PVNO alcanza para cono- cimiento y aseson’a de la Superintw~dencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASF? 21 Proyecto de Esta-