Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 1998 (15/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 15 de enero de 1998 CLAUSULA SEXTA PLAZO DE DURACION El presente Convenio tendra como plazo de duracion, la vigencia de la Resolucion Ministerial N"Oll-98-PE la que se hace mencion en la clausula primera del presente convenio.
CLAUSULA SEPTIMA: RESOLUCION

Cl-

Mg.156447

Las partes expresamente acuerdan que el presente Convenio podra resolverse automaticamente y de pleno derecho, conforme a lo establecido en el Articulo 1430" del Codigo Civil, en el supuesto de que "EL ARMADOR" o "LA EMPRESA" incumpla con alguna de las obligaciones y compromisos que se generan con la suscripcion del presente documento y que se encuentran detalladas en las clausulas precedentes. Las partes declaran su plena conformidad con cada una de las clausulas comprendidas en el presente Convenio, el mismo que se suscribe en original y tres copias a los . . . . . . ." dias del mes de . . . . . . . . . . . . . . . . de mil novecientos noventiocho.
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Declaran nulas resoluciones mediante las cuales se aprobo el plano definitivo del territorio de la Comunidad Campesina de Zapotal
RESOLUCION MINISTERXAL N" 0022-98-AG

MORDAZA, 12 de enero de 1998 VISTO: El expediente administrativo organizado por la Comunidad Campesina de Zapotal sobre levantamiento de plano definitivo de su territorio comunal. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Subregional Sectorial No 35/ 93-RENOI'WDSRAG-J, de 20 de enero de 1993, la Direccion Subregional Agraria 1 - MORDAZA aprobo el Plano Definitivo del Territorio Comunal de la Comunidad Campesina de Zapotal, ubicado en el distrito de Huarango, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, las actas de colindancia y memoria descriptiva, con la supei-ficie de 8,441 ha. 2,500 m2 y dispuso expedir las actas de colindancia, memoria descriptiva y plano perimetrico, para la inscripcion correspondiente en los Registros Publicos; Que interpuesto recurso de reconsideracion contra la precitada resolucion por la Comunidad Campesina de Zapotai cuestionando los linderos establecidos, la Direccion Subregional Agraria I - MORDAZA lo declaro improcedente mediante Resolucion Subregional Sectorial No 592-94-RENOMKDSRAG-J, de 20 de octubre de 1994, por no haberse adjuntado nueva prueba instrumental; Que contra esta MORDAZA resolucion la mencionada Comunidad Campesina interpuso recurso de apelacion, que la Direccion Regional Agraria de la Region Nor Oriental del Maranon declaro improcedente por Resolucion Directoral No 296-95-DG.DRA, de 22 de MORDAZA de 1995, por carecer de sustento su peticion; Que posteriormente mediante Oficio No 0544-97-RENOM/DSRAGIJ la Direccion Subregional Agraria 1 - MORDAZA remite el expediente de la materia, solicitando se declare la nulidad de las resoluciones mencionadas y de todo lo actuado en base al Informe Legal No 292-97-DSRAGIJ-PETT.A.L., de ll de marzo de 1997, que senala la inexistencia en el expediente de las respectivas actas de colindancia y memoria descriptiva; Que conforme al Articulo 10" de ia Ley No 24657, Ley de Deslinde y Titulacion de las Comunidades Campesinas, el plano de conjunto, las actas de colindancia y la memoria descriptiva, constituyen titulos definitivos de propiedad de la Comunidad sobre su territorio; Que de la revision del expediente se advierte que no obran las actas de colindancia y memoria descriptiva del territorio de la Comunidad Campesina de Zapotal, por lo que las resoluciones MORDAZA citadas incurren en causal de nulidad establecida en el inciso b) del Articulo 43" del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo No 02-94JUS; Que el Articulo 45" del Texto Unico acotado, prescribe que la invalidez de un acto implicara la de los sucesivos en el procedimiento, siempre que esten vinculados a el: Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley No 25902; SE REWELVE~
Articulo lo.- Declarar nuias !as Resoluciones Subregionales Sectoriales N"s. 35/93-RENOM/DSRAG.J, de 20 de enero de 1993 y 592-94-RENOMDSRAG-J, de 20 de octubre de 1994, expedidas por la Direccion Subregional Agraria 1 - MORDAZA y la Resolucion Directoral No 296-95AG.DRA, de 22 de MORDAZA de 1995, de la Direccion Regional Agraria de la Region Nor Oriental del Maranon, e insubsistente todo lo actuado, por haber sido dictadas sin contarse con las actas de colindancia y memoria descriptiva del territorio de la Comunidad Campesina de Zapotal, contra-

POR EL MINISTERIO DE PESQUERIA

POR LA EMPRESA

Director Nacional de Extraccion 0470

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Designan representante titular y alterno del Ministerio ante PROMPYME
RESOLUCION MINISTERIAL No 004098-ITINCI-DM

MORDAZA, 12 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo No 059-97-PCM del 24 de noviembre de 1997, se creo la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, como instancia de promocion, coordinacion y concertacion de las acciones sectoriales que contribuyan a la ampliacion y dinamizacion de los mercados de las pequenas y microempresas; Que, en el Articulo 7" del referido Decreto se establece que el Consejo Directivo es el organo MORDAZA de PROMPYME y que esta conformado por 8 miembros, entre los cuales se encuentra el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 0 su representante; Que, en consecuencia es necesario designar tanto al Representante Titular como el Representante Alterno del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales ante la mencionada Comision; De conformidad con el Decreto Supremo No 059-97PCM; Y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo lo.- Designar al ingeniero MORDAZA Caillaux Zazzali, Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales como Representante Titular de dicha institucion ante PROMPYME. Articulo 2".- Designar a la senora MORDAZA IFranco Temple, Viceministra de Industria, como Representante Alterno del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales ante PROMPYME. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 0384

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